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domingo, 4 de agosto de 2013

Las claves de la sentencia del caso Bretón

Domingo, 4 de Agosto, 2013
El padre de los niños desaparecidos en Córdoba, Ruth y José, ha sido condenado a 40 años de prisión por el doble asesinato
La sentencia que condena a Bretón a 40 años de prisión
José Bretón asesinó a sus dos hijos, Ruth y José, como venganza contra su esposa, «dada su negativa a aceptar pacíficamente la ruptura matrimonial, su personalidad refractaria a la frustración y su carácter rencoroso». Así se pone punto y final a la desaparición de los dos pequeños —Ruth, de 6 años, y José, de dos— el 8 de octubre de 2011 en Córdoba.
Este lunes se ha hecho pública la sentencia con la que el magistrado de la Audiencia Provincial de Córdoba, Pedro J. Vela, considera probados todos los hechos que previamente ya había indicado el jurado popular. En ella condena a José Bretón a cuarenta años de prisión por el doble asesinato de sus hijos con agravante de grado de parentesco. Éstas son las claves de la sentencia que pone fin a uno de los casos más mediáticos de los últimos años.
1. Crimen por venganza: El magistrado considera probado, como ya lo hizo el jurado popular, que Bretón concibió la idea de dar muerte a los niños «como venganza contra su esposa, dada su negativa a aceptar pacíficamente la ruptura matrimonial, su personalidad refractaria a la frustración y su carácter rencoroso».
2. Bretón mató a sus hijos el 8 de octubre de 2011, en una parcela de sus padres en el polígono de «Las Quemadas», quemando sus cuerpos —antes o después de muertos— en una pira funeraria de gran poder calorífico, fingiendo después que había ido con los niños a unparque infantil, en cuyo trayecto supuestamente los habría perdido.
3. En lo que respecta a la ideación del acusado del plan para matar a sus hijos y las motivaciones internas que pudiera tener para hacerlo, la sentencia concluye que el «jurado analiza con toda corrección la extensa prueba testifical realidad», basándose en las declaraciones de la madre, la abuela y el tío materno de los menores y el psiquiatra de Bretón, así como en las conclusiones de la prueba pericial sobre el estado mental del acusado, en el que coincidieron también amigos del propio Bretón durante sus declaraciones.
4. Que los restos óseos encontrados en la finca de «Las Quemadillas» «no podían sino corresponderse necesariamente con los de los hijos del acusado».
5. Que con independencia de cómo matara Bretón a sus hijos, desde el momento en que quemó sus cuerpos en la pira, lo que ha quedado patente es «su intención de acabar con su vida, pues dicha cremación no puede tener otra finalidad ni otro posible resultado que la muerte de los niños».
6. Los hechos son constitutivos de dos delitos de asesinato con alevosía, pues los mató «intencionada y alevosamente», y de un delito de simulación de delito, pues fingió su desaparición.
7. El magistrado concluye que existe «abundante prueba de cargo», necesaria cuando el veredicto dictado por el jurado popular es de culpabilidad. La sentencia recoge que existe la prueba de cargo, «muy detalladamente explicitada por el jurado en su acta de veredicto, si bien con la particularidad de que en su gran mayoría, y sobre todo en su parte incriminatoria fundamental, no ha sido prueba directa sino indiciaria.
8. Para los dos delitos de asesinato considera el magistrado que existe el agravante de parentesco, por lo que la pena resultante debe ser «de 20 años de prisión por cada asesinato». Dicha pena se encuentra en su extensión máxima debido al agravante de parentesco, la «premeditación» de Bretón a la hora de cometer el doble asesinato y su «carácter despiadado».
9. Además de la pena de prisión, el juez prohíbe a Bretón acercarse tanto a Ruth Ortiz como a la abuela materna y al tío materno de los niños en un radio de un kilómetro, y comunicarse con ellos por cualquier medio. También lo condena a pagar una multa de 10 euros diarios durante 9 meses por el delito de simulación de delito.
10. Bretón tendrá que cumplir al menos la mitad de la pena (20 años) antes de que se le pudiere clasificar en el tercer grado de tratamiento penitenciario.
11. Ruth Ortiz recibirá los restos humanos que custodia el Tribunal y que corresponden a sus hijos para su inhumación, una vez que la sentencia sea firme y se inscriba en el Registro Civil la defunción de los dos menores. Bretón habrá de indemnizar a Ruth Ortiz con 500.00 euros, al Ministerio del Interior con 137.335,65 y al Ayuntamiento de Córdoba con 22.567 euros.
http://www.abc.es/espana/20130722/abci-claves-sentencia-breton-201307221227.html

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