Jueves, 26 de Noviembre, 2015
A partir de las 5 de la tarde de hoy, ASEMIP (Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales) ha convocado en el paraninfo de la Universidad de Granada la V jornada científica en la cual intervendrán varios profesionales como abogados, psicólogos o educadores, en donde se analizarán las formas y métodos para intentar proteger a los menores en los procesos de divorcio.
María Paz Antón es la vicepresidente de la asociación, es abogada y está más que acostumbrada a presenciar como los retrasos de la justicia en estos procesos afectan de forma muy considerable a los niños, pues el padre y la madre se encuentran en un estado pendiente de una resolución motivada por un conflicto familiar que se agrava no existiendo una sentencia de por medio. En muchos casos también se solicitan medidas provisionales, pero a veces ni siquiera son aceptadas, y otras éstas son de una demora inaceptable. Otro de los problemas sería el retraso que provoca a su vez la elaboración del informe del gabinete psicosocial, y toda la problemática que se desarrolla en torno a esta actuación, pues muchas personas afectadas por las negligencias que cometen estos profesional a la hora de evaluar el entorno familiar.
La primera ponencia de la sesión de hoy correrá a cargo del magistrado del Tribunal Supremo, Francisco Javier Orduña Moreno, y hablará sobre el interés del menor, ese que se cita en todas las sentencias y bajo el cual la mayoría de jueces consideran que el interés del menor es que se relacione con su padre durante 4 días al mes, que se papá se convierta en un visitante a partir del momento de la separación, y que mantenga mayor contacto con el nuevo novio o marido de la madre que con su propio padre.
La abogada del Tribunal Constitucional, Itziar Gómez Fernández, intervendrá el viernes tratando el derecho de tutela judicial por parte de los menores. Cita también la noticia al decano de los juzgados de Granada, Jesús Rodríguez Alcázar, quien ha pedido más personal humano para agilizar los informes, achacando el retraso de los procesos por la espera de este informe. Pero este informe no es vinculante para la decisión de los jueces, el problema es que los jueces como norma estándar conceden la custodia de los menores a la madre sin previamente evaluar la situación, y además la normativa nacional contempla que el régimen de guarda y custodia se aplique de forma excepcional, así que los jueces imponen la custodia materna por defecto, y más aún en Andalucía, en donde no existe normativa distinta a la nacional, como sí ocurre en otras comunidades autónomas. Ni siquiera en estas otras comunidades se establece como práctica la custodia compartida como norma, pero sí es cierto que el porcentaje es bastante mayor al del resto de regiones.
La interferencia parental se produce desde el primer momento del proceso, pues la madre se siente con el derecho de propiedad sobre los hijos, y luego la práctica judicial le dice que así es, ya que de antemano la madre dispone de un 90% de posibilidades de que los jueces le den a ella la custodia de los menores. Pero luego además es el propio juzgado quien divorcia a los menores de su papá, pues destinar al padre a la posición de un visitante es matar la figura paterna en la vida de los menores. Son los menores quienes poseen el derecho de ser atendidos y cuidados tanto por su padre como por su madre, pero la justicia en vez de obligar al padre y a la madre al ejercicio de los deberes que conllevan sus obligaciones parentales, alquila las obligaciones del padre a la madre a cambio de una pensión de alimentos y el uso y disfrute de la vivienda familiar.
Fuente:
Expertos analizan cómo proteger a los niños de los divorcios conflictivos
http://www.ideal.es/granada/201511/26/expertos-analizan-como-proteger-20151125002920.html
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