Kellie Park, la madre abusadora y su hija de diez meseshttp://noticias.terra.cl/mundo/mujer-tortura-a-su-bebe-y-manda-los-videos-a-padre%2c45d266a87c338310VgnVCM20000099cceb0aRCRD.html
Una mujer está acusada de torturar y abusar de su hija de diez meses, grabar los maltratos en video y mandárselos al padre de la pequeña, en West Haven, en el estado estadounidense de Connecticut, Estados Unidos.
Según informa el Daily Mail, Kellie Park, de 20 años, fue arrestada la pasada semana después de que el padre de la niña denunciara a la policía haber recibido los videos y 55 mensajes de texto en los que se leía: “Voy a romperle su cara”, “voy a pegarle en la cara” y “me encanta abusar de esta niña”.
En los informes policiales se señala que en uno de los videos se escucha a la mujer gritar al bebé “come del suelo, eso es lo que tu padre quiere que haga” y tirarle comida a la niña mientras está en su sillita. Después se la ve tomando a la bebé de la silla y poniéndola en una cuna, que agita hasta que la niña se cae.La policía dice que en otra grabación, la madre patea una puerta y hace caer a la niña. Entonces le dice: “¿No lo entiendes? Tu padre no se preocupa, así que adivina qué, yo no voy a preocuparme”.
La mujer fue detenida y acusada de los delitos de agresión, crueldad, riesgo de lesiones y amenazas. Mientras, la policía trasladó a la niñaal hospital y después quedó bajo el cuidado del Departamento de Menores y Familias de Hartford.
El bebé está ahora bajo el cuidado de la madre de la mujer, que también se encarga de otra hija de la madre de dos años de edad.
Reunión de los lunes
sábado, 30 de junio de 2012
Mujer tortura a su bebé y manda los videos a padre
Sábado, 30 de Junio, 2012
Igualdad de género en la Universidad de Granada
Sábado, 30 de Junio, 2012
Comienza la tercera edición del curso “La igualdad de género en la Universidad: Políticas y Plan de Igualdad en la Universidad de Granada” organizado por el Centro Mediterráneo de la Universidad de Granada en colaboración con la Unidad de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la UGR
El curso se desarrollará en su modalidad virtual y durará hasta el 27 de julio. Con esta nueva edición del curso, se pretende que la comunidad universitaria de la UGR –PAS, PDI y alumnado- profundice en las medidas que se están desarrollando a todos los niveles, para conseguir la igualdad entre mujeres y hombres.
En este sentido las universidades españolas aúnan esfuerzos para liderar la carrera hacia la igualdad efectiva entre hombres y mujer. El compromiso con el desarrollo y avance de las sociedades hacia una realidad más equitativa pasa necesariamente por la incorporación en condiciones de igualdad real de todas las mujeres y hombres. Con este propósito se crean las unidades de igualdad de las universidades y que hoy forman parte de la mayoría de las universidades públicas españolas. Realizan planes y políticas de igualdad propias, que repercuten y dan ejemplo tanto en el ámbito universitario como en el resto de la sociedad.
En este seminario se busca la consecución de los siguientes objetivos:
• Estudiar los orígenes y la situación actual del movimiento de lucha por la igualdad y revisar los conceptos básicos sobre teoría de género para poder identificar las desigualdades de género.
• Sensibilizar a la comunidad universitaria para la aplicación de políticas y promover herramientas de trabajo no discriminatorias.
• Estudiar los marcos legales y políticos a favor de la igualdad de oportunidades en las Universidades.
• Conocer y comprender las políticas de igualdad de la UGR y en especial el contenido del Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de la UGR.
El curso ha sido diseñado en cuatro unidades temáticas teniendo en cuenta las políticas de igualdad que se han ido desarrollando en nuestro país desde el año 1983, fecha en que se creó el Instituto de la Mujer.
Cada Unidad Temática tratará, de forma monográfica, un tema relacionado con las políticas de igualdad que se han ido desarrollando en nuestro país, centrando la atención, a partir del segundo tema, en las políticas emprendidas en el ámbito universitario Se hará una mención especial, a partir de la Unidad Tercera, a las desarrolladas en la Universidad de Granada desde su creación, a finales de 2008, hasta el momento actual por la Unidad de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la UGR.http://www.infocostatropical.com/noticia.asp?id=43565&id_area=1&area=Portada&id_seccion=17&seccion=Provincia
PP y PSOE se reparten el Constitucional con jueces de marcada ideología
Sábado, 30 de Junio, 2012
- A propuesta del PP: Juan José González Rivas y Andrés Ollerohttp://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/29/espana/1340984667.html
- A propuesta del PSOE: Fernando Valdés y Encarnación Roca
- González Rivas estaba a favor de la objeción de Educación para Ciudadanía
- Ollero fue durante 17 años diputado del PP; dejó su escaño en 2003
- Valdés es crítico de la reforma laboral y apoyó la huelga del 29-M
- La catalana Roca admitió la pensión a una mujer que no trabajó al divorciarse
- Las cuatro vacantes están pendientes desde 2008 (una) y 2010 (tres)
- La ex parlamentaria del PP Soledad Becerril, nueva Defensora del Pueblo
Cerrada la renovación de los órganos constitucionales tras el pacto PP-PSOE, ya son oficiales los nombres de los cuatro jueces del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo, los 12 puestos en el Tribunal de Cuentas y los cinco en la Junta Electoral Central. Todos ellos tendrán que ser ratificados, según los casos, por el Congreso y el Senado. El portavoz del PP en el Congreso, Alfonso Alonso, ha destacado que el acuerdo para contribuye a que las instituciones democráticas sean "más fuertes" y ganen en "credibilidad".
En el Tribunal Constitucional, que renueva cuatro de sus magistrados, entran los jueces Juan José González Rivas y Andrés Ollero (a propuesta del PP) y Fernando Valdés y Encarnación Roca (a propuesta del PSOE). Todos ellos tienen un marcado perfil ideológico.
Juan José González Rivas
Es magistrado de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Juan José González Rivas (Ávila, 1951) encabezó el sector contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía, que creó el Gobierno de Zapatero. Era partidario de que el Supremo avalara el derecho a la objeción de conciencia sobre la obligación de cursar esta asignatura en su estudio de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Iba a ser el ponente pero su posición quedó en minoría y fue sustituido por otro magistrado. No obstante, redactó un voto particular.
Entre las últimas sentencias de las que ha sido ponente en este tribunal figura una notificada el pasado día 7, por la que se denegó a una magistrada de Cantabria una licencia de 15 días tras inscribirse en el registro de parejas de hecho, al considerar que no hay previsiones legales que contemplen esta posibilidad y que el matrimonio y este tipo de uniones no son situaciones equivalentes.
Es doctor en Derecho e ingresó en la carrera judicial en 1975. Pertenece a la Asociación Profesional de la Magistratura, de perfil conservador.
Andrés Ollero
Este catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad Rey Juan Carlos fue durante 17 años diputado del PP por Granada. Andrés Ollero (Sevilla, 1944) abandonó voluntariamente su escaño en 2003 para dedicarse en exclusiva a la Universidad.
Durante su dilatada actividad política fue portavoz del PP en la Comisión de Justicia e Interior del Congreso y perteneció a comisiones como la Constitucional, la de Administraciones Públicas, la de Investigación Científica y la de Desarrollo Tecnológico.
Ollero es académico de número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, pertenece también a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada. Ha recibido la Gran Cruz de la Orden de Alfonso X el Sabio y la Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort.
Fernando Valdés
Este catedrático de Derecho Laboral siempre ha sonado en todas las renovaciones del Tribunal Constitucional. Su designación supone su retorno al Constitucional, donde fue letrado entre 1983 y 1985.
Fernando Valdés (Valladolid, 1945) no ha ocultado sus críticas a la reforma laboral aprobada por el Gobierno del PP y respaldó la huelga general del pasado 29 de marzo. Ha mantenido que la reforma laboral actual está generando más desempleo y ha defendido que una modificación así, sin consenso, al final no da sus frutos.
Es inspector de trabajo y doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y ha sido Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de las Universidades de Salamanca y Valladolid, siéndolo actualmente de la Complutense de Madrid.
Antes de 2004 participó en la coordinación del programa electoral del PSOE en Economía, Trabajo y Pensiones con el que José Luis Rodríguez Zapatero ganó sus primeras elecciones.
Encarnación Roca
Es magistrada de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo cuyo perfil suple las exigencias de CiU. Encarnación Roca (Barcelona, 1944) culmina una carrera intensa dedicada al Derecho Civil.
Considerada una experta en Derecho de Familia, rompió también barreras el año pasado cuando se convirtió en la primera mujer que ingresó en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, la única de las instituciones académicas que todavía estaba formada íntegramente por hombres.
Sentó jurisprudencia, por ejemplo, al admitir el derecho de una mujer que nunca trabajó fuera de casa a cobrar una pensión compensatoria por divorcio por haber contribuido con sus tareas domésticas a las cargas familiares mientras duró su matrimonio en régimen de separación de bienes.
La catalana fue de las pocas que no asistió a la celebración del bicentenario del Tribunal Supremo. Según justificó, no lo hizo "por dignidad" ante el caso de Carlos Dívar.
Las plazas que cubrirán los nuevos jueces del Constitucional son las correspondientes al magistrado Roberto García-Calvo, fallecido en 2008, y las que ocupan en la actualidad, pese a que su mandato expiró en noviembre de 2010, los magistrados Eugeni Gay, Javier Delgado y Elisa Pérez Vera.
El acuerdo de los dos principales partidos es imprescindible para la renovación, puesto que los nombres acordados deben recibir el voto favorable de la mayoría cualificada del Congreso. El pacto, no obstante, ha suscitado las críticas de los restantes grupos parlamentarios que consideran que la negociación de los candidatos, que deben ser propuestos por la Cámara Baja, ha sido en realidad un coto cerrado entre 'populares' y socialistas.
La ex parlamentaria del PP Soledad Becerril será la nueva Defensora del Pueblo, informa Efe. Sustituirá en el cargo a María Luisa Cava de Llano, en funciones desde que Enrique Múgica abandonara la institución hace dos años.
El adjunto a la Defensora del Pueblo es Francisco Fernández Marugán, un histórico 'guerrista' dentro del PSOE. Es ex portavoz del PSOE de Presupuestos y anteriormente fue tesorero del partido tras el escándolo de Filesa. Escudero de Alfonso Guerra y Juan Carlos Rodríguez Ibarra, la dirección socialista 'compensa' con este cargo su salida de las listas el pasado mes de noviembre.
El Tribunal de Cuentas también ha renovado a varios de sus miembros. Ramón Álvarez de Miranda será el nuevo presidente. El ex diputado de UCD es miembro desde 2001 de este tribunal.
Por vez primera formará parte de esta institución una persona propuesta por Izquierda Unida tras el acuerdo al que han llegado en sus conversaciones el líder del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el coordinador general de IU, Cayo Lara. Esta consejera, elegida en el cupo que le corresponde a los socialistas, es María Antonia Lozano Álvarez.Tribunal de Cuentas
Ramón Álvarez de Miranda (PP)
Ángel Algarra (PP)
Mª José de la Fuente (PP)
José Mª Suárez (PP)
Felipe García (PSOE)
Margarita Mariscal (PP)
Manuel Aznar (PP)
Javier Medina (PP)
Enriqueta Chicano (PSOE)
Mª Antonia Lozano (PSOE-IU)
Mª Dolores Genaro (PSOE)
Lluís Armet i Coma (PSOE)
Los seis miembros del Tribunal de Cuentas que elegirá el Congreso son Álvarez de Miranda, Ángel Algarra, María José de la Fuente, José María Suárez (los cuatro a propuesta del PP), Enriqueta Chicano (PSOE) y María Antonia Lozano (por acuerdo PSOE-IU).
En el Senado, se elegirá a instancias del PP a Margarita Mariscal, Manuel Aznar y Javier Medina, mientras que presentados por el PSOE serán Lluis Armet, Felipe García Ortiz y Dolores Genaro Moya.
En la Junta Electoral Central el reparto de los cinco juristas ha sido entre PP, PSOE y CiU. Sólo habrá dos caras nuevas ya que el resto repite.Junta Electoral Central
Pedro González-Trevijano (PP)
Alfonso de Esteban (PP)
Carmen Chinchilla (PSOE)
Pablo Santaolaya (PSOE)
Juan Manuel Trayter(PP)
En concreto, el PP ha propuesto al catedrático Alfonso de Esteban Alonso, que se estrena en la Junta Electoral, y al rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Pedro González-Trevijano Sánchez, que ya formaba parte del organismo arbitral. Por su parte, el PSOE mantiene a Pablo Santolaya Machetti y propone como novedad a Carmen Chinchilla Marín. La quinta plaza será para el candidato que propuso CiU hace días, Joan Manuel Trayter Jiménez, que repite.
Antes de conocerse los nombres, Alfredo Pérez Rubalcaba ha expresado en rueda de prensa su "satisfacción" por cómo han concluido las negociaciones con los 'populares'. "Es un buen acuerdo", ha resumido, asegurando que respeta lo que él mismo negoció con el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, al arranque de la legislatura.
El líder del PSOE ha subrayado que entre los nombres se encuentran "personalidades" de "reconocida trayectoria profesional" que contribuirán a "prestigiar estas instituciones", informa Europa Press.
Condenada por incumplir la orden de alejamiento de su esposo al que recriminó que estuviera en la playa
Sábado, 30 de Junio, 2012
http://ecodiario.eleconomista.es/espana/noticias/4083793/06/12/Condenada-por-incumplir-la-orden-de-alejamiento-de-su-esposo-al-que-recrimino-que-estuviera-en-la-playa.htmlLa sección primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la condena impuesta a una mujer que incumplió la orden de alejamiento de su esposo al que insultó y recriminó que estuviera en la playa con unos amigos.La imputada fue condenada por sentencia firme dictada el 30 de septiembre de 2010 por el Juzgado de Instrucción número 1 de San Vicente de la Barquera, como autora de un delito de maltrato en el ámbito familiar.
Por este delito se le prohibió aproximarse a una distancia de 200 metros a su aún esposo, así como a su domicilio y los lugares que frecuente, al igual que comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento durante 16 meses, prohibiéndole regresar al domicilio común o lugar de residencia de su marido.
El cumplimiento de la pena dio comienzo el 30 de septiembre de 2010 y su finalización se estableció el día 22 de enero de 2012. Sin embargo, sobre las 12,00 horas de la mañana del 27 de junio de 2011, cuando el marido de la procesada se encontraba paseando por la playa de la localidad cántabra de Comillas en compañía de unos amigos, la acusada se acercó a su aún esposo y le dijo que "si no le daba vergüenza estar en la playa", llamándole "hijo de puta y cabrón".
La acusada había sido ejecutoriamente condenada por sentencia firme de fecha 27 de mayo de 2010 dictada por el Juzgado de lo penal número 3 de Santander como autora de un delito de quebrantamiento de condena cometido el día 14 de marzo de dicho año a la pena de 4 meses de prisión.
TRASTORNO DE PERSONALIDAD
Según consta en la sentencia, cuando sucedieron los hechos, la acusada presentaba un trastorno de la personalidad "negativista pasivoagresivo", así como un trastorno de ansiedad y dependencia al alcohol, sufriendo una distorsión de la realidad.
Ello le hacía sobredimensionar situaciones que ella consideraba graves afrentas sin serlo, y que le provocaban reacciones agresivas, teniendo mermadas de forma relevante sus capacidades volitivas y en especial su capacidad para controlar sus impulsos.
El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander condenó a la procesada, como autora de un delito de quebrantamiento de condena y de una falta de injurias, con la concurrencia respecto al delito de la circunstancia agravante de reincidencia y en ambos casos de la eximente incompleta de trastorno o anomalía psíquica, a la pena de 5 meses de prisión, y 6 días de localización permanente.
La sentencia fue recurrida por la imputada, quien alegó que el encuentro con su marido fue fortuito y en un lugar público, como es la playa.
Sin embargo el tribunal de apelación destaca que si el encuentro fue fortuito, no lo fue que la recurrente, en lugar de seguir su camino, se acercase a su esposo y le insultara, quebrantando así la orden de alejamiento
Además la Audiencia tampoco aprecia la concurrencia de la eximente completa de trastorno o anomalía psíquica, ya que la prueba pericial acredita que la imputada tiene mermadas de forma importante sus facultades pero no anuladas, ajustándose así a derecho la sentencia recurrida que apreció la concurrencia de una eximente incompleta.
Por ello el tribunal desestima íntegramente el recurso de apelación de la procesada y confirma la sentencia recurrida, imponiendo a la recurrente condenada las costas de la alzada.
Tuvo sexo con su hijo
Sábado, 30 de Junio, 2012
http://www.elheraldo.hn/Otras-Secciones/Ademas-Hoy/Tuvo-sexo-con-su-hijo
El caso ha desatado polémica. Ella se defiende señalando que no se trató de incesto, sino de “atracción genética”.
Polémica ha desatado en Estados Unidos el caso de una mujer que fue condenada a 15 años de prisión por tener relaciones sexuales con su hijo adolecente de 16 años de edad.
Mistie Atkinson dice que no cometió incesto y apeló la sentencia en su contra.
La mujer rastreó por Facebook a su hijo, a quien no veía desde hace 15 años, aseguró a la corte que sufrió de un fenómeno llamado "atracción genética".
"Siento que no debería recibir cargos de incesto porque existe algo llamado atracción genética que es un fenómeno muy poderoso que ocurre al 50% de gente que se reúne con un familiar tras mucho tiempo", señaló Atkinson.
La californiana le envió fotos de ella desnuda a su hijo y se encontraron en un hotel de California, lugar en el que tuvieron relaciones sexuales.
La policía intervino en la escena y encontró a la pareja en la cama. Fueron incautados videos en los que se ve a la madre practicándole sexo oral a su propio hijo.
Detenido al ser visto con su mujer horas antes de ser juzgado por maltratarla
Sábado, 30 de Junio, 2012
Durmió en el calabozo y por la mañana fue juzgado por maltrato e interrogado por quebrantar el alejamiento. Él y su esposa afirman que fue un malentendido, que se encontraron por casualidadhttp://www.lagacetadesalamanca.es/sucesos/2012/06/28/detenido-visto-mujer-horas-juzgado-maltratarla/65641.html
Estaba citado a las diez de la mañana para ser juzgado por maltratar a su mujer, sin embargo pocas horas antes agentes de la Comisaría de Policía le arrestaron tras ´pillarle´ con ella en plena vía pública. Trasladado a las dependencias policiales de la calle Jardines por quebrantar la orden de alejamiento dictada por un juez, E.O.Q. pasó la noche en el calabozo y en la mañana del miércoles fue trasladado a los Juzgados de Colón para ser enjuiciado por el delito de maltrato, así como para comparecer ante el juez de guardia por incumplir la prohibición de aproximación.
Según confirmaron a LA GACETA fuentes del caso, los hechos tuvieron lugar a las 00.47 horas en el paseo de Alfonso VI, junto a la Plaza de Toros. Los agentes patrullaban por la zona, cuando vieron al ecuatoriano E.O.Q. en compañía de su mujer, de la misma nacionalidad. Tras pedirle la documentación, comprobaron que tenía antecedentes, además de una orden de alejamiento sobre la mujer vigente, por lo que procedieron a su arresto.
El detenido pasó la noche en el calabozo por incumplir la orden judicial y a la mañana siguiente se comprobó que tenía señalado un juicio para las 10.00 horas por un delito de maltrato a la mujer. Delito por el que el fiscal le pedía una pena de once meses de prisión y dos años de alejamiento.
Condenada por vejar a su hijastra de 14 años con insultos y humillaciones
Sábado, 30 de Junio, 2012
La Audiencia de Palma absuelve a la madrastra de maltrato ante las dudas sobre la veracidad de la denunciahttp://www.diariodemallorca.es/sucesos/2012/06/28/condenada-vejar-hijastra-14-anos-insultos-humillaciones/775856.html
La Audiencia de Palma ha ratificado una pena de seis días de trabajos en beneficio de la comunidad por una falta de vejaciones injustas para una mujer que increpó e insultó a su hijastra de 14 años tras sus malos resultados académicos y debido a su falta de higiene. Sin embargo, el tribunal ha revocado la sentencia inicial y ha absuelto a la madrastra de un delito de maltrato físico a la menor por el que fue condenada en un primer momento ante las dudas surgidas sobre la veracidad de la denunciante. Así, la sala no ha considerado probado que la sospechosa discutiera con la adolescente en el domicilio familiar, le impidiera salir de su habitación y la hubiera sujetado con fuerza de los brazos causándole arañazos en el verano de 2010.
La sección segunda destaca que existen dudas sobre estos hechos, ya que fueron denunciados cuando el padre de la niña fue acusado de maltrato y tampoco hay partes médicos de las lesiones.
Así, la Audiencia considera probado que entre 2009 y 2010, la madrastra, debido a la mala relación con la menor por sus malos resultados en los estudios y su falta de higiene, le dijo varias veces tonta y que no iba a valer ni para prostituta en la porta de Sant Antoni, en Palma.
LOS TRES CAUSAS DEL FEMINICIDIO
Sábado, 30 de Junio, 2012
Debilidad del vínculo en la pareja, patologías y sistema de creencias.http://www.temas.cl/?p=15840El pasado 28 de noviembre informábamos sobre un estudio del Instituto de Estudios del Capital Social (INCAS) de la Universidad Abat Oliba CEU, cuyas conclusiones sobre el maltrato en la familia cuestionan las tesis de la ideología de género.La información hacía referencia a que, en el maltrato de menores, los factores de “condición femenina del agresor” y “familias monoparentales” están muy presentes, y también se citaba que la violencia contra los ancianos es mucho mayor que la que sufren las mujeres.En ese sentido, el estudio ‘Jóvenes, mujeres, mayores: el maltrato en la familia’ analiza también las causas profundas de la violencia machista y concluye que “pueden señalarse tres componentes estructurales del feminicidio”: la “debilidad del vínculo” en la pareja, las “patologías personales” que afectan a alguno de sus miembros, y el “sistema de creencias” propio de ese núcleo familiar.Además, el INCAS determina que las causas objetivas que tienen mayor incidencia en el feminicidio de pareja son “la ruptura de la relación: hasta un 45% de casos se explican por este único motivo”, y “la naturaleza inmigrante de la mujer”, ya que “su tasa de feminicidio es 5 veces superior a la autóctona”. Algo parecido sucede con la nacionalidad del agresor, “cuya tasa resulta mucho más alta entre los inmigrantes, del orden de 4 a 8 veces mayor”.DEBILIDAD DEL VÍNCULO Y RUPTURAYendo a los detalles, el estudio del INCAS insiste en que, cuando se habla de las causas del feminicidio, “el primer componente es la debilidad del vínculo, que se deriva en su propensión a la ruptura”.Así, “el feminicidio de pareja está estrechamente unido a la pareja de hecho, de forma que en éstas se producen nueve veces más casos que en los matrimonios. A menor estabilidad, mayor riesgo de homicidio, y las parejas de hecho son mucho más proclives a la separación que los matrimonios, y en éstos, los civiles más que los católicos”, añade el estudio.En cualquier caso, “la ruptura constituye una explicación central y necesaria de los feminicidios”, aunque no es la única, sigue. También “la desestructuración familiar vinculada a la inmigración, que completa el proceso formando una pareja de hecho en España, explica la prevalencia de la inmigración”.Además, “existen interrelaciones entre ellas; esto es, actúan con significación una a una, pero multiplican sus efectos al interactuar entre sí”. En este sentido, “el peor perfil sería la mujer inmigrante, que procede de un hogar y que se instala en España sin su pareja, formando otra de hecho aquí”. El factor de riesgo de este tipo de inmigrante descendería notablemente al contraer matrimonio o vivir en España con su pareja original.PATOLOGÍAS PERSONALES Y SISTEMA DE CREENCIAS“El segundo componente estructural es constante pero poco numeroso: patologías personales”. El estudio del INCAS aclara que este factor “constituye la constante del sistema, y puede estar presente en un máximo de 1 de cada 300.000 vínculos”.“El tercer componente radicaría en el sistema de creencias, en el sentido de que los católicos practicantes constituirían un factor de protección en relación a la violencia debido a su mayor estabilidad matrimonial y el sistema de valores inscrito en ellos”, destaca el informe.Al mismo tiempo agrega que “posiblemente en el extremo opuesto se encontraría el indiferentismo, ocupando las creencias agnósticas y ateas una posición intermedia entre aquél grupo y los católicos”.El INCAS advierte de que “estas tres conclusiones no guardan relación alguna con la explicación oficial sobre la fundamentación de la violencia contra la mujer basada en la perspectiva de género que ha inspirado la legislación española, y que ayuda a entender el porqué del rotundo fracaso de la política aplicada”.MATRIMONIO Y DESCENDENCIA, VITALESPor otra parte, el INCAS aborda una interpretación global del problema: “el feminicidio de pareja puede ser entendido como una consecuencia extrema de la destrucción del capital social en su unidad primaria generadora. En efecto, el matrimonio, y con él la descendencia que genera, es la única fuente primaria de capital social”.“El matrimonio con descendencia es la condición necesaria previa a todo el proceso” de formación del capital social, sigue.“En la medida en que la unión matrimonial no genera descendencia y/o no es capaz de socializarla en buenas condiciones, las instituciones secundarias –la escuela, por ejemplo- deben hacer un trabajo suplementario en el que no siempre rigen”, subraya.Y ese capital social se fundamenta a su vez en tres condiciones o valores sociales: “la confianza, el compromiso social y la participación, que dan lugar a una relación predeterminada que constituye el vínculo”.“En definitiva –concluye el estudio-, la violencia contra la mujer, en su expresión más extrema, se compondría de una causa patológica minoritaria, que merece ser aislada y tratada específicamente”.“También el sistema de creencias tendría una incidencia sustantiva. Pero el grueso fundamental vendría de causas socialmente objetivas a la ruptura, la pareja de hecho o la cohabitación, y la inmigración familiarmente desestructurada”.▄▀
Sobre la mesa - La custodia compartida de los hijos a debate
Sábado, 30 de Junio, 2012
http://www.rtve.es/alacarta/audios/sobre-la-mesa/sobre-mesa-custodia-compartida-hijos-debate-28-06-12/1449134/Sobre la mesa - La custodia compartida de los hijos a debate - 28/06/12
La propuesta del Ministro de Justicia de poner en manos de los jueces la decisión sobre si la custodia debe ser compartida por ambos progenitores -padre y madre- llega en un momento en el que las cifras de divorcio están disminuyendo de manera significativa, quizá como una consecuencia más de la actual crisis económica. En el año 2010 el número de divorcios se situó en poco más de 110.000, cifra similar a la existente en 2001, alcanzándose el pico más alto de la última década en 2006, con más de 145.000. Pero a pesar de esta disminución, el número de familias monoparentales, consecuencia de esta realidad social, en las que sólo uno de los cónyuges -mayoritariamente las madres- tienen la custodia de los hijos, ha aumentado considerablemente los últimos años.
Parece pues una clara necesidad regular la custodia compartida para determinadas situaciones y siempre poniendo por delante de todo la defensa del menor. De hecho, y como ocurre con demasiada frecuencia, algunas Comunidades Autónomas ya se han adelantando al Ministro, permitiendo y regulando esta fórmula de cuidado, entendiendo que es la mejor para los hijos. Para hablar de este asunto, contamos con la presencia en el programa de Teresa López, de Acción Familiar.
ACERCA DE LA “CUSTODIA EXCLUYENTE… Y EL FAVOR MATRIS”
Sábado, 30 de Junio, 2012
CArlos AUrelio Caldito Auniónhttps://www.facebook.com/groups/308976671793/
Sólo una persona insensata o malvada puede pensar que la inmoralidad, la canallada de privar a un hijo de su derecho a tener padre y madre, separarlo de uno de ellos, o de ambos, negarle su amor, sus cuidados pueda ser positivo.
Dentro de unos días se cumple el séptimo aniversario de la llamada “Ley de Divorcio Express”, Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se reformaron el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, posiblemente la iniciativa legislativa que más expectativas levantó durante la época de gobierno zapateril, y la que más desencanto acabó suscitando, en cientos de miles, en millones de familias españolas que acabaron sintiéndose profundamente estafadas… La Ley de Divorcio Express es una de las grandes estafas, posiblemente el mayor fraude de los ocho años de gobiernos socialistas…
Todavía recuerdo aquel día, el locutor de televisión estaba contándonos como iba aquello que tópicamente-típicamente denominan año tras año “operación retorno”, que si retenciones, que si muertes, que si este año ha aumentado el número de turistas,… Era el mes de septiembre del año 2004, cuando de repente empezaron a hablar de un asunto que me hizo sentir especialmente sorprendido: ¡No me lo podía creer, estaban diciendo que el Gobierno tenía intención de presentar en el Parlamento un “anteproyecto” para reformar el Derecho de Familia!
Una vez recuperado de la sorpresa, comencé a darme cuenta de que hablaban de acortar los plazos para poder acceder al divorcio, de eliminar la “causalidad”, hablaban incluso de equiparar a los homosexuales con el resto de la población respecto a derechos como el de adopción, etc. Y de pronto nombraron lo más esperanzador: HABLABAN DE CUSTODIA COMPARTIDA DE LOS HIJOS TRAS LA RUPTURA DE PAREJA.
Y entonces me dije (incauto de mí) “Ha llegado la revolución Sègoléne Royal”. Dirán ustedes que ¿de qué estará hablando este señor? Pues muy sencillo: estoy hablando de la Ministra de la Familia y la Infancia (socialista) de cuando Chirac tuvo que compartir el poder con el Partido Socialista Francés. Pues bien, esta mujer socialista fue la promotora de una profunda reforma del Derecho de Familia en Francia, que implantó por vez primera la Custodia Compartida de los hijos menores tras el divorcio como norma general, y no como algo excepcional.
Por entonces, el que esto les cuenta era el Secretario de Organización de la Federación de Asociaciones por la Custodia Compartida, de ámbito nacional-estatal. Recuerdo que estaba especialmente ilusionado; también especialmente atareado. Puse en marcha, junto con otros padres y madres separados y divorciados una comisión que procuró reunirse en múltiples ocasiones con los diversos grupos políticos con representación parlamentaria. Me decía a mí mismo, después de cada viaje que hacía a Madrid como poco una vez por mes, que el despiste era general entre los “políticos” (por no llamarlo ignorancia) Fue una experiencia especialmente interesante y de la que podría contar innumerables anécdota…También recuerdo, y aún no me he recuperado de la sorpresa, como personajes como Lidia Falcón, María Teresa Pérez del Campo, “miembras” del grupo de mujeres juristas Themis, de “mujeres progresistas”… se movían por el Congreso de los Diputados como “Mateo por su casa”, saliendo y entrando de despacho en despacho, mientras la comisión de padres, madres y abuelos de la Federación de Asociaciones por la Custodia Compartida se las veía y deseaba para ser recibida (aquello fue toda una premonición)
Nunca olvidaré que hubo políticos que llegaron a decirnos, ante la pregunta de si las “organizaciones de mujeres” les habían hecho llegar algún documento o propuesta de mejora al proyecto gubernamental, que “las organizaciones de mujeres no vienen al Congreso de los Diputados a aportar soluciones, vienen a buscar subvenciones”…
También nos entrevistamos con los Jueces del Tribunal Supremo y casualmente, los mismos coincidían con nosotros en la necesidad de crear una Jurisdicción especial de Familia, Tribunales de Familia que den abasto a todos los contenciosos y no contenciosos que originan las rupturas de pareja, y especialmente cuando lo que está en disputa son cuestiones relacionadas con los menores. Lo mismo que hablamos con los Jueces, hablamos con la Fiscalía General del Estado. A todos ellos, a los jueces, a los fiscales, a los diputados, a los senadores, les hicimos llegar un completísimo “dossier” en el que les mostrábamos nuestra preocupación respecto de la parte más débil y vulnerable: los menores. Como solución proponíamos la Custodia Compartida y la Mediación Familiar Obligatoria, así como la desjudicialización de las rupturas de pareja…
Otro asunto del que les hablamos fue de la absoluta arbitrariedad con la que se mueven los jueces y fiscales, el que sea casi imposible que una Audiencia Provincial revoque una sentencia de primera instancia. También de lo preocupante que es que cada Audiencia Provincial sea de facto un reino de taifas; tal es así que hay sentencias de audiencias provinciales que son absolutamente contradictorias con las de otras provincias... ¡Un desbarajuste y un disparate judicial!
Tampoco olvidamos hablar de lo que respecta al desarrollo de los juicios, la cuestión procedimental. Tratamos con todos ellos, políticos, jueces, fiscales, de la necesidad urgente de reglamentar de forma minuciosa cómo han de transcurrir los juicios, evitando la arbitrariedad actual, en la que los jueces son verdaderos "dioses". No es de recibo que los jueces puedan admitir las pruebas que les dé la gana o decidir qué testigos pueden o no declarar en juicio... Tampoco tiene sentido que el propio juez sea el que instruya y juzgue, o vuelva a juzgar en enésimas ocasiones, hasta incluso cuestiones ya juzgadas...
Indudablemente, también se habló del asunto tabú por excelencia en las rupturas de pareja: PODEROSO CABALLERO, DON DINERO. De la necesidad de crear un baremo para determinar las cantidades para la manutención de los hijos y/o las pensiones compensatorias, adecuadas a la realidad-entorno de la pareja en proceso de ruptura (no es igual, por poner un ejemplo, la subida del Índice de Precios al Consumo –IPC- en Badajoz que en Castellón, o en una zona rural que urbana…)
Y de la importancia de que se creara alguna institución a la cual los progenitores no custodios pudieran dirigirse para poder fiscalizar el destino, uso, que se le da al dinero que supuestamente debe ser para la manutención de los menores (en los USA y el ámbito anglosajón esta institución ya existe). Ésta es la única manera de acabar con la sensación (permítaseme que sea grosero) de que se está pagando un impuesto revolucionario, pensiones parasitarias, por haber tenido determinados momentos de placer...
Y hablamos con políticos, jueces y fiscales de acabar con la precariedad, el empobrecimiento que supone en muchísimos casos el divorcio tanto para los menores como para los adultos: sobre la necesidad urgente de un FONDO DE GARANTÍAS DE PENSIONES, VIVIENDAS DE ALQUILER DE RENTA BAJA PARA PADRES SEPARADOS, CASAS DE ACOGIDA, ETC.
Y hablamos más cosas, como lo importantísimo que es crear algún organismo que vigile-supervise el grado de cumplimiento de las sentencias de divorcio, en lo que respecta a la comunicación y estancias de los hijos con el progenitor no custodio, los posibles boicots del otro progenitor para intentar romper el vínculo con el padre o la madre, según el caso; no digamos del SAP (Síndrome de Alienación Parental)... Sobre la necesidad de tipificar como delito todo ello. NO OLVIDEMOS, QUE VIVIMOS EN UN PAÍS DONDE FUNCIONA UNA MORAL DE OBLIGACIÓN Y SANCIÓN. Debe haber mecanismos disuasorios para el progenitor que incumpla el Convenio Regulador.
Mis compañeros y yo hicimos mención especial a la necesidad de tipificar como delito las falsas denuncias por malos tratos y abusos (orientadas a conseguir ventajas y trato de favor en las disputas por custodia y separación de bienes) que ya entonces quedaban impunes, como sucede en la actualidad.
Otro asunto más: la urgentísima necesidad de regular lo relativo a que la madre, o el padre aunque raramente, ponga tierra por medio para alejar a los hijos del padre, boicotear la comunicación y estancias, intentar dificultar el acceso del padre a sus hijos, etc. prevaleciendo siempre la voluntad de la madre custodia, aplicando cosas tales como el precepto constitucional de que uno puede fijar su domicilio donde la plazca... No es admisible que se produzca constantemente el secuestro/sustracción de menores.
Por supuesto, también se abordó la urgente, urgentísima, necesidad de que se regulen los Equipos Técnicos Psicosociales, se determinen protocolos, etc. (En la actualidad son ilegales, son “un fantasma”, pero un fantasma que sirve de coartada a jueces y fiscales para condenar a los niños y niñas a una orfandad cruel e innecesaria…
Como resultado de la presión, sin recato ni tapujos de clase alguna, de determinados grupos de “mujeres” el gobierno del Sr. Rodríguez Zapatero abortó la reforma que había emprendido su Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, convirtiendo la Custodia Compartida en retórica vacía, otorgándole al Fiscal (que no al Juez) la capacidad de decisión en esta cuestión –asunto de dudosa constitucionalidad- impidiendo que los padres –varones- puedan ejercer la patria potestad de forma compartida con las madres de sus hijos después de la ruptura de pareja, impidiendo que la toma de decisiones respecto de los menores en lo que concierne a su salud, su manutención, su educación, su crianza en general, sea de forma conjunta.
Y mientras tanto, la arbitrariedad, justificada jocosa y sarcásticamente con la máxima de la independencia judicial, es lo más corriente por desgracia: el panorama es realmente desalentador y deprimente:
Tragedias y más tragedias que se podrían evitar si no se hubiera llegado al grado de insensibilidad y deshumanización que hoy existe en los juzgados, tanto de familia como ordinarios...
Hace aproximadamente siete años que quienes tenían capacidad de legislar decidieron con premeditación, alevosía y nocturnidad (votaron de madrugada) no reformar el Derecho de Familia; bueno, si lo hicieron: introdujeron la posibilidad de que cualquier mujer pueda repudiar a su esposo… y que si no abandona voluntariamente, el hasta entonces domicilio conyugal, pueda ser expulsado mediante una falsa denuncia de maltrato, en perfecta sintonía con la denominada “ley integral contra la violencia de género”, que había entrado en vigor medio año antes, el 28 de diciembre de 2004, Día de los Santos Inocentes de 2004…
Algo especialmente “significativo” es que en la “reforma” se preveía la creación urgente de una ley de Mediación Familiar de ámbito nacional-estatal y tras siete años seguimos sin noticia de clase alguna... ¿Para cuándo será tal cosa?
No puedo terminar este texto sin citar la alentadora y esperanzadora noticia de que el actual Ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, ha adquirido el compromiso ante el Congreso de los Diputados, a propuesta de Unión Progreso y Democracia, de generalizar la aplicación de la Custodia Compartida y la Mediación Familiar… en un plazo de tiempo no superior a medio año.. (Harto llamativo es que los únicos grupos con representación parlamentaria que se han opuesto a la iniciativa son el PSOE e IU)
Esperemos que el Partido Popular, también, tenga la valentía (pese al acoso del lobby feminazi) de promover la derogación de las denominadas “leyes de igualdad y género” promovidas por el PSOE, tales como la perversa antifamilia “ley integral contra la violencia de género”, pues todas ellas están en absoluta contradicción con la generalización de la Custodia Comapartida como modelo preferente…
Tal vez nuestros nietos (y nietas) lo vean y lo disfruten... porque, hay que ser estúpido o malvado para considerar que apartar a un hijos de alguno de sus papás, y de su familia extensa puede ser beneficioso para alguien….
Carlos Aurelio Caldito Aunión.
El Ilustre Colegio de Abogados de Elche reúne con la Asociación Custodia Compartida Alicante
Sábado, 30 Junio, 2012
http://www.alicantecustodiacompartida.com/2012/06/29/el-ilustre-colegio-de-abogados-de-elche-reune-con-la-asociacion-custodia-compartida-alicante/El Ilustre Colegio de Abogados de Elche reúne conla Asociación Custodia Compartida AlicanteElche 29 de junio de 2012. – El responsable de la Sección de Familia, D. Vicente Serna, del Colegio de Abogados de Elche (ICAE) ha mantenido esta semana una reunión con la Asociación Custodia Compartida Alicante (ACCA), con el fin de presentar las actividades que ha venido realizando la asociación alicantina durante su primer año de vida y al mismo tiempo tratar la aplicación de la Ley de Custodia Compartida Valenciana en la provincia de Alicante.
El objetivo de evitar un conflicto judicial donde estén implicados los menores, ha sido el punto destacado por el Sr. Serna y los miembros de A.C.C.A a través del uso de los servicios de mediación, terapia de pareja y talleres parentales que actualmente se desarrollan en diferentes puntos de la provincia de Alicante, junto a la necesidad de unificar criterios en los diferentes juzgados y en la Audiencia Provincial, en temas de familia, ya que no todos los partidos judiciales cuentan con juzgados especializados.
Los representantes de A.C.C.A, han querido destacar la importante labor que realizan los profesionales del derecho, ya que muchas veces esta en sus manos evitar un conflicto judicial innecesario. Pese a esto los miembros de A.C.C.A. han puesto en conocimiento del Ilustre Colegio de Abogados de Elche ciertas actuaciones por parte de algunos letrados que potencian y fomentan el conflicto entre progenitores incurriendo en procesos contenciosos innecesarios y creados de forma artificial. Estas mismas actuaciones que son motivo de queja por parte del colectivo de A.C.C.A. han quedado también referenciadas por varios profesionales del derecho que del mismo modo han trasladado su preocupación a los órganos del Colegio de Abogados, ya que a su entender dichas actuaciones vulneran el código deontológico de actuación.
Según declaraciones de los representantes de la asociación.” Se trata de no judicializar un conflicto de familia, donde no deben existir ganadores y perdedores, ya que aquí los que mas pierden son los niños”.
«Por fin se ha escuchado a miles de personas»
Sábado, 30 de Junio, 2012
La imagen pertenece al enlace:
- aprobada la admision a tramite de la propuesta de ley de kidetza
La imagen pertenece al enlace:
- aprobada la admision a tramite de la propuesta de ley de kidetza
http://www.diariovasco.com/v/20120629/al-dia-sociedad/escuchado-miles-personas-20120629.html«Contentos» y con el teléfono colapsado de llamadas. Los representantes de Kidetza celebraron el debate en el Parlamento Vasco, tras más de cuatro meses de intenso trabajo para recopilar las 30.000 firmas necesarias para tramitar la iniciativa legislativa. «Sabíamos que iba a salir adelante porque los partidos habían mostrado su disposición. Estamos contentos porque por fin se ha escuchado a las miles de personas que piden que la custodia compartida sea el modelo preferente en caso de divorcio», afirmó ayer Justo Sáenz, de Kidetza, nada más salir de la Cámara vasca, donde una representación de la federación asistió al debate en la tribuna de invitados.
¿Hacia la custodia compartida?
Viernes, 29 de Junio, 2012
Francisco J. Fernández Cabanillas Asociación Pro Derechos del Niño S.O.S PAPÁshttp://www.diariodeleon.es/noticias/opinion/hacia-custodia-compartida-_702970.html
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, anunció que el Gobierno pretende que las Cortes modifiquen, en seis meses, el artículo 92 del Código Civil, para que para que deje de contemplar el carácter excepcional de la custodia compartida de menores en los procesos de ruptura familiar. En un Estado de Derecho cuya Constitución gira en torno al principio de igualdad ¿se anuncia el fin de la «igualdad excepcional» en los divorcios con niños, que padecemos en derecho común? Analicemos un caso práctico real reciente: el padre tiene la custodia del hijo primogénito y pide la custodia de los dos más pequeños que tiene la madre; es el caso de la sentencia de la Audiencia de Granada, Sec. 5ª, de 2 de diciembre del 2011 que dice: «Ciertamente que los hijos han manifestado a la presencia judicial su voluntad de cambiar la guarda y permanecer bajo la de su padre, pero no parece que dichas manifestaciones sean producto de una voluntad sólidamente formada y consolidada, dada la edad de los menores de 11 y 13 años de edad, y por ello que no basta para alterar la guarda en base al principio de estabilidad, ínsito en el interés del menor (…) Estas mismas razones, a las que se debe añadir la nula relación entre los progenitores desaconseja el establecimiento de una custodia compartida».
¿«Principio de estabilidad, ínsito en el interés del menor»? Conozco la ley de estabilidad presupuestaria, pero no conozco ley alguna con el principio de estabilidad del menor; si existiera, entonces los niños de los jueces, sus propios hijos, no están bien tratados, ya que lo normal es que cambien de domicilio, localidad, colegio y amigos, unas seis veces desde su nacimiento hasta su mayoría de edad, por traslado voluntario de su progenitor, siendo ello contrario a su interés, ínsito de estabilidad.
¿«La nula relación entre los progenitores desaconseja el establecimiento de una custodia compartida»? O sea, que el progenitor custodio, si quiere seguir siéndolo, solo tiene que no relacionarse con el progenitor no custodio; así, cuando los menores pre-adolescentes le digan al juez que quieren vivir con su hermano mayor y con el progenitor visitante, la respuesta será: ni custodia exclusiva ni custodia compartida.
Este tipo de sentencias son frecuentes, por no decir abrumadoras. La pregunta es ¿por qué? Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística en la provincia de Granada son del 2010, referidos a divorcios según cónyuge que ejerce la custodia. En valores absolutos (y no se trata de una muestra, sino de la población total) los datos son: custodias para el padre 29, custodias para la madre 1.020 y custodias compartidas 58.
Las feministas profesionales no quieren la custodia compartida entre padre y madre si es contra el deseo de ésta. «Cada caso es cada caso» dicen. Sabemos, por el contrario que, en la práctica, casi todas las sentencias de divorcio son iguales, como si sendas sentencias de todos los casos fueran la misma. Parafraseando al Guerra, catedrático del toreo: «Ca uno es ca uno, y tiene sus caunás… pero el niño pa la madre».
La interpretación correcta de estos datos es: la variable que explica las custodias de los niños es el «sexo del progenitor», que si es femenino, obtendrá la custodia del niño. Esto es un indicio racional de que el progenitor de sexo masculino padece discriminación indirecta por razón de sexo ya que, como dice el Constitucional (Pleno) Auto núm. 200/2007 «Ahora bien, la incorporación de la discriminación indirecta al contenido proscrito por el art. 14 CE repercute en la forma en la que se ha de abordar el análisis de este tipo de discriminaciones que se derivan de normas formalmente neutras; en efecto, para apreciar si la norma considerada encubre o permite encubrir una discriminación contraria a la Constitución deberá atenderse «necesariamente a los datos revelados por la estadística»»; y la STC Sala Primera, Sentencia 176/2008: «no existe ningún motivo que lleve a excluir de la cobertura del principio de no discriminación contenido en el inciso segundo del art. 14 CE a una queja relativa a la negación o recorte indebido de derechos —en este caso familiares—». Es decir, que en los pleitos de familia con niños rige la prohibición de discriminación (directa o indirecta) por razón de sexo entre los progenitores, obviamente.
En España, que pertenece a la UE, donde la igualdad entre hombre y mujer es un principio básico del ordenamiento de forma que está prohibida «toda» discriminación por razón de sexo y en «todos» los ámbitos (arts. 21 y 23 de la Carta); en España, digo, es noticia que el Ministro de Justicia anuncia que en un futuro próximo, quizá, desaparezca la «igualdad excepcional» legal vigente, entre mujeres y hombres, progenitores, en las rupturas familiares. Bienvenido sea cualquier incentivo legal a la custodia compartida, que debería regir en defecto de acuerdo entre los progenitores. Mientras tanto, el progenitor de sexo masculino tiene una probabilidad de obtener la custodia exclusiva del 2,6 % es natural que se diga, en interés superior del menor, por supuesto: «Como el que tiene un padre (divorciado) en Graná, que ni tiene padre ni tiene ná».
viernes, 29 de junio de 2012
Imponen cuatro años de alejamiento a la juez que dio pastillas a su hija menor
Antes había intentado quitarse la vida
Viernes, 29 de Junio, 2012
Viernes, 29 de Junio, 2012
- La acusada también deberá indemnizar a su hija con 12.500 euroshttp://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/29/andalucia_sevilla/1340970982.html
- No obstante, ha sido absuelta del delito de lesiones por el que fue imputada
Un Juzgado de lo Penal de Sevilla ha condenado a cuatro años de alejamiento respecto a su hija menor a la juez que, en el año 2009, fue internada en un centro psiquiátrico tras, supuestamente, intentar quitarse la vida al tiempo que daba a su hija de ocho años de edad un fármaco ansiolítico.
El juicio contra la que fuera juez de Instrucción número 13 de Sevilla, María José B.B., tenía previsto su celebración este viernes en el Juzgado de lo Penal número 11 de la capital hispalense. Pero finalmente no se ha celebrado tras el acuerdo de conformidad alcanzado por Fiscalía, acusación particular y defensa.
De este modo, la acusada ha sido absuelta del delito de lesiones que le imputaba la acusación particular, que solicitaba dos años de cárcel por este hecho, al tener en cuenta la eximente completa de trastorno mental alegada por el Ministerio Público y la defensa. No obstante, le impone cuatro años de alejamiento respecto de su hija menor, a la que deberá además indemnizar con 12.500 euros.
Al hilo de ello, las fuentes consultadas por Europa Press han detallado que la acusada lleva cumpliendo la medida cautelar de alejamiento desde hace ya un año y medio, aproximadamente.
Hay que recordar que, en su día, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó incoar expediente de jubilación por incapacidad para el ejercicio de la función judicial para la juez de Instrucción número 13, delegando en la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la correspondiente designación del instructor del expediente.
De este modo, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó suspender cautelarmente de funciones a la magistrada de Instrucción 13 de Sevilla en tanto en cuanto se "sustanciaba" el expediente de jubilación.
aprobada la admision a tramite de la propuesta de ley de kidetza
Viernes, 29 de Junio, 2012
Enlace:
- Kidetza afirma que su proyecto de custodia compartida será un referente en el Estado
Enlace:
- Kidetza afirma que su proyecto de custodia compartida será un referente en el Estado
Aprobada por mayoria absoluta en el Parlamento Vasco la admision a tramite del proyecto de ley de custodia compartida por iniciativa popular presentado por KIDETZA.Recibido por email.
Ahora se abre un periodo de 15 días para que los grupos politicos presenten enmiendas.Posteriormente se forma una ponencia que analiza las enmiendas y elabora un dictamente que va al pleno definitivo.Trabajo duro el que nos espera para lograr que salga una buena ley.Los ciudadanos,el trabajo de nuestra gente y los medios decomunicacion han sido nuestro apoyo para lograr este importante éxito.Contamos con vuestra ayuda y esfuerzo para continuar logrando mejoras PARA TODAS/TODOS,para cambiar la situacion actual que a nadie beneficia.
Os recuerdo que en el blog de AGIPASE,AMAPASE y ABIPASE,o Confederación,en la seccion jugando con los txiquis o nuestros hijos(a la derecha) tenemos aplicaciones informaticas para que en vacaciones podais jugar y ayudar a estudiar a vuestrso hijos/as
Justo
Un divorcio que incide en el futuro de la CGT
Viernes, 29 de Junio, 2012
En la aturdida España de 1930, Ortega y Gasset razonó: no sabemos lo que nos pasa y eso es precisamente lo que nos pasa. La sentencia calza con la confusa situación de la Argentina actual: con la pólvora mojada porqué la mayoría de los gremios de la CGT le dio la espalda a su paro nacional, el camionero Hugo Moyano ganó ayer la Plaza de Mayo, anteponiendo el desbroce de un proyecto propio (de Perón y Eva, resaltó), divorciado de las maneras "inconsultas" de Cristina Fernández, a un par de sentidos reclamos gremiales que la Presidenta sólo prevé conceder, en breve, a otra conducción sindical consustanciada con "el modelo".http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=906729&idcat=9532&tipo=2
Moyano tomó conciencia de su aislamiento (sus laderos Juan Carlos Schmid y Omar Plaini, brillaron por ausentes) y bajó la belicosidad: si bien no dejó de lado duros reproches a los Kirchner ("nos quieren hacer creer que son salvadores de la Patria", chicaneó y les endilgó enriquecimiento durante la dictadura), demandó "humildemente" poder dialogar con la "señora Presidente". También le subrayó que no quiere competir con ella y que no lo animan propósitos destituyentes: "Cristina no se va a ir hasta que no cumpla su mandato", señaló y aseguró que a pesar de que no pretende perpetuarse en el cargo, espera ser reelegido al frente de la central obrera dentro de dos semanas.
"Que Moyano se convierta en el principal opositor es muy bueno para el gobierno", reflexionó un funcionario K, atento al rechazo que genera en los sectores medios de la sociedad. Agregó que en los próximos días se cristalizará la división: el camionero quedará al frente de sindicatos vinculados a los servicios y Ricardo Pignanelli, de las automotrices, aglutinará a poderosos sindicatos que tienen las puertas abiertas de la Rosada, según reconoció ayer Gerardo Martínez, de la Uocra.
El desafío callejero de Moyano en las narices de Cristina (mientras ella desde San Luis exhortaba a debatir "unidos, sin agravios ni descalificaciones") tuvo un efecto menor al esperado. "Terminó más débil", evaluaron en el oficialismo, en tanto que el todavía pope cegetista planifica ir armando una estructura justicialista que tenga un correlato electoral.
Por eso, se arrogó la convocatoria exclusiva del acto y se diferenció, por caso, de la mesa de enlace agropecuaria que hizo hocicar a los Kirchner en el 2008. Además, mantuvo sus vínculos vagos, que tanto irritan a los ultra K, con el equilibrista gobernador de Bueno Aires, Daniel Scioli.
"No se va a pelear con Cristina, ni confrontar con Moyano", avisó a este diario un estrecho colaborador del siempre flotante Scioli. El aparente retroceso de Moyano, empero, no debería hacer subestimar su potencial de fuego: maneja el transporte carretero (y aeronáutico, a despecho de "la Cámpora"), y todavía le responden aliados de peso como el petrolero Guillermo Pereyra, el judicial Julio Piumato (su sector tiene los mejores salarios del país) y el jefe de los peones rurales, el duhaldista Gerónimo "Momo" Venegas.
Custodia compartida: ¿será por el dinero? (II)
Viernes, 29 de Junio, 2012
Enlace:
- ¿Custodia compartida? Sí, por acuerdo (I)
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- ¿Custodia compartida? Sí, por acuerdo (I)
La tasa de actividad de las mujeres separadas y divorciadas en España es la más alta entre los grupos de mujeres por su estado civil. La más baja es la de las viudas, seguida de la de las casadas. Ha sido así desde que existe el divorcio, lo que dice mucho del alcance que desde el principio han tenido las famosas pensiones compensatorias y de alimentos. Sin embargo, existe una extendida creencia de que las mujeres, cuando se separan, viven a cuerpo de reina sacándole los higadillos a su ex.http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/ellas/2012/06/28/custodia-compartida-sera-por-el-dinero.html
Un par de datos lo desmienten. Pensiones compensatorias casi no hay. Se dictaminan cada vez menos, apenas un 10% en los divorcios del año 2010, según datos del INE. Cuando se establecen suele ser frecuente que se haga con carácter temporal, incluso en casos de mujeres amas de casa con edades superiores a los 50 años.
En cuanto a las pensiones de alimentos a favor de los hijos e hijas, están dirigidas, como su propio nombre indica a sufragar los gastos de mantenimiento de los menores y sus importes no son muy altos. Además, los criterios con los que se establecen son los de la aportación de ambos progenitores de acuerdo con sus ingresos. Es decir, en contra de la creencia general, no es cierto que uno paga y otro, habitualmente otra, cuida, sino que los dos contribuyen a los gastos de los menores de acuerdo con sus posibilidades económicas y buscando una situación de equilibrio entre ambas economías. No digo que no haya casos en los que este equilibrio esté roto, pero incluso Internet está lleno de páginas WEB que recomiendan a los progenitores que pagan pensiones de alimentos que pidan modificación de medidas si las situaciones económicas cambian, tanto las propias como las del progenitor custodio. Por lo que se trata de un ingreso condicionado. En cuanto a los importes, siguen existiendo casos de pensiones de 150 euros mensuales y, en cualquier caso la recomendación que se maneja en los juzgados es que la pensión no supere el 30% del salario de quien paga la pensión. El sueldo medio neto en España es de unos 1.400 euros, para los hombres, aunque la mayoría está por debajo de esta retribución.
Queda el tema de la vivienda y la hipoteca. El uso de la vivienda familiar a favor de los hijos e hijas hace que sea el progenitor custodio, habitualmente la madre, se quede con el uso de la vivienda, al menos hasta que los menores a cargo alcancen la mayoría de edad. La hipoteca, hay que pagarla al 50% entre ambos, especialmente a partir de una sentencia del Tribunal Supremo del año pasado. Se trata de un aplazamiento de la disolución de la sociedad de gananciales y suele pasar que se solicita de forma inmediata en cuanto los menores alcanzan la mayoría de edad, recuperándose en ese momento el capital invertido. También están empezando a proliferar desahucios motivados por el impago de la mitad de la hipoteca, la del progenitor no custodio, ya que a pesar de que existe un derecho preferente de los menores al uso de la vivienda, la legislación no ha previsto que esto afecte a los procedimientos mercantiles que siguen su curso si uno de los propietarios deja de pagar su parte de la hipoteca y el otro no puede hacer frente a ella. Aquí también la banca manda y gana.
Según la memoria de la Fiscalía General del Estado, en el año 2010, se iniciaron más de 18.000 procedimientos por impago de alimentos, es decir, que sigue siendo frecuente que las madres que se queda con la custodia, no perciba las pensione de alimentos fijadas en la sentencia y, además es frecuente que este impago no se denuncie, salvo particular encono o situación de emergencia económica.
No es de extrañar, por lo tanto, las altas tasas de actividad laboral de las mujeres separadas, que se corresponden con una situación de necesidad económica. Pero además, con estas condiciones no es creíble que las mujeres se queden con la custodia por la pasta.
A pesar de todo esto, la red está llena de quejas de hombres que consideran abusiva la situación económica en la que se quedan pos ruptura matrimonial y claman por la custodia compartida como solución. Pero los niños y las niñas suelen comer lo mismo y gastar lo mismo en zapatos, sea cual sea el régimen de custodia.
Con un régimen de custodia compartida la situación sería la siguiente. Se vende la vivienda familiar y se cancela la hipoteca pendiente y se reparte lo que quede, si es que queda algo. A partir de ahí cada uno de ellos sufragará los gastos derivados de la convivencia con sus hijos que le toque, pongamos un mes sí y un mes no.
Veamos, una media de gastos de cotidianos de 450 euros mensuales por menor a cargo, (el coste mínimo por hijo calculado en el 2006 según un informe que presentó ayer la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (Ceaccu)) un alquiler de al menos 600 euros para una vivienda familiar, aunque si es en Madrid, o Barcelona este importe puede suponer un mínimo de 1000 euros mensuales. Es decir, en cualquier caso muy difícil de asumir para la mayor parte de las economías individuales en una situación económica que nos ha instalado en un mileurismo crónico para muchas personas.
Hay también quien aboga por mantener la vivienda familiar y sean los progenitores quien se mueva, es decir, sigo pagando la mitad de la hipoteca (una media de 310 euros al mes si consideramos los datos de la hipoteca media en España), me hago cargo de los gastos de la convivencia el tiempo que vivo con ellos unos 400 euros al mes por cada menor, y pago un alquiler de un apartamento de no menos de 400 euros, que pueden llegar a ser 800 si vivo en una ciudad cara.
Bien. Para los que las cuentas no salen con el pago de la pensión de alimentos, tengo una mala noticia, tampoco salen con la custodia compartida. Tener hijos y mantener un espacio doméstico adecuado, es caro, si hay un divorcio de por medio probablemente más, pero la custodia compartida no es económicamente más interesante para nadie, a no ser que se valore la posibilidad de dejar de dar de comer a los niños, y en la mayor parte de los casos provocará las mismas o peores condiciones económicas que en la situación actual para ambos progenitores, dependiendo de su nivel de renta.
Seguramente lo más importante para quien está reclamando la custodia compartida no es el dinero, me dirán. Lo creo. De verdad. Como tampoco lo ha sido para las mujeres que hasta ahora han querido tener viviendo con ellas a sus hijos e hijas. Así que dejen de utilizar este argumento.
No hay que confundir patria potestad con guardia y custodia
Viernes, 29 de Junio, 2012
El Director Territorial de Educación Ramón Rocamora y el Jefe de Servicios Educativos Pablo Ortega, han mantenido en la sede de Consellería de Educación de Alicante, una reunión con la asociación provincial que promueve la custodia compartida A.C.C.A.http://www.alicantecustodiacompartida.com/2012/06/28/no-hay-que-confundir-patria-potestad-con-guardia-y-custodia/
Los representantes de A.C.C.A, han trasladado a los responsables de educación, la problemática que vienen detectando en ciertos casos, donde ambos progenitores separados legalmente no recibe información sobre el menor escolarizado en igualdad de condiciones.
La no diferenciación entre patria potestad y guardia y custodia, es uno de los problemas que han trasladado a los responsables de educación siendo a juicio de los miembros de A.C.C.A uno de los problemas que provocan desinformación.
Los responsables de educación, han señalado que potenciaran los medios informáticos, como el programa Ítaca de gestión académica, que mejora la fluidez de comunicación de profesores/padres, en este sentido el Jefe de Servicio Pablo Ortega, ha manifestado el avance de uso en los últimos años por parte del profesorado del programa de gestión.
El presidente de A.C.C.A José Lluís Iniesta ha trasladado al Director Territorial, la iniciativa de la Federación Valenciana por la Igualdad y Coparentabilidad, que engloba a las ocho asociaciones de la Comunidad que promueven la custodia compartida, de crear un protocolo de actuación en materia de educación, con el fin de mejorar la información facilitada a ambos progenitores, matriculación en centros escolares y otros aspectos que en influyen en la vida escolar de los menores.
El TSJCM asegura que en el caso de Torrijos (Toledo) no constan medidas previas por violencia de género
Viernes, 29 de Junio, 2012
Enlace:
- Hallan a un padre y a un bebé muertos en Torrijos (Toledo) y a la madre con heridas en la cabeza
Enlace:
- Hallan a un padre y a un bebé muertos en Torrijos (Toledo) y a la madre con heridas en la cabeza
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha asegurado que en el caso de Torrijos, localidad en la que ha sido hallado muerto el padre, un bebé y una mujer herida de gravedad, no constan medidas previas por violencia de género.http://www.20minutos.es/noticia/1522105/0/
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha asegurado que en el caso de Torrijos, localidad en la que ha sido hallado muerto el padre, un bebé y una mujer herida de gravedad, no constan medidas previas por violencia de género.
Fuentes del alto tribunal castellano-manchego han asegurado a Europa Press que en este caso no constan denuncias previas por malos tratos, ni medidas de alejamiento, ni tampoco órdenes de protección.
Los hechos ocurrieron a las 5.50 horas de este martes, cuando la Guardia Civil y Policía Local de Torrijos fueron avisados de que en una vivienda había ruidos y fuertes golpes por una discusión familiar.
Al llegar a la casa los agentes han descubierto un hombre fallecido en el patio interior del bloque, identificado como iniciales E.A.E., de nacionalidad marroquí, y han observado un incendio en uno de los pisos.
Al entrar en la vivienda en llamas, la Guardia Civil ha encontrado un bebé fallecido, sin signos externos de violencia, y a una mujer con heridas en la cabeza que fue inmediatamente trasladada al Hospital Virgen de la Salud de Toledo, donde se encuentra ingresada en estado muy grave en la Unidad de Vigilancia Intensiva del Hospital Virgen de la Salud de Toledo, según han confirmado a Europa Press fuentes del centro hospitalario.
El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Torrijos (Toledo) ha abierto diligencias previas por los hechos ocurridos esta madrugada en la localidad. Fuentes judiciales han confirmado a Europa Press que el juzgado ha decretado el secreto de sumario.
El alcalde de la localidad de Torrijos, Juan José Gómez, ha señalado que los hechos ocurrieron aproximadamente a las seis de la mañana cuando recibió una llamada de la policía local explicando que habían recibido un aviso de los vecinos de la Travesía del Cristo alertando de un conato de incendio, ruidos y discusiones.
El hombre fallecido fue detenido el pasado 15 de mayo por un presunto delito de tentativa de secuestro a una menor de dos años cometido en dicha localidad. Según ha relatado este martes el oficial jefe de la Policía Local, Luciano García Rojo, el hombre fue puesto en libertad sin cargos al padecer un "trastorno mental".
Por su parte, una voluntaria de Médicos del Mundo que trabajaba con la familia, Bahija Moumen, ha descartado, a pesar de que aún no se han esclarecido las causas del suceso, la hipótesis de que se trate de un nuevo caso de violencia de género.
La acusada de estallar un ojo a su exnovia tras discutir en un bar niega la agresión
Viernes, 29 de Junio, 2012
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- Colegas denuncia discriminación en nueva Ley de Violencia de Género
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La Audiencia Provincial de Zaragoza ha dejado vista para sentencia la agresión que una mujer produjo a su exnovia tras una discusión por celos en un bar de Zaragoza, estallándole el ojo el 5 de junio de 2010. La acusada niega los hechos y aduce que la víctima tiene problemas de alcohol y que actúa por "rabieta".http://www.aragondigital.es/noticia.asp?notid=96575&secid=9
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha juzgado este miércoles a Ana S. S., la mujer acusada de agredir a su exnovia en un bar por celos provocándole la pérdida de visión en un ojo. La acusada ha negado los hechos que se le imputan y ha asegurado que se trata de una "rabieta" de la víctima por haberla echado de su casa, donde vivían juntas a pesar de haber roto su relación hacía un año.
Asimismo, ha afirmado que llevó a Giovanna, "bastante bebida" hasta su casa, donde durmió en el sofá y al día siguiente, cuando vió las lesiones que presentaba en el ojo, preguntó y ésta le aseguró que no sabía si se había dado un golpe, trató de calmarle el dolor poniéndole hielo y cuando la presunta agredida refirió mucho dolor, la llevó a urgencias hospitalarias.
El suceso tuvo lugar el sábado por la noche, pero no fue hasta el lunes, cuando víctima y acusada acudieron al Hospital Miguel Servet para que la primera fuera tratada por sus lesiones. Allí, acordaron, según la víctima, decir que se había propinado un golpe con una puerta. Lo que niegan los forenses, que aseveran que la rotura del globo ocular se produjo no por un golpe brutal, sino con un objeto con aristas que sirviera de punzante, como el anillo en forma de sello con el que Giovanna dice que fue golpeada y que le había regalado ese mismo día por su cumpleaños. Algo que ha desmentido también la procesada.
Por su parte, la víctima, Giovanna, quien ha reconocido que la noche del suceso, el 5 de junio de 2010, iba "bebida", ha explicado que intentó recriminar la actitud de Ana S.S. cuando hablaba con otra mujer y recibió un puñetazo de ésta. Asimismo, ha argumentado que en el momento del incidente no fue consciente de la gravedad, por lo que no le dio importancia. No sería hasta el lunes, ha manifestado, cuando al verse en un espejo observó que tenía varias bolsas "de agua amarillenta" y al no percibir bien por dicho ojo se chocó contra una puerta y cayó. Fue entonces cuando la acusada la recogió y la llevó al centro hospitalario, donde mentiría en la causa del golpe "porque no quería perjudicarla diciendo la verdad".
Por otro lado, los testigos de la defensa, que son el dueño del establecimiento, un hombre que estaba al lado de la presunta agresora y la víctima y la mujer por la que se inició la discusión por celos, han negado que se produjera ninguna pelea y que viesen a la agredida, Giovanna, con lesiones en el ojo. Sin embargo, sí que han aseverado que ésta presentaba un alto grado de embriaguez, "lo que era habitual".
Los forenses han puesto de manifiesto que Giovanna presenta un conflicto de personalidad por su identidad sexual así como por su alcoholismo, que ha perdido la visión del ojo derecho y que esto le ha agravado sus problemas depresivos. Sin embargo, también matizan que existe la hipótesis de "la rabieta" y señalan las contradicciones en las declaraciones sucesivas de la víctima sobre cómo se hizo las heridas.
El juicio ha quedado visto para sentencia. Fiscalía pide seis años de prisión y una indemnización de 86.000 euros para la víctima, asegurando que la declaración de Giovanna es la que mejor concuerda con el informe forense. Mientras, la abogada de la defensa, María José Peralta Blanc, solicita la libre absolución aduciendo que la denunciante da versiones contradictorias de lo ocurrido, nadie vio ningún incidente en el bar, fue asistida por su cliente, tiene tendencias suicidas y de autolesión así como graves problemas con el alcohol.
Rebajan a siete años y medio la pena a acusada de intentar asesinar a pareja de su exmarido en Almería
Viernes, 29 de Junio, 2012
Enlaces:
- Suspenden el juicio contra la presunta homicida de Vícar al aportar pruebas de violencia de género
- El magistrado almeriense Juan Ruiz-Rico no será presidente del TSJA (la imagen pertenece a este enlace)
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- El magistrado almeriense Juan Ruiz-Rico no será presidente del TSJA (la imagen pertenece a este enlace)
El juicio, que afrontaba su recta final para quedar visto para sentencia, ha tenido que ser suspendido a instancias del presidente del tribunalhttp://www.ideal.es/almeria/20120628/local/almeria/rebajan-siete-anos-medio-201206281615.html
El fiscal ha modificado este jueves su escrito de acusación y ha solicitado penas que suman un total de nueve años y seis meses de prisión para la mujer de 46 años y natural de Lugo procesada por intentar asesinar presuntamente con un cuchillo de cocina a la compañera sentimental de su expareja ante la sospecha de que querían quitarle la custodia de la hija menor de edad que ambos tienen en común. Lo hizo, supuestamente, desde el asiento trasero del vehículo en el que se encontraban los tres.El juicio, que afrontaba su recta final para quedar visto para sentencia, ha tenido que ser suspendido a instancias del presidente del tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, Juan Ruiz Rico, cuando la defensa exponía sus conclusiones al advertir que M.I.V.N. estaba sufriendo un desvanecimiento. La acusada ha tenido que ser evacuada en una ambulancia no medicalizada hasta un centro sanitario.El fiscal ha rebajado en un grado la pena solicitada de manera provisional por un delito de asesinato en grado de tentativa, por lo que ha pasado a interesar siete años y seis meses de cárcel frente a los diez que pedía inicialmente. Por el delito de lesiones, ya que la expareja resultó herida en el muslo derecho, ha restado doce meses a la pena de tres años. Por su parte, la acusación particular ejercida por la víctima ha mantenido la petición de diez años de cárcel y ha ratificado la solicitud de una indemnización de más de 82.000 euros.Durante la segunda sesión de la vista han declarado los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) de Almería que han indicado que, de las cuatro heridas inciso-cortantes que M.I.V.N. infligió a la compañera sentimental de su expareja, sólo la que se localiza en la parte lateral del cuello puede entenderse en "zona de riesgo vital" y han subrayado que "si hubiera profundizado" el arma habría afectado al paquete vascular causando un shock hipovolémico y la muerte sin una inmediata atención médica. Han señalado, asimismo, que las dos lesiones en los brazos tenían "carácter defensivo".La pericial aportada por la defensa ha disentido de esta conclusión y ha asegurado que no se ha de "confundir" que la zona de riesgo vital "con una lesión de riesgo vital" que ha descartado para este caso. Ha trasladado, en esta línea, que el mecanismo lesivo es esta herida es "compatible" con la versión de la acusada, que sostiene que puso el cuchillo en el cuello de la víctima para "asustarla" y que se produjo al "echarse hacia delante y ladear la cabeza" ya que, según ha añadido, no es una lesión "punzante sino cortante"."Desamparo y maltrato"Ha prestado testimonio, asimismo, otro perito de la defensa que ha relatado un historial de "desamparo y maltrato" sufrido por M.I.V.N. a manos presuntamente de su pareja durante diez años y ha hecho referencia a los informes del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y del Centro Provincial de la Mujer que "así lo atestiguan tras su paso por centros de acogida". Ha descrito, según el letrado de la defensa, que padecía en el momento de los hechos un trastorno de estrés postraumático y un trastorno depresivo, lo que "sumado a que le iban a quitar a su hija" pudo derivar en un "trastorno mental transitorio".M.I.V.N., quien en marzo de 2009 se encontraba inmersa en un proceso por la custodia de la menor y que el día de los hechos abordó a ambos a la salida del centro de acogida en el que estaba su hija, dijo el miércoles ante el tribunal que puso el arma blanca, de 25 centímetros de hoja, en el cuello de la compañera de su expareja porque quería "asustarles, meterles miedo para que dijeran la verdad y no me quitarán a mi hija" y ha negado que tuviera intención de quitarle la vida."Ella se movió, fue independiente de mi voluntad. Antes los dos se habían burlado de mi, me sentí morir y por eso tuve la reacción que tuve", explicó la procesada. Indico, asimismo, en la mañana del 24 de marzo de 2009, acudió a las puertas del centro de menores donde estaba acogida su hija para intentar hablar con su excompañero y arreglar "como personas adultas las cosas" ya que "él había mentido para perjudicarme en el litigio de la custodia y estaba dando largas por teléfono".En la primera sesión de la vista oral, prestó también declaración la víctima, de 57 años, quien resaltó que el ataque que recibió fue "completamente por sorpresa" y detalló que cuando la procesada se subió en el vehículo la vio "coherente, normal y calmada"."La invité a desayunar porque no le vi nada raro. No hubo ninguna contrariedad entre las dos. Muy al contrario, me volqué con ella y no se me ocurrió que pudiera hacer nada", apuntóSobre la agresión, relató como sintió "de repente un empujón, me fui para adelante pese al cinturón de seguridad y vi la sangre. Me note morir. Fue a por mi a mansalva hasta el punto de que una herida quedó a un centímetro de la yugular y el médico me dijo que había vuelto a nacer".Por su parte, el excompañero sentimental de la acusada, de 62 años y con la que mantuvo una relación de diez años, explicó que "de repente" vio sangre "por todos lados y a ella dando viajes con el cuchillo mientras que gritaba 'os tengo que matar y os mato' cogiéndola del pelo". Fue de improviso", ha apuntillado para detallar que pudo coger el arma cuando se la clavó en la pierna. "No la vi venir y no dijo ni palabra que pudiera hacerme pensar que iba a hacer lo que hizo".La acusada, de 46 años y natural de Lugo, fue detenida a primera hora de la mañana del 24 de marzo de 2009 poco después de cometer la agresión en el interior de un vehículo en las inmediaciones de la carretera de Alhadra, en el barrio de Los Molinos. El juicio quedará visto para sentencia el próximo 5 de julio tras la exposición de las conclusiones por parte del letrado de la defensa.
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