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jueves, 8 de agosto de 2013

Gallardón y la custodia compartida

Jueves, 8 de Agosto, 2013
 Enlaces:
- El Supremo insiste en que la custodia compartida no debe ser excepcional
- BREVE ANÁLISIS: ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE EL EJERCICIO DE LA CORRESPONSABILIDAD PARENTAL EN CASO DE NULIDAD, SEPARACIÓN O DIVORCIO
- Anteproyecto de Ley- Custodia Compartida CM 19-7-13 (PDF. 150 KB)
Jesús León
Hay ministros que nunca debe-rían llegar a serlo, pero que una vez lo son, como el de Justicia, Gallardón, mejor que, aunque se les tuviera que pagar el sueldo, no sobresueldos (PP), se estuvieran quietos, se fueran de vacaciones, es decir, no hicieran nada.
El ministro Gallardón, que no da una a derechas, ni a izquierdas, ahora se ha acordado de la custodia compartida de los hijos cuyos padres se divorcian. Pues bien, para estos supuestos, la legislación estatal actual tiene prevista una solución que, dentro del mal que supone el divorcio para los hijos, sobre todo los menores, resulta razonable, de sentido común, y por consiguiente, la solución menos mala para los hijos, insisto, sobre todo para los pequeños. Esto es, que salvo acuerdo de los padres, la guarda y custodia, que siempre es compartida, en más o en menos, salvo en casos extremos muy minoritarios; se adjudicaba al cónyuge mejor situado para atender a la prole menor, normalmente la madre, aunque no siempre, en casos lógicos.
Es cierto que ha sido, principalmente en Valencia, donde se ha perpetrado la primera acometida contra esta situación legislativa equilibrada para que el juez que tenga que resolver, en caso siempre de desacuerdo de los cónyuges, solucione el conflicto del divorcio teniendo en cuenta lo mejor también para los padres, que siempre será lo mejor para los hijos, condición imprescindible para decidir lo más ajustado a derecho en estos supuestos. Es absolutamente falso el dilema de hacer prevalecer el pseudocriterio de «lo mejor para los hijos», en forma abstracta, como si se tratara de una prueba de laboratorio, es decir, como si fuera posible que los hijos menores afectados por el divorcio de sus padres, pudieran ser felices o mantener el equilibrio emocional si sus padres siguen enzarzados en disputas continuas, origen, precisamente, del divorcio. Es un silogismo erróneo la tesis del Tribunal Supremo, cuando afirma que, «incluso si los padres no se toleran más o menos», deba aplicarse la custodia compartida; pues lo que debe prevalecer es el interés del hijo menor.
¿Cómo puede ser que el hijo sea más feliz o menos infeliz, si observa a sus progenitores enfrascados en las disputas sinfín que va a impulsar el mayor contacto de los divorciados, al tener que compartir la misma vivienda y la contabilidad doméstica que exige la decisión de esta custodia compartida que propugna este lamentable ministro de (in)justicia? ¿Cómo se van a abstraer de tales tensiones?
Es absurdo, y además perjudicial para la mujer-madre, que dígase lo que se diga, sigue en inferioridad de condiciones sociales y económicas en general, puesto que esta clase de custodia conlleva y pretende la supresión de la pensión de alimentos a cargo del padre, por un lado, y por otro, la búsqueda de otra vivienda también para la madre.
http://www.levante-emv.com/opinion/2013/08/08/gallardon-custodia-compartida/1022975.html

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