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miércoles, 27 de abril de 2011

Tras el divorcio, las hipotecas también son cosa de dos

Miércoles, 27 de Abril, 2011 Patricia Montero
El Tribunal Supremo ha dictaminado que el pago de las cuotas de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para la adquisición de la casa familiar no es una carga familiar sino una deuda a la sociedad legal de gananciales.
Hasta ahora la hipoteca se consideraba una carga familiar, y no una deuda a la sociedad de gananciales formada por el matrimonio, pero, de ahora en adelante, la lucha por ver quién se hace cargo del pago de la vivienda familiar ha tomado un nuevo rumbo. Una sentencia del Tribuna Supremo dictamina que el pago de la cuota de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para la adquisición de la casa familiar, deberá ser abonado, a partes iguales, entre ambos propietarios en caso de ruptura matrimonial.
Jurisprudencia

La sentencia fallada da la razón a un recurso interpuesto por un divorciado condenado a pagar el 80 por ciento del importe de la vivienda familiar, mientras que el 20 por ciento que restaba lo costeaba la mujer. Según versa la sentencia, el préstamo hipotecario no constituye una carga familiar, sino una deuda contraída en el seno de la sociedad de gananciales.
”La sentencia del Tribunal Supremo es más que correcta y justa, sin perjuicio de a quién, en determinadas circunstancias, pueda beneficiar o perjudicar”, afirmó a este respecto Jesús Celada, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Cuenca. Y añadió que lo más novedosos y sorprendente “es que no se hubiese planteado la cuestión todavía” ya que no resulta justo “que habiendo firmado el matrimonio, amparado en una sociedad de gananciales, un préstamo hipotecario, en virtud del cual se garantiza una vivienda adquirida en copropiedad al 50%, tuviese uno de los cónyuges, cualquiera, que amortizar cuotas por encima de este 50 por ciento”.
De este modo, a partir de ahora las Audiencias Provinciales están obligadas a seguir este planteamiento, porque “en cierto modo se está creando jurisprudencia”; aunque para que esto ocurra deben de existir, al menos, dos o tres sentencias que dictaminen lo mismo.
Setencias ya dictadas

A pesar de la polémica que se ha suscitado, tanto en el ámbito judicial como en las distintas asociaciones, esta resolución no afecta a las sentencias ya dictadas ni las modifica automáticamente. Sin embargo, si uno de los cónyuges quiere acogerse a este supuesto "tendría que instar una modificación de medidas del contencioso de divorcio", momento a partir del cual, "el juez determinaría si se establece o no", manifestó Felipe Moreno López, presidente de la Asociación por la Custodia Compartida y la Igualdad en Cuenca.

Un paso hacia la igualdad

Esta sentencia permite corregir el “error” que algunas Audiencias Provinciales cometieron en las sentencias de divorcio al “considerar, indebidamente, las cuotas de amortización de la hipoteca sobre la vivienda familiar como cargas familiares o del matrimonio, fijando porcentajes distintos de cuota a satisfacer por cada uno de los cónyuges en función de su nivel de renta o ingresos personales, incluyéndolos o elevando, en ocasiones, la pensión alimenticia”, según aseguró Jesús Celada, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Cuenca.
En este sentido, Felipe Moreno López, presidente de la Asociación por la Custodia Compartida y la Igualdad en Cuenca, considera que “la sentencia del Tribunal Supremo no deja de encaminarse a lo que es la Justicia y acercarnos a la igualdad”.
De este modo, en el caso de que dentro del matrimonio hubiera descendientes, el progenitor que se quedase con la custodia no conseguiría el “pack: vivienda y pensión”, al menos, “no sin hacerse cargo de su parte de los gastos hipotecarios”, manifestó Felipe Moreno.

Custodia compartida

La normativa judicial con respecto a los divorcios ha ido evolucionando a lo largo de los años, y, aunque el papel del padre, poco a poco, se va valorando tanto como el de la madre, todavía quedan numerosas barreras por derribar, una de ellas es la custodia compartida.
“La sentencia no hace más que corroborar la situación actual y es un paso más para la igualdad absoluta, pero falta llegar a la custodia compartida, y cuando se llegue a ese estado podremos decir que hemos llegado a una completa sociedad legal de gananciales dentro del matrimonio” manifestó Felipe Moreno.
A este respecto, el presidente de la Asociación por la Custodia Compartida y la Igualdad en Cuenca aseguró que “lo que pedimos es una ley real de custodia compartida en la que la sociedad de gananciales quede completamente terminada en el mismo acto de divorcio”, ya que nuestro objetivo es “promover la igualdad de trato legal y judicial entre los componentes de las parejas ante los procesos de divorcio”, señaló Moreno.
En este caso, una cuestión queda pendiente, ¿qué hacer con el piso cuando se establece la custodia compartida? “Hay varias posibilidades, por un lado que el piso siga siendo de los hijos y que sean los progenitores los que alternen la estancia en ese piso", o bien, "que se venda la vivienda o sea adquirida por uno de los progenitores y se liquide definitivamente la sociedad de gananciales", aseguró Felipe Moreno.
—Balance—

El número de divorcios en 2010, respecto al 2009 aumentaron en la región de 4.172 a 4.400, aunque esta cifra es inferior a la registrada durante el año 2007.
A pesar de esto, esta tasa se sitúa entre las más bajas del territorio español en el caso de las separaciones, frente a valores muy superiores que se establecen en otras comunidades autónomas como Cataluña, Baleares, Canarias y Madrid, que ostentan los primeros puestos en lo que a separaciones y divorcios se refiere.

—Cuenca—

En el caso de Cuenca, en los primeros meses del 2010 el número de rupturas familiares creció un 5,4% en el primer trimestre del año con respecto al mismo periodo de 2009, según los datos aportados por el Instituto de Política Familiar. Así, mientras que en los tres primeros meses del año pasado fueron 70 los matrimonios que se disolvieron en la provincia de Cuenca, entre enero y marzo de este año han sido un total de 74.
Sin embargo, estos datos siguen estando muy por debajo de la media del resto de la región, manteniendose así como la provincia en la que menos rupturas familiares se producen.

—Castilla-la Mancha—

En la comparativa, en el año 2007 hubo en Castilla-La Mancha un total de 2 nulidades; 2.449 divorcios consensuados; 1.788 divorcios no consensuados; 295 separaciones consensuadas y 190 separaciones no consensuadas. Mientras que en el año 2010 se dieron un total de 2 nulidades; 2.287 divorcios consensuados; 1.800 divorcios no consensuados; 208 separaciones consensuadas y 103 separaciones no consensuadas: según los datos estraídos del Consejo General del Poder Judicial. Estos datos demuestran que, en menos de tres años, los divorcios han disminuido en casi todas sus variantes, a excepción de las nulidades, que se han mantenido en la misma cifra en Castilla-la Mancha
http://eldiadigital.es/not/19692/tras_el_divorcio_las_hipotecas_tambien_son_cosa_de_dos/

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