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viernes, 16 de agosto de 2013

La Coordinadora Feminista critica la discriminación masculina en la Ley de Violencia Doméstica

Viernes, 16 de Agosto, 2013
01/09/2005
La Oficina del Defensor del Hombre y sus Hijos también se suma al rechazo mostrado en su día por el Consejo General del Poder Judicial y ambas organizaciones consideran que la discriminación positiva perjudica a los hombres penalmente
Los hombres son discriminados por la Ley de Violencia Doméstica
Víctor Ruiz
“Creemos que la ley de violencia sexista no es constitucional”, afirmó a finales de agosto la portavoz de la Coordinadora de Organizaciones Feministas del Estado español, Empar Pineda, en referencia a la Ley Integral contra la Violencia Doméstica, aprobada por el pleno del Congreso de los Diputados el 7 de octubre de 2004. De la misma opinión es la presidenta de la Oficina del Defensor del Hombre y sus Hijos, María del Carmen Collado, quien aseguró que “esta ley no era necesaria”.
Estas dos organizaciones vienen a sumarse a las críticas realizadas en su día por el Consejo General del Poder Judicial, cuyo dictamen constató que la decisión del Ejecutivo de Zapatero contempla diversos puntos de posible inconstitucionalidad y perjudica a los hombres víctimas de malos tratos.
La Coordinadora Feminista considera que no se puede discriminar a los hombres penalmente: “Como luchamos contra la discriminación de las mujeres, no creemos que haya que discriminar a los hombres, y menos penalmente”, señalo Pineda.

Mismo delito, mayor penalización


La portavoz de esta entidad recordó que entre las 150 mujeres que unieron sus firmas en defensa de esta reivindicación figuran, entre otras, las escritoras Rosa Regás, Almudena Grandes y Rosa Montero. Todas ellas discrepan de la opinión de otros grupos feministas sobre determinados aspectos de la Ley: “Se han atribuido a los hombres unos casi innatos instintos o deseos de dominación... Esta posición ha llevado a introducir en la ley algunas medidas discriminatorias, como la mayor penalización para los hombres que para las mujeres por la misma conducta”, afirman.

Ley innecesaria


Al mismo tiempo, María del Carmen Collado, presidenta de la Oficina del Defensor del Hombre y sus Hijos, una asociación que defiende los derechos de los padres separados, asegura que “esta ley no era necesaria, y por lo tanto es inconstitucional. La Constitución ya nos ampara a todos. Pensamos que hay tantas falsas denuncias para conseguir ventajas después de la separación que las auténticas, las que protegerían a las mujeres, se pierden”.
Cabe recordar que la Comisión de Estudios e Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) rechazó el 24 de junio de 2004 por tres votos contra dos el anteproyecto de ley por presentar “serias deficiencias”. El CGPJ se opuso en esas fechas a una ley que protegiera sólo a las mujeres y que ignoraba a potenciales víctimas como los hombres (parejas homosexuales, entre ellos), los niños y los ancianos. Posteriormente, el proyecto incluyó una modificación que contemplaba el concepto de "vulnerabilidad" en casos de ancianos, niños y discapacitados, pero dejó en situación discriminatoria a los hombres. 
Uno de los vocales del CGPJ manifestó entonces que “no puede haber juzgados de uso exclusivo de mujeres, lo mismo que no sería aceptable crear juzgados por razón de ideología, creencias o raza”.
http://www.forumlibertas.com/frontend/forumlibertas/noticia.php?id_noticia=3869

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