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viernes, 26 de septiembre de 2014

Comentarios a la S.Tribunal Supremo 258/2014, de 3 de junio, Desheredar a los hijos por maltrato psicológico

Viernes, 26 de Septiembre, 2014

El comentario es a cargo del letrado especializado en familia Jorge Martínez Martínez, quien actualmente colabora en el asesoramiento a los padres separados que acuden los lunes a la reunión de las 20:30 en la calle Vinaroz, 31 (entrada por la calle Pradillo.
La forma de contactar con Jorge Martínez la puedes encontrar en nuestro tablón de anuncios
COMENTARIO ASESORÍA JURÍDICA de CUSTODIA PATERNA

“En todas partes, cuecen habas”. Nuestro refranero es muy sabio y se refiere a realidades que están a la orden del día. Así, no resulta extraño que en toda existan desencuentros, llegándose incluso a situaciones en que los hijos pierden todo contacto con sus padres (uno o los dos) durante su vida, hasta que fallecen… Entonces sí, los hijos se cargan de razones para reclamar lo que consideran suyo por herencia, pese a que durante años hayan llegado incluso a renegar de sus fallecidos progenitores…

Teniendo que adaptarse a las situaciones que van surgiendo, el Tribunal Supremo vuelve a fijar doctrina en aspectos del Derecho de Familia. Y, en la sentencia que hoy nos ocupa, llega a una conclusión muy clara: el maltrato psicológico de los hijos hacia los padres puede ser considerado causa de desheredación.

Esa “causa justa” que alega el TS deriva del abandono al que unos hijos sometieron a su padre durante los últimos años de vida de éste. Y el progenitor, sin duda desengañado por la actitud de sus hijos, les desheredó en su testamento, testamento que pretendieron los hijos anular pero que, tras el razonamiento de nuestro Alto Tribunal, no consiguieron.

Considera el TS que esa actitud de abandono del padre a todos los niveles (asistencial, humano, económico…) por parte de sus hijos constituye un maltrato psíquico reiterado, que es incompatible con los “deberes elementales de respeto y consideración que se derivan de la relación jurídica de filiación".

El maltrato por parte de los hijos derivaba de haber negado a su padre la necesaria asistencia y cuidados y que, incluso, la hija había llegado a injuriarle de palabra

En esencia, el TS asimila el maltrato psicológico al maltrato de obra como causa para la desheredación, que se recoge en el art. 853.2 del Código Civil. Resulta muy clarificador, como resumen de la situación analizada, el punto 6º del Fundamento Jurídico Segundo, en el cual se indica que “debe puntualizarse que, fuera de un pretendido "abandono emocional", como expresión de la libre ruptura de un vínculo afectivo o sentimental, los hijos, aquí recurrentes, incurrieron en un maltrato psíquico y reiterado contra su padre del todo incompatible con los deberes elementales de respeto y consideración que se derivan de la relación jurídica de filiación, con una conducta de menosprecio y de abandono familiar que quedó evidenciada en los últimos siete años de vida del causante en donde, ya enfermo, quedó bajo el amparo de su hermana, sin que sus hijos se interesaran por él o tuvieran contacto alguno; situación que cambió, tras su muerte, a los solos efectos de demandar sus derechos hereditarios”.

Muy probablemente, el fallecido estaría esperando hasta el último momento a que sus hijos tuvieran un mínimo acercamiento. Pero, al ver que ese acercamiento no se producía, y seguramente con mucho dolor, otorgó testamento y les dio a sus hijos su última enseñanza.

Jorge Martínez Martínez
(incluye la sentencia)
 Otros enlaces:
- OTRAS SENTENCIAS DEL SUPREMO DE INTERÉS 
- - BREVE ANÁLISIS: ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE EL EJERCICIO DE LA CORRESPONSABILIDAD PARENTAL EN CASO DE NULIDAD, SEPARACIÓN O DIVORCIO
 - El maltrato psíquico es causa de desheredación
- Por qué está prohibido desheredar a un hijo
- Piden ampliar las causas para desheredar a hijos o padres
Puedes desheredar a tus hijos por maltrato psicológico
La desheredación del hijo que abandona al padre. La Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de junio de 2014
- Haz Testamento. Charla - coloquio juves 6 de marzo de 2014 en CUSTODIA PATERNA (Youtube)

Fuente:
- Maltrato psicológico como causa de desheredación (258/2014, de 3 de junio)
http://custodiapaterna.jimdo.com/sentencias/tribunal-supremo/desheredacion-maltrato-psicol%C3%B3gico/

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