ARGENTINA
Al cumplirse tres años de su aplicación en materia civil y comercial en la provincia, el sistema empezará a regir también en este tipo de conflictos, en los nodos Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto y RafaelaEnlaces:
Este lunes comenzó a regir el sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria (MPO) en materia de Familia en los nodos Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto y Rafaela.
Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos explicaron que se trata de una herramienta “no adversarial que valora al sujeto como integrante de un sistema dinámico, cambiante, complejo y abierto, que promueve su protagonismo, el diálogo y la participación directa en la solución del conflicto”.
- serán objeto de mediación familiar los conflictos entre personas unidas por vínculos familiares que guarden relación con alimentos definitivos entre cónyuges o convivientes y derivados del parentesco; tenencia de niños, niñas y adolescentes salvo motivos graves; régimen de comunicación entre adultos y niños, niñas y adolescentes, incluyendo abuelos y miembros de la familia extensa, salvo motivos graves.
- Establecido por la ley Nº 13.151, la MPO tiene dos características que la distinguen de la mediación del resto de las legislaciones (nacional y provinciales): la organización del sistema en la órbita del Poder Ejecutivo; y la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación a todo el procedimiento, lo que le da mayor agilidad, economía y eficiencia al sistema.
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Fuente:
La Mediación Prejudicial Obligatoria se extiende a casos de Familia
http://www.rosario3.com/noticias/noticias.aspx?idNot=155736
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