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jueves, 7 de abril de 2011

La Audiencia de Zaragoza rechaza petición de custodia compartida de una madre

06/04/2011
La sentencia emitida por la Audiencia de Zaragoza entiende que la modalidad de custodia compartida no es la más beneficiosa para los dos menores cuyo cuidado recayó en el padre tras el divorcio.
La Audiencia de Zaragoza ha desestimado la petición de una madre para tener la custodia compartida de dos hijos menores cuyo cuidado recayó en el padre tras el divorcio, al entender que esta modalidad no es la más beneficiosa para los dos niños.
La madre recurrió la sentencia de divorcio para pedir la aplicación de la fórmula legal de custodia compartida que prevé la Ley de Igualdad de Relaciones Familiares en Aragón, un reparto de los tiempos de cuidado de los menores y la supresión de la pensión alimenticia de 150 euros abonada al padre.
El juez de primera instancia otorgó la custodia individual al padre y el uso de la vivienda familiar al entender que era el mejor sistema para garantizar la estabilidad psicológica y emocional de los menores.
En su resolución, la sección segunda de la Audiencia de Zaragoza admite que la legislación aragonesa establece que la custodia compartida es 'a priori' la opción más beneficiosa para los hijos y la más respetuosa con los derechos de los padre. «Lo que ocurre -argumentan sin embargo los magistrados- es que el juez puede optar por la custodia individual cuando sea más conveniente para el menor».
El tribunal basa su decisión en la «escasa consistencia» de los motivos alegados de la madre y el hecho de que no reclamara inicialmente la custodia compartida ni presentara un plan adecuado para llevarla a cabo.
Se apoya, también, en un informe psico-social encargado por el juzgado de primera instancia del que se deduce una «aptitud y voluntad mayor» en el padre en dar estabilidad a los hijos, y que informa de la oposición de los propios menores, de 9 y 12 años a la custodia compartida.
No se trata de repartir paritariamente el tiempo de cuidado del niño
Esta misma sala hizo pública este mes otra sentencia en la que argumenta que la modalidad de custodia compartida regulada en la Comunidad aragonesa no equivale a un reparto paritario del tiempo de cuidado del niño, sino al establecimiento de tiempos adecuados para este fin.
En este caso, el tribunal se apoyó también en la prueba pericial practicada, que estableció que para el menor objeto del litigio era la madre «la principal figura de su mundo afectivo».
Esta sentencia, la primera en Aragón referida a un caso de custodia compartida, añade que «el menor, en la exploración practicada, manifestó encontrarse bien y a gusto en la situación concreta que entonces disfrutaba, bajo el cuidado de la madre, llevándose bien con su padre en todos los órdenes, deseando seguir así».
http://www.heraldo.es/noticias/aragon/la_audiencia_zaragoza_rechaza_peticion_custodia_compartida_una_madre.html

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