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domingo, 24 de junio de 2012

Custodia compartida, igualdad en el divorcio

Domingo, 24 de Junio, 2012
Enlaces:
- Asesinato de un padre
- Mi hijo ha muerto
- Día de la mujer trabajadora

Es posible que no haya mayor divorcio, nunca mejor dicho, entre la sociedad y la práctica judicial en el tema de la custodia de los hijos. Mientras que los juzgados otorgan la custodia a las madres en un 87%, la opinión de la ciudadanía, coincidente en varias encuestas, está a favor de la custodia compartida en más de un 80 por ciento. Es decir, lo que se decide en los juzgados no es la percepción general de lo debería hacerse.
No es extraño entonces que los argumentos a favor de resolver a favor de la custodia compartida los más de 100.000 divorcios anuales que se dan en España en la actualidad, hayan ganado peso estos últimos años. Sólo una acción valiente y decidida de UPyD, a través de su diputado en la comisión de igualdad, Toni Cantó, ha `permitido que este tema saliese a la luz después de muchos años de reclamaciones por multitud de asociaciones de padres separados, mujeres progresistas y segundas esposas en pro de la custodia compartida.
La novedad estriba en que el Ministerio de Justicia se ha comprometido a desarrollar una modificación de la ley de divorcio en la que se contemple que la custodia compartida deje de ser excepcional y se pueda aplicar ampliamente e, incluso, que los jueces la puedan otorgar aunque los ex cónyuges no lo hayan solicitado. O sea, igual que con la custodia monoparental actualmente.
A pesar de la oposición de algunos grupos de presión radicales feministas de género, este modelo de custodia se aplica desde hace tiempo en diversos países desarrollados y existe amplia experiencia y estudios científicos que avalan que la custodia compartida es la más adecuada para el mejor desarrollo intelectual, social, psicológico y mental de los hijos de padres separados. Tras 40 años de experiencia y seguimiento en adolescentes y adultos, la comparación de las diferentes formas de custodia aporta datos reveladores.
La ausencia del padre aumenta estadísticamente el riesgo de graves problemas de conducta, baja autoestima, inadaptación social, mayor riesgo de fracaso escolar, de sufrir embarazos no deseados, delincuencia juvenil, abuso de estupefacientes, intento de suicidio, incapacidad de formar relaciones estables de amistad o pareja, y falta de capacidades parentales para cuidar a sus propios hijos.
Es decir, la custodia compartida parece erigirse en la gran medida preventiva contra todos los indicadores negativos que pueden sobrevenir en la vida futura de nuestros hijos, incluso años después de haber sufrido las carencias afectivas de uno de sus progenitores. Está claro que 4 días al mes, lo más habitual cuando se otorga un régimen de custodia monoparental, no dan para educar a un hijo en valores.
Una de las grandes mentiras que se difunden para denostar la custodia compartida es la que afirma que puede ser perjudicial para los niños el cambiar de casa con frecuencia. Sin embargo, esta es una visión desde el mundo de los adultos, para los cuales la mudanza es una situación de las más estresantes que puedan afrontar en la vida, y que para nada se aplica a los niños para los que los cambios constantes son fuente de estímulo y aprendizaje. José Manuel Aguilar, autor de los libros “Con Papá y con Mamá” y
“Tenemos que hablar” afirma que un niño puede cambiar de escenario varias veces en una sola jornada y pueden pasar por distintos adultos responsables que estarán con él en un día normal, sin que por ello se afecte su equilibrio psíquico o emocional. Por ejemplo, en un día laborable, un padre puede encargarse de llevar a su hijo de 6 años al colegio. Allí estará a cargo de varios profesores durante la jornada escolar. A la salida bien pueden venir a buscarlo sus abuelos, comer tal vez en su casa, acudir con su madre a alguna actividad extraescolar como clases de guitarra o natación, ir un rato a casa de un amigo a jugar o a su cumpleaños y volver al domicilio familiar en donde podría cenar con familiares y pasar el final del día con primos de su misma edad. A pesar de la intensa actividad que ha desarrollado a nadie que esté leyendo este artículo se le ocurrirá pensar que el niño puede estar sufriendo por ello, todo lo contrario está explorando sus posibilidades y abriéndose al mundo de la mejor forma y más natural posible, con todas sus ganas.
Para mayor abundancia, José Manuel Aguilar compara entonces los cambios de domicilio entre ambas formas de custodia. En un régimen monoparental estándar el menor vive con su madre y suele visitar al padre (o al revés) un día entre semana y un fin de semana alterno. Esto implica 12 cambios de domicilio al mes como mínimo, mientras que en un régimen de custodia compartida por semanas alternas los cambios de domicilio apenas serían cuatro. Si algunos expertos sostienen el argumento de que los cambios de domicilio afectan al equilibrio del menor deberían posicionarse por la custodia compartida y no por la monoparental. En ese mismo sentido, el sistema francés de establecer un domicilio para los hijos en donde los padres entren y salgan sucesivamente, a pesar de que los niños no cambian nunca de la misma casa, ha resultado ser un estrepitoso fracaso.
Otra falacia que habitualmente se difunde malintencionadamente es la de que en casos de conflicto entre los progenitores la custodia compartida no debería otorgarse. Lo que no se explica ni justifica es porque sí hay que otorgar la custodia monoparental en estos casos. El argumento esgrimido erróneamente es que si los progenitores se llevan mal, mal van a poder decidir sobre sus hijos de forma conjunta y menos aún acordar pautas formativas congruentes o concordantes. La idea es justamente la contraria.
Como es de esperar, si una pareja se separa es porque no se lleva bien, por lo que exigirle que se entiendan por sus hijos puede ser poco práctico. Lo más adecuado sería corresponsabilizarlos en el cuidado de los hijos lo que les llevará a adoptar conductas de acuerdos en su beneficio. Aquí no se puede olvidar de lo necesario y a veces imprescindible de establecer una mediación familiar obligatoria como paso previo a la instancia judicial, algo de lo que parecen haberse olvidado, y que resulta una herramienta clave en la resolución de conflictos, y el divorcio lo es.
Por último, hay que recordar que son los hijos los únicos beneficiarios de un régimen de custodia que contemple sus necesidades de desarrollo y crecimiento y que esto sólo es posible si cuentan con el equilibrio emocional que sólo le puede dar tener a su padre ya su madre en igualdad de condiciones. La custodia compartida es, hoy en día, el régimen de custodia que más se adecua a estas necesidades y los hijos, que nos cuentan de adultos sus experiencias con padres separados, parecen confirmar este hecho. Espero que por fin reine la cordura después 30 años de divorcio en España, donde los hijos, paradójicamente, tiene aún muchos derechos por conquistar. Está en nuestras manos impulsar el cambio que les garantice un crecimiento emocional sano, con papá y con mamá. Las nuevas generaciones, fuente base de la sociedad futura, nos lo agradecerán.
http://www.alertadigital.com/2012/06/24/custodia-compartida-igualdad-en-el-divorcio/

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