- REGLAMENTO (CE) No2201/2003 DEL CONSEJO de 27 de noviembre de 2003
enlace para rellenar: http://ec.europa.eu/eusurvey/runner/BXLIIA
acceso a la traducciónhttp://gestionconflictosfamilia.blogspot.com.es/2014/07/lascontroversias-sobre-asuntos-de.html
TRADUCCION DE ENCUESTA DE EUROPA Y PROGOLO
Las controversias sobre asuntos de familia han aumentado en la UE debido a la creciente movilidad de los ciudadanos y el creciente número de familias internacionales, en particular las familias cuyos miembros son de diferentes nacionalidades, viven en diferentes países de la UE o de vivir en un país de la UE de los cuales uno o más de ellos no son nacionales.El Reglamento Bruselas II bis (en adelante "el Reglamento") es la piedra angular de la Unión Europea (en lo sucesivo "la UE") la cooperación judicial en materia matrimonial y de responsabilidad parental. El Reglamento se aplica desde el 1 de marzo de 2005 en todos los países de la UE, excepto Dinamarca.
Los determinantes de Regulación en situaciones transfronterizas tribunal responsable para los cónyuges que quieren divorciarse, separados o anular su matrimonio. En las relaciones entre los niños y sus padres, si están casados o no, el Reglamento determina el tribunal competente para resolver las controversias de responsabilidad parental, incluidas las de custodia y derecho de visita, con el objetivo principalmente a la protección del interés superior del niño. En los casos de secuestro parental transfronteriza niño Reglamento pone a disposición un procedimiento para devolver al niño al lugar de su residencia habitual.Además, el Reglamento impide procedimientos paralelos ante los órganos jurisdiccionales de diferentes países de la UE y tiene por objeto garantizar la libre circulación de las resoluciones judiciales, de los documentos o acuerdos, basados en la confianza mutua entre los países de la UE.La Comisión ha puesto en marcha recientemente una revisión del funcionamiento del Reglamento. Con este fin, se ha publicado un informe sobre su aplicación. Los resultados de la presente consulta se una evaluación global del instrumento.El cuestionario está dirigido al público más amplio posible, ya que es importante que la Comisión Europea para obtener puntos de vista y aportaciones de todas las personas interesadas, profesionales legales, académicos, organizaciones, tribunales, autoridades nacionales y de los Estados miembros. Incluso si usted no es un experto, no dude en responder a todas las preguntas que usted considere apropiado.Usted tiene la opción de responder sólo a algunas de las preguntas. Con el fin de analizar mejor las respuestas recibidas, hay una necesidad de una cantidad limitada de información básica acerca de usted como demandado.Este cuestionario puede ser completado en línea; también se puede cargar un documento separado con sus comentarios adicionales al final del cuestionario.Servicio responsable: Comisión Europea, Dirección General de Justicia, Unidad A1 - Política de la Justicia CivilE-mail: JUST-CIVIL-COOP@ec.europa.euTodas las contribuciones se publicarán en el sitio web de la Comisión Europea, a condición de que los encuestados identifican claramente. Por favor, lea la declaración de privacidad específica a continuación para obtener información sobre cómo se tratarán sus datos personales y su contribución.
No hay comentarios:
Publicar un comentario