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lunes, 8 de septiembre de 2014

Cuando faltar al trabajo es un delito

Lunes, 8 de Septiembre, 2014
Los juzgados registran múltiples condenas a acusados de incumplir las penas en beneficio de la comunidad
Desde que surgieron como alternativa a la prisión en 1995, los trabajos sociales han experimentado un auge más que significativo. Su despegue llegó en 2007, cuando delitos de violencia de género y de tráfico pasaron a acarrear este tipo de dictamen correctivo.
Así, en España, el artículo 88 del Código Penal recoge la posibilidad de conmutar la pena de prisión de hasta dos años por Trabajos en Beneficio de la Comunidad (TBC). Sin embargo, son varios los problemas que surgen respecto a su ejecución: por un lado, que el número de plazas disponibles sigue siendo escaso.
La pena de TBC se ha aplicado fundamentalmente a delitos menores de violencia de género y delitos de seguridad vial porque estos están directamente previstos en el Código

Fuente:
-  Cuando faltar al trabajo es un delito
http://sevilla.abc.es/andalucia/cordoba/20140906/sevi-cuando-faltar-trabajo-delito-201409052117.html

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