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- El TSJA avala y cambia un fallo sobre custodia que obvió la ley autonómica
- El TSJA otorga la custodia compartida al padre de un menor
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Aragón
Debe ser el régimen preferente establecido por el legislador aragonés "en busca del interés del menor y en orden al pleno desarrollo de su personalidad".http://www.heraldo.es/noticias/aragon/2012/10/16/tsja_opta_por_custodia_compartida_salvo_contraindicaciones_para_los_hijos_208296_300.html
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) opta de forma generalizada por conceder la custodia compartida en todos aquellos casos en que los tribunales dejaron inicialmente la responsabilidad en manos de la madre, salvo si psicólogos, asistentes sociales o los propios menores advierten de riesgos.
Las dos últimas sentencias emitidas por la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJA, a finales del pasado mes de septiembre, reflejan esta ambivalencia al optar el tribunal en uno de los casos por la custodia compartida y dejar en el otro al menor bajo la tutela de la madre.
En el primero de los casos analizados, los magistrados analizan el recurso interpuesto por un vecino de Teruel para reclamar la custodia compartida de su hijo y valoran los argumentos de su representante legal respecto a su disponibilidad para atender al menor.
La custodia había sido otorgada en noviembre de 2011 a la madre por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Teruel y confirmada cuatro meses después por la Audiencia turolense, con el apoyo de la fiscalía.
Estima el TSJA que las pruebas aportadas no revelan ninguna circunstancia que permita apreciar falta de idoneidad en la custodia compartida de cara al menor, por el que el padre debía pagar una pensión de 250 euros.
Para este tribunal, la corta edad del niño, 3 años, y la posibilidad de que un cambio semanal de domicilio incidiera en el proceso de adaptación del menor a la escuela "no es bastante" para excluir el régimen preferente establecido en la legislación civil aragonesa, la custodia compartida.
En el segundo de los casos, el tribunal rechaza la petición de custodia compartida realizada por el padre, al que en la sentencia de separación dictada en primera instancia se le estableció un régimen de visitas y de estancias así como el pago de una pensión mensual de 300 euros y la cesión de la vivienda a la madre.
Los magistrados valoran en este caso las manifestaciones hechas por el menor a psicólogos y asistentes sociales para manifestar su deseo de no cambiar su situación actual a pesar de querer por igual tanto a su padre como a su madre.
El tribunal responsabiliza al padre, vecino de Zaragoza, de inmiscuir a su hijo en los conflictos mantenidos con su exmujer, y expresa su preocupación por la situación de "ambivalencia" que esta situación supone para el menor, que, según los psicólogos, desarrolló "estrategias" para tratar de evitar las disputas.
"Al mismo tiempo -subrayan los magistrados al hilo de lo argumentado por la Audiencia- su examen evidencia una motivación centrada más en intereses económicos (pensiones y vivienda) que en aspectos parentales referentes a las necesidades del menor".
Insiste el tribunal que, en cualquier caso, la custodia compartida debe ser el régimen preferente establecido por el legislador aragonés "en busca del interés del menor y en orden al pleno desarrollo de su personalidad".
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