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miércoles, 27 de abril de 2011

Los divorciados tendrán que pagar a medias los plazos de la hipoteca

G. García
Todavía existen algunas dudas sobre cómo se aplicará en el futuro la sentencia del Supremo por la que una pareja divorciada pagará la hipoteca de su vivienda a partes iguales. Según el decano del Colegio de Abogados, esto tendrá escasa trascendencia práctica. Las asociaciones de padres separados abogan por la reforma de la Ley al sentirse indefensos
Las hipotecas se pagarán al 50 %
Con distintos criterios han acogido los profesionales y los afectados la reciente sentencia del Tribunal Supremo que obliga a una pareja divorciada a pagar a partes iguales la hipoteca de su vivienda
Por un lado, los abogados no acaban de ponerse de acuerdo en estos primeros días desde que se dio a conocer la sentencia. Si bien, hay algo en lo que sí que coinciden: la sentencia creará jurisprudencia antes o después porque el Supremo se ha hecho eco de las diferentes sentencias contradictorias de las audiencias provinciales en relación con el carácter que ostenta el crédito hipotecario que grava la vivienda familiar en caso de disolución de la sociedad de bienes gananciales de la pareja. Eso sí, algunos matizan que “son necesarias dos sentencias similares por parte del Tribunal Supremo para que esto cree jurisprudencia, con un pronunciamiento idéntico. Hay que tener cuidado con ello. Puede ser un paso importante porque, lo que está claro es que la jurisprudencia está en constante evolución”, explica el letrado alcarreño, Javier Lozoya.
Sin embargo, por otra parte, otro abogado de Guadalajara, Lucas Lucas Francisco, comenta que esta sentencia es muy positiva “porque ya crea jurisprudencia y antes cada audiencia determinaba lo que imponía y lo que no. Se han visto situaciones extrañas, con un mismo cónyuge pagando casi todo. Así, ahora se mitigan en parte las cargas que suelen ir a la misma parte en los casos de divorcio. Siempre quedaba al criterio del juez el decidirlo, dependiendo de quién venga ganando más o menos”.

De acuerdo

Más escéptico sobre las repercusiones de la sentencia se muestra el decano del Colegio de Abogados de Guadalajara, Fernando Martínez, para quien “la siguiente será igual y servirá para la unificación de la doctrina. Va más bien encaminada a si no hay acuerdo entre los cónyuges, pero no sobrepasan el 20-30 por ciento las liquidaciones que no lo son. Así lo he comprobado yo con 36 años de abogado y cientos de divorcios abordados. No creo que la sentencia vaya a tener, por eso, demasiada trascendencia práctica”. Y, añade que, “hay muchos asuntos que resuelve el juez y se puede adaptar en las cargas patrimoniales o en la pensión compensatoria”.
Para el presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados de Castilla-La Mancha, José Manuel Alberca, la noticia ha sido bien recibida. “Está bien que empiece a haber sentencias de este tipo porque hasta ahora siempre van para un lado. Son pasos que hay que ir dando, igual que con la custodia compartida o los problemas que hay por las denuncias de violencia de género, te quedas en la calle sin más. Hay que regularlo mejor”.

La sentencia del Supremo

El Tribunal Supremo ha establecido que el pago de las cuotas de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para adquirir la vivienda familiar constituye una deuda de la sociedad de gananciales y no una carga del matrimonio, por lo que en caso de divorcio deberán ser abonadas por mitad entre éstos. Así lo indica la Sala de lo Civil del alto tribunal en una sentencia, en la que acuerda fijar doctrina al existir al respecto jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales. Según explica la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, dichas cuotas deberán ser pagadas por mitad entre los cónyuges propietarios mientras no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales. En esta resolución el Supremo estima el recurso de un hombre contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, que acordó que teniendo en cuenta los ingresos de cada uno de los progenitores éste tenía que pagar el 80 por ciento y la mujer el 20 por cierto. El Supremo ahora anula esta sentencia en lo relativo a la distribución de las cuotas del pago de la hipoteca.
http://eldiadigital.es/not/19611/los_divorciados_tendran_que_pagar_a_medias_los_plazos_de_la_hipoteca/

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