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domingo, 24 de noviembre de 2013

El Constitucional sostiene que criar a los hijos no es un derecho

Domingo, 24 de Noviembre, 2013
 Enlaces:
- El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falla a favor de un padre alemán que luchaba por la custodia de su hija.
- Women's Link denuncia a España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Estrasburgo condena a España por una adopción sin permiso paterno

El tribunal confirma la expulsión de una 'sin papeles' que tiene una hija española
Adela Asúa, vicepresidenta
El Tribunal Constitucional ha optado por defender el orden público frente a una madre que pidió la anulación de una orden de expulsión de España --con prohibición de regresar durante cinco años-- para poder criar a su hija, ya que su padre cumple condena hasta el 2014. Los jueces afirman que la Carta Magna no protege las relaciones paterno-filiales ni la vida familiar.
Los hechos se remontan a agosto del 2009, cuando a una ciudadana argentina se le abrió una expediente por no tener papeles. La mujer alegó entonces que era madre de una niña de tres años, nacida en España, y que el padre es un ciudadano español. A pesar de ello, la subdelegación del Gobierno de Cádiz ordenó su expulsión un mes más tarde. La madre no se rindió y pidió a los jueces que anularan su expulsión al estar en peligro los derechos de su hija de circular libremente por España y de mantener relaciones con su madre y con su padre. Los progenitores de la menor habían sido condenados por la comisión de un delito doloso por lo que la niña, mientras estuvieron en prisión, fue criada por las abuelas.

EXPULSIÓN CONFIRMADA Pero los jueces no le dieron la razón y el 12 de marzo del 2012 confirmaron su expulsión, que no se ha ejecutado porque el Constitucional la suspendió hasta que resolviera este recurso. En su demanda, la mujer sostenía que la decisión del alto tribunal era de "enorme trascendencia, puesto que existen muchos casos similares en las cárceles españolas, donde hay programas especializados en expulsiones".
El Tribunal Constitucional no se ha sentido condicionado por esta situación y resuelve esta demanda desestimándola, lo que ha provocado que su vicepresidenta, Adela Asúa, y el magistrado Fernando Valdés hayan suscrito un voto particular en el que tildan este fallo de "auténtico despropósito" por "plasmar una visión muy limitada" de las consecuencias sobre la menor si se mantiene la expulsión.
Los magistrados resuelven esta espinosa cuestión con un consejo que nadie les ha pedido: la niña puede permanecer en España y ser criada por sus abuelas hasta que su padre salga de la cárcel. Una propuesta que es rechazada radicalmente por Asúa y Valdés, quienes advierten de que si la niña no se va con su madre puede quedar en una situación de "desamparo" en España y acabar en un proceso de adopción si la Administración decide que el padre "no reúne las condiciones suficientes para hacerse cargo de la menor" cuando salga de prisión.
Los togados hacen caso omiso de la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha establecido que "el derecho a una vida familiar", es decir, "el disfrute por padres e hijos de su mutua compañía" puede actuar "como límite" de las órdenes de expulsión. El TC entiende que la Carta Magna solo reconoce el derecho a la intimidad de las personas, pero no el derecho a una vida familiar porque no protege "las relaciones paterno-filiales". A pesar de ello, sugiere a los jueces que tengan en cuenta estas relaciones cuando firmen las órdenes de expulsión.
http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/sociedad/el-constitucional-sostiene-que-criar-a-los-hijos-no-es-un-derecho_901573.html

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