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martes, 23 de abril de 2013

Condenan a una mujer que fue a casa de su expareja de madrugada y le agredió

Martes, 23 de Abril, 2013
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La acusada irrumpió en la vivienda pese a la orden de alejamiento que tenía el perjudicado tras una denuncia de ella. La Sala le confirma una pena de tres meses y la prohibición de aproximarse al hombre durante dos años
La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia que condenó a una mujer que fue a la casa de su expareja de madrugada y le agredió, por lo que se le impuso una pena de tres meses de prisión y la prohibición de aproximarse al hombre durante dos años. La Sala considera que la acusada irrumpió en la vivienda de su exnovio pese a que él tenía una orden de alejamiento tras una denuncia de ella.
Los hechos sucedieron en agosto de 2012, un día sobre las 04.00 horas, cuando la acusada se dirigió al domicilio de su expareja, ubicado en Málaga capital, y le abrió la puerta la madre del joven. La mujer "entró y comenzó a buscar al hombre por todas las habitaciones, hasta que lo localizó y agredió", provocándole erosiones en el cuello, tras lo que la denunciada abandonó la casa.
Por estos hechos, el juzgado condenó a la mujer por un delito de maltrato en el ámbito familiar, imponiéndole una pena de tres meses de prisión, privación de armas durante dos años y prohibición de aproximarse a menos de 200 metros o comunicarse con el hombre también durante dos años. La resolución fue recurrida, aunque la Audiencia ha desestimado íntegramente el recurso.
La Sala considera en su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que la valoración de las pruebas es correcta y que el testimonio de la víctima y de sus padres, como testigos, fue "coherente, verosímil y persistente", sin que se detecte un ánimo de venganza en el hombre. Ella admitió que fue a la vivienda pero no haber agredido a su expareja.
El Tribunal pone de manifiesto que "pese a la existencia" de una orden de alejamiento que se impuso al perjudicado como consecuencia de una denuncia que la mujer presentó en su contra por un supuesto delito relacionado con la violencia de género "no se le ocurrió otra cosa que ir a su casa de madrugada, no para reclamarle el pago de una deuda, como ella dice".
En la sentencia se señala que fue "para descubrir a la joven que estaba durmiendo con él, buscando debajo de camas y otros muebles", como dijeron los testigos; y se apunta que los hematomas que ella tenía nunca antes del juicio dijo que se los hizo su exnovio "aunque es posible que se los produjese al expulsarla de la vivienda, a lo que evidentemente tenía derecho ante la violenta invasión de la morada".
Sí admite la Sala que la primera sentencia no se pronunció sobre las atenuantes planteadas por la defensa, pero no acuerda la nulidad parcial de la resolución al no haberse pedido. Así, el Tribunal rechaza que hubiera una reacción por estado pasional y que el motivo de la visita fuera reclamar una deuda por unos supuestos daños, que se habían producido días atrás.
"No se explica que estando la chica en la feria, le surgiera de pronto una ofuscación tan grande que le compeliera a ir a la casa de él en vez, por ejemplo, de acudir a una comisaría a denunciar lo que estimara oportuno", dice la resolución de la Sección Novena, que también rechaza la atenuante de embriaguez por no existir pruebas lo acrediten.
http://www.diariosur.es/20130423/local/malaga/condenan-mujer-casa-expareja-201304231638.html

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