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lunes, 27 de octubre de 2014

El Supremo legitima que madre brasileña se lleve a su país hijo de padre español

Lunes, 27 de Octubre, 2014
El Supremo legitima que madre brasileña se lleve a su país hijo de padre español
El Tribunal Supremo ha considerado que, en interés del menor, una madre brasileña que tiene atribuida la custodia del niño, hijo de un español, se traslade junto a él a su país de origen aunque el pequeño tenga la nacionalidad española.
  • "La seguridad y estabilidad que proporciona el núcleo materno no se garantiza con la permanencia de la madre y el hijo en España. No es posible obligar a la madre a permanecer en un país que no es el suyo y en un entorno familiar que tampoco es el del niño, al haberlo abandonado hace más de dos años"
  • "es el interés del menor el que prima en estos casos, de un menor perfectamente individualizado, y no la condición de nacional"
  • "el cambio de residencia del extranjero progenitor custodio puede ser judicialmente autorizado únicamente en beneficio e interés de los hijos menores bajo su custodia que se trasladen con él".
  • un juzgado de Tomelloso (Ciudad Real), dio la guardia y custodia a la madre, a quien autorizó a trasladarse a Brasil, pero Audiencia Provincial de Ciudad Real anuló aquel fallo, dio prioridad a la condición de nacional del menor y atribuyó así al padre la custodia sobre él
  • La Audiencia Provincial anuló aquel fallo, dio prioridad a la condición de nacional del menor y atribuyó así al padre la custodia sobre él


 A través del enlace superior se lució el Tribunal  Supremo cortantdo de raíz la relacion paterno-filial entre un padre y su hijo. Autorizó que el menor no volviese a mantener contacto con su padre, y teniendo en cuanta que la madre, como muchas, sustrajo  al menor desde España a Estados Unidos, y una vez allí y ya con el menor adaptado al sistema se acordó que residencia del menor en el extrajero junto a su madre. Pero no cesó ahí la actitud obstruccionista de la madre en la relación paterno-filial, pues imcumplió las medidas de la sentencia que establecían el contacto de padre e hijo, cortando y obstruyendo esta relación, y para colmo nuestro Tribunal Supremo premia estas actitudes maternas de impedir el contacto y manipular al menor contra su padre y autoriza al menor a no ver más a su padre.


La justicia española permite la sustraccion de los menores bajo una pasividad judicial que dá lugar a que los menores puedan ser alineados por la madre contra su padre y al final sea el menor quien el mismo manifieste su rechazo hacía la figura paterna.

Otros casos de niños desaparecidos como Lucía, Unai, en el siguiente enlace:
Las autoridades españolas se desentienden del secuestro parental de una niña de 6 años española

Fuente:
- El Supremo legitima que madre brasileña se lleve a su país hijo de padre español
http://www.eldiario.es/politica/Supremo-legitima-brasilena-padre-espanol_0_318118791.html

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