CHILE
Para la autoridad encargada de la educación en la región existen niños de primera y segunda categoría según la relación de convivencia de sus padres, para ella los recintos educacionales son espacios en que no aplica ni la Constitución Política, los tratados internacionales suscritos por Chile, las leyes que prohíben discriminación, ni menos las leyes que garantizan los derechos de los hijos de padres separados, se suspende para ellos el Estado de Derecho.
las leyes que resguardan el derecho de los hijos de padres separados a tener como participes de sus proceso educativo a ambos padres, y el derecho de estos padres a ser mutu proprio de directivos y funcionarios escolares que incumplen la ley y discriminanarbitrariamente a padres e hijos solo por provenir de familias de padres separados. Los casos son múltiples y alcanzan ribetes sorprendentes cuando es la propia SEREMI que sin inmutarse manifiesta: “yo personalmente he visto en salas de profesores una colección de fotos de papás que no pueden saber de sus hijos ni ir a buscarlos porque la madre dijo que no podían y eso es muy difícil de cambiar porque las comunidades educativas son muy cerradas y así han funcionado siempre”
informados del devenir escolar de sus hijos, lo que se da muchas veces por la mera voluntad de uno de los padres o por el ejercicio de
Enlaces:
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Fuente:
Colegios en Chile: Cuando se suspende el Estado de Derecho
http://www.elciudadano.cl/2014/12/04/130604/colegios-en-chile-cuando-se-suspende-el-estado-de-derecho/
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