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lunes, 6 de octubre de 2014

TSJCV rechaza que una viuda con seis hijos reciba pensión por no estar inscrita como pareja de hecho en ningún registro

Lunes, 6 de Octubre, 2014
La fecha de publicación de la noticia es del 23 de Agosto de este año
La aplicación de la doctrina y los precedentes de la sala le hacen rechazar estas peticiones por no existir inscripción registral
   La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha mantenido la decisión de un juzgado de rechazar la concesión de la pensión de viudedad a una viuda con seis hijos porque no estaba inscrita como pareja de hecho en ningún registro específico con el fallecido, con el que convivía desde 1964.
Esta sentencia se suma a otras dos recientes de mayo de la misma sala, donde se explica que la aplicación de la doctrina jurisprudencial y los precedentes que obran en este caso, la norma establece cuando menos dos años antes al hecho causante
"no se discute la convivencia como pareja de hecho" entre ambos sino "la constitución de la pareja de hecho" mediante la inscripción en el correspondiente registro o mediante documento público
 Enlaces:
- Los separados y divorciados ya pueden cobrar pensión de viudedad
- Sin pensión de viudedad por no casarse 
- El 'viacrucis' de Diana, una viuda que no lo es, saca a la luz las lagunas de las parejas
- Sentencia Tribunal Supremo  133/2014 de 17 de marzo Extinción Pension Compensatoria por herencia

Fuente:
-  TSJCV rechaza que una viuda con seis hijos reciba pensión por no estar inscrita como pareja de hecho en ningún registro
http://www.europapress.es/nacional/noticia-tsjcv-rechaza-viuda-seis-hijos-reciba-pension-no-estar-inscrita-pareja-hecho-ningun-registro-20140823121146.html

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