La fecha de publicación de la noticia es del 23 de Agosto de este año
La aplicación de la doctrina y los precedentes de la sala le hacen rechazar estas peticiones por no existir inscripción registralEnlaces:
La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha mantenido la decisión de un juzgado de rechazar la concesión de la pensión de viudedad a una viuda con seis hijos porque no estaba inscrita como pareja de hecho en ningún registro específico con el fallecido, con el que convivía desde 1964.Esta sentencia se suma a otras dos recientes de mayo de la misma sala, donde se explica que la aplicación de la doctrina jurisprudencial y los precedentes que obran en este caso, la norma establece cuando menos dos años antes al hecho causante
"no se discute la convivencia como pareja de hecho" entre ambos sino "la constitución de la pareja de hecho" mediante la inscripción en el correspondiente registro o mediante documento público
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Fuente:
- TSJCV rechaza que una viuda con seis hijos reciba pensión por no estar inscrita como pareja de hecho en ningún registro
http://www.europapress.es/nacional/noticia-tsjcv-rechaza-viuda-seis-hijos-reciba-pension-no-estar-inscrita-pareja-hecho-ningun-registro-20140823121146.html
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