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martes, 28 de enero de 2020

Si el padre es acusado de manipulación sí existe SAP como maltrato a menores y suspenden la patria potestad al padre

Martes, 28 de Enero, 2020

Es la titular del Juzgado de Instrucción 3 de Ourense, la juez Eva Armesto, quien ha modificado la sentencia de separación que establecía custodia compartida con medidas extremas, pues no sólo ha prohibido el contacto entre el padre y los hijos, sino que además ha retirado la patria potestad a la figura paterna. Ha considerado que desde que se dictó la anterior sentencia de divorcio se ha producido «una variación sustancial de las circunstancias», tal para acordar la medida extrema, y que sin duda no es habitual, pues la patria potestad si bien en la práctica de la toma de decisiones de los menores para el progenitor no custodia (paterno) es en una mayor parte de casos, papel mojado, es un figura que al menos debe permitir al padre la obtención de información de sus hijos en aras de proteger conforme a los medios que disponga a los menores, al menos intentarlo.



No es de extrañar que el informe de la Fiscalía de Orense torne en la coincidencia con la resolución de la magistrada. Pero otra de las medidas que llama la atención es que ahora sí que el síndrome de alienación parental sea válido en los juzgados. Si los menores se negaban a ver a la madre, no cabe duda que es perjuicio para los hijos, pero bien sabemos que son no pocos los casos donde los menores se han negado a ver al progenitor paterno, y por medio se encontraba el odio, rencor, celos, o despecho de la madre, y que los jueces y fiscales han dado largas a estos asuntos que al final han derivado en el desapego total de los hijos con su padre, y que además en casos donde estás madres han sido condenadas y en varias ocasiones, han sido tratadas por el feminismo como heroínas y además indultadas por el Gobierno, pese al igual daño provocado sobre los hijos que perdieron la relación con el padre y además se les transmitió que su madre, a pesar de resultar condenada, debía ser en realidad inocente, y que alejarles de su padre estaría bien hecho, pues fueron tratadas como heroínas e indultadas en varias ocasiones.






  • «De lo actuado en la vista resulta que la alteración es de notoria entidad, dados los obstáculos del progenitor que dificulta de forma patente la relación madre e hijos»
  • «El progenitor ha entorpecido las relaciones materno filiales e impedido que se desarrollen de forma normal, interponiendo además múltiples denuncias contra la familia materna»
  • la Fiscalía de Ourense, ponía sobre la mesa la necesidad de proteger a los menores de un conflicto entre cónyuges que dio lugar «a un síndrome de alienación», ya que la conciencia de los menores había sido transformada «hasta un lavado de cerebro con odio patológico a uno de los progenitores, en este caso la madre».
  • «Durante el relativamente largo período de tiempo en el que la madre tuvo encomendada la tutela de los niños, hasta la separación, no ha sido detectado ningún aspecto negativo, y el propio padre declara en el acto de juicio que era buena madre»









Fuente:
Prohíben a un padre ver a sus hijos por obstaculizar la relación con la madre
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/ourense/2019/12/26/prohiben-padre-ver-hijos-obstaculizar-relacion-madre/0003_201912O26C2991.htm

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