Bárbara Royo
Otra publicación de Bárbara Royo:
- Victimismo o victimología
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- Información profesional
http://www.extraconfidencial.com/articulos.asp?idarticulo=10690
Es probable que usted esté saturado de mafia china. Yo también. Todo lo que se conoce hasta el momento de la operación “Emperador” se ha contado ya. Es cierto que se lo podría contar con otras palabras (por eso de no plagiar), pero sería lo mismo que ya ha leído usted en todos y cada uno de los periódicos de los dos últimos días. Ya ni siquiera me hacen gracia las bromas acerca del “prominente miembro” de la red, que ni es prominente ni es miembro, sino tan sólo uno más de los que puntualmente intervenían de una u otra manera en el delito.
Así que, por ello pero también porque llevo tiempo queriendo hacerlo, cambio radicalmente de panorama y de parcela delictiva y les cuento lo que opino de la mal llamada violencia de género. Y no se preocupen que me coloco el casco y el escudo, como cada vez que reflexiono por escrito sobre lo que es mejor callar. Y en este caso, lo que es mejor callar es que es radicalmente falso que haya tantas mujeres maltratadas y tantos hombres maltratadores como se nos ha hecho creer. Las cifras no cuadran, ni siquiera estadísticamente.
Los datos engañan
En la actualidad, y desde hace unos años, se ha querido convertir al maltrato de mujeres, conocido como “violencia de género”, en una cuestión político criminal de primer orden, no siendo, sin embargo, en modo alguno, ninguna de las parcelas de la criminalidad que más preocupen a la ciudadanía, por mucho que algunos sectores sociales se empeñen en que así sea. Se habla de un vertiginoso aumento de mujeres maltratadas, aunque lo cierto es que, en realidad, de lo que habría que hablar es de un vertiginoso aumento de denuncias por parte de mujeres que, evidentemente, no es lo mismo.Pues bien, partiendo siempre de la base, indiscutible sí, de que hay mujeres maltratadas por sus parejas o ex-parejas y de que ha habido mujeres incluso asesinadas y sobre cuyos autores materiales debe recaer el Derecho Penal con la máxima dureza, les diré, sin embargo, que en la actualidad el Código Penal, tras la reforma sufrida por la famosa Ley Integral de la que usted, sin duda, ha oído hablar, recoge varios artículos en los que se penalizan actos considerados como violencia de género, entre los cuales hay algunos cuya adecuación en él es bastante discutible (incluso lo que siempre se ha llamado falta de educación y punto) que serán instruidos en los juzgados (¡¡¡especiales!!!) de violencia sobre la mujer.Falta de respeto a la literalidad de la LeyY les diré también que el art. 1 de la citada Ley Integral, que sienta las bases sobre el objeto de la misma, establece lo siguiente:“La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como MANIFESTACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN, LA SITUACIÓN DE DESIGUALDAD Y LAS RELACIONES DE PODER DE LOS HOMBRES SOBRE LAS MUJERES, se ejerce sobre éstas, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia”.Es decir, que se exige (según un sector de la doctrina, al que me uno plenamente), para estimar típica la conducta una especial relación de sometimiento, discriminación, dominación o subyugación sobre la mujer, extremo que, hoy en día, quizá por desconocimiento del sentido de esta Ley, quizá por deformación de la misma o quizá simplemente por infracción -sin más-, del precepto que sienta su objeto en este tipo de procedimientos, nadie, ni el Ministerio Público ni las acusaciones particulares ni los jueces tienen en cuenta ni respetan ya no sólo su sentido, sino tampoco la verdadera literalidad de la Ley.Buena opción para ventilar separaciones en el Juzgado de lo PenalNo pretendía esta Ley desproteger a los hombres, como está sucediendo en la práctica por su defectuosa aplicación sino proteger a las mujeres en las que concurriesen las características que establece su art. 1, que son muchas, pero no todas las que denuncian. Porque existen muchas que, amparándose en esta protección integral y en el actual clima de persecución masculina, utilizan la denuncia por malos tratos como medio de conseguir lo que quieren (casa, dinero….).Es una buena opción para ventilar separaciones en el Juzgado de lo Penal y esto se ha incrementado en los últimos años con la llegada de numerosas mujeres extranjeras. Muchos “españolitos” se han visto con las maletas en la calle en virtud de una orden de protección que se dicta “sólo” con que la mujer refiera tener “miedo”. Hombres que tendrán que esperar desde “debajo de un puente” a que salga el juicio y se practiquen las pruebas para poder demostrar, invirtiendo la carga de la prueba, que son inocentes. Pero ¿cuáles son esas pruebas?Pues, sencilla y llanamente, la declaración de la supuesta víctima (siempre que, en teoría, sea verosímil, persistente y ausente de incredibilidad), y un parte médico que la corrobore (un simple cardenal es suficiente); ni más ni menos. Les diré que ni la verosimilitud ni la persistencia ni la ausencia de incredibilidad significan certeza. Es decir, cualquier mujer con dos dedos de frente sabe que ante un juez no debe contar una película de ciencia ficción. Sólo hace falta que el relato sea creíble y se cuente al menos dos veces, aunque no sea cierto.Pregunten a jueces, fiscales y fuerzas de seguridadPor ello opino que no deberíamos rasgarnos las vestiduras a la moda y subirnos al carro de los voceros; seamos críticos: la violencia de género ni es algo novedoso de los últimos años ni objetivamente constituye uno de los problemas político criminales que más preocupe a la ciudadanía, por mucho que ciertos sectores, como decía, se empeñen en que así sea.La erróneamente denominada “violencia machista” no es más que una parcela del total de la criminalidad que campa en nuestro país. No se puede acabar con la violencia de género al igual que no se puede erradicar la delincuencia urbanística, patrimonial, sexual etc., pues el crimen es la otra cara de la sociedad y pretender su exterminio es una utopía que pugna con la normalidad del fenómeno criminal. El control de la criminalidad no justifica, en absoluto, leyes especiales que, en su desvirtuada aplicación, ponen en entredicho nuestro Estado de Derecho, convirtiéndolo en un Estado en el que todo vale, en el que por el simple hecho de que una mujer refiera tener miedo se eche a su pareja de casa y se la etiquete ya no sólo de delincuente, sino lo que es peor: de maltratador o “cobarde”.¿Cuántos de esos “cobardes” han maltratado realmente a su pareja? Quizá habría que preguntárselo (ahora ya, por fin lo reconocen) a los jueces, fiscales y fuerzas de seguridad que día tras día presencian la tormentosa situación de muchos hombres que jamás han maltratado a su pareja, en vez de hacerlo a periodistas, presidentas de asociaciones u oportunistas que hacen de la demagogia su minuto de gloria, convirtiendo la violencia de género en algo que excede de lo que objetivamente es: una parcela más de la criminalidad. Ni más ni menos, y como tal ha de ser tratada.Bárbara Royo
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