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El juzgado de lo Penal número 2 condena a los progenitores por un delito de desobediencia tras incumplir el régimen de visitashttp://www.elcomercio.es/v/20120925/oviedo/carcel-para-unos-padres-20120925.html
El Juzgado de lo Penal número 2 ha condenado a una pareja a un año de prisión (seis meses para cada uno) por impedir que los abuelos paternos vieran a su hijo de cinco años y medio. Lo inusual del fallo es la pena de cárcel, pues normalmente estos asuntos se resuelven por la vía civil, pero los reiterados incumplimientos en el régimen de visitas acordado en los juzgados ha llevado al juez a la sentencia condenatoria por un delito de desobediencia.En enero de 2010, los tribunales establecieron un régimen de visitas a favor de los abuelos paternos del menor. En sábados alternos recogerían al niño a las diez de la mañana y lo llevarían de vuelta a casa a las ocho de la tarde. La sentencia fue rectificada por la Audiencia Provincial en abril de ese mismo año. Pero pronto comenzaron los problemas. En octubre, los progenitores incumplieron la orden judicial y los abuelos regresaron al juzgado.Así, en diciembre de ese año, 2010, el juzgado requirió a los padres para que «procedieran al estricto cumplimiento de lo establecido en sentencia». Los acusados, sin embargo, según recoge la sentencia, «decidieron seguir sin entregar al menor un solo fin de semana, por lo que el juzgado dictó un auto imponiendo una multa mensual de 300 euros hasta que constara el cumplimiento de las visitas». Pero persistieron en «no entregar al menor ningún fin de semana».Los padres preferían pagar las multas a dejar a su hijo con los abuelos paternos. Alegaron que lo hicieron por interés del menor, porque estaba enfermo en unas ocasiones o porque el menor mostraba serias reticencias a cumplir con las visitas «viéndose incluso afectado en su salud física y psíquica». Pero para el juez no existe prueba alguna que lo corrobore. Es más, los peritos judiciales concluyeron que las interacciones de los abuelos con los niños «eran positivas» y «que el menor no percibe conductas inapropiadas por parte de éstos». «Los acusados no entregaron al menor a los abuelos porque lo decidieron así», concluye el juez. Cabe recurso.
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