-
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/abogadodefamilia/2014/06/23/la-pension-compesatoria.htmlLuis Zarraluqui
La pensión compensatoria, que nació vitalicia, pudo cumplir, en su momento, la función reequilibradora para la que se creó; pero hoy en día es una figura trasnochada y generadora de conflictos irresolubles. Y la modificación legislativa introducida en el año 2005 - la posibilidad de temporalizar dicha pensión compensatoria - inútil.
Me explico. En una sociedad, como la española, en la cual la esperanza de vida media es 85 años (mujeres) y 81 años (hombres), y creciendo, y donde la duración media de los matrimonios es de 7 años, y bajando,
1. ¿quién va a pactar voluntariamente - bien asesorado - el pago de una pensión compensatoria durante un tiempo incierto que puede ser .... 30 o 40 años?
2. y por otra parte ¿quién va a renunciar, de manera voluntaria e igualmente bien asesorado, a una pensión compensatoria si lleva, por ejemplo, 10 años fuera del mercado laboral cuando probablemente sea esa su único medio de vida?
Esta situación nos lleva, indiscutiblemente al pleito. ¿Y pretendemos reducir el número de pleitos? Desde luego esta no es la manera.
Ambas posturas son comprensibles y ambas partes tienen razón.
El pagador ¿cómo se va a comprometer a pagar por un tiempo indeterminado - ¿20,30,40 años? - una cantidad, incrementada automáticamente con IPC incluso en estas épocas en los que los salarios no aumentan, sin saber que va a ser de su vida en ese tiempo y con amenazas, civiles y penales, si incumple?
Pero por otra parte, el perceptor, ¿cómo después de, por ejemplo, 20 años dedicados a la familia y sin trabajar fuera de casa, va a renunciar a percibir esa pensión? ¿ de que va a vivir esa larguísima vida?
La solución no es fácil y desde luego no es conceder una pensión temporal, como estableció el legislador en el año 2005. Ese supuesto temporal serviría únicamente para aquellas personas que habiendo estado muy poco tiempo fuera del mercado laboral ese plazo - 2 o 3 años - les permitiría actualizar conocimientos y volver a incorporarse a ese mercado laboral (después de hacer un curso, máster etc...). Pero este no es el verdadero problema. El problema son los matrimonios de larga duración - pensemos en aquellos en los que los cónyuges ronden los 40 años y lleven juntos 10 años o más - en el que uno de los dos se ha dedicado exclusivamente a la familia. La ruptura condena o bien al pagador a hacer frente a una pensión compensatoria durante ...¿más de 40 años? o bien al perceptor a una vida tremendamente complicada. Ninguna de las dos opciones debería ser aceptable.
Nuestro Ejecutivo tiene obligación de dar respuesta a este problema y no lavarse las manos dejando el problema en manos de jueces - a través de pleitos que nada pueden solucionar - y de abogados mediante negociaciones imposibles.
¿Podríamos encontrar fórmulas, por ejemplo, a través del mundo de los seguros? El Ejecutivo ya conoce el problema, porque se le ha planteado (aunque con poco éxito); otra cosa es que quiera abordarlo; no olvidemos que la solución de los problemas de la Justicia - tan necesitada - no da votos a corto plazo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario