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viernes, 18 de julio de 2014

Condenan a un magistrado de Almería por lesiones y le prohíben acercarse a su víctima

Viernes, 18 de Julio, 2014
La imagen de la entrada ha sido publicado en "Alerta Digital", la persona que aparece en la imagen es el Magistrado protagonista de la noticia, Juan Antonio Lozano López: http://www.alertadigital.com/2013/06/05/detenido-un-juez-de-almeria-por-causar-desordenes-en-un-pub-en-plena-madrugada/

La misma imagen aparece también publicada en el siguiente enlace y bajo el título: El juez Lozano denuncia ser víctima de una campaña de “hostigamiento”
La sentencia indica el "reconocimiento" efectuado por el propio denunciado, "que propinó un golpe al denunciante que, aunque trataba de justificarlo por el acoso que decía recibir de parte de E.V., el mismo no justifica la reacción o respuesta a través de la agresión, por más que se trate de una agresión leve"


El juzgado de Instrucción número dos de Almería ha condenado al magistrado de la Audiencia provincial, J.A.L·L., a una multa de 180 euros, una indemnización de 30 euros y una orden de alejamiento de cien metros de un vecino de Almería, E.V., por una falta de lesiones contra éste.
En la sentencia, que no es firme ya que cabe contra ésta recurso de apelación, se detalla cómo Lozano López de forma "repentina" propinó un golpe en la espalda a la víctima, y aclara que ambos "mantienen diferencias personales, con enfrentamientos anteriores judicializados".
De hecho el procesado ya fue condenado en sentencia de junio del 2013 del Juzgado de lo Penal número cuatro de Almería como autor de una falta de amenazas cometida contra E.V.
El nuevo fallo, dictado por el magistrado Jesús Miguel Hernández Columna, relata que el denunciante solicitó una orden de alejamiento que le ha sido concedida "atendiendo a las circunstancias concurrentes en la infracción cometida y ante la posibilidad de la reiteración de los hechos en el futuro, dado que denunciante y denunciado mantienen diferencias personales, con enfrentamientos anteriores judicializados".
El juez le impone la prohibición a Lozano López de acercarse a E.V. a menos de 100 metros, o comunicarse con él por cualquier medio por un periodo de dos meses.
Los hechos a los que alude la sentencia actual se remontan a las 19:15 horas del 16 mayo 2014, cuando los dos se cruzaron en el acceso a un pub de Almería "y de forma repentina, el primero se giró al paso del segundo, propinándole un golpe con la mano sobre la espalda, continuando seguidamente ambos su camino".
A consecuencia del golpe, E.V. sufrió "dolor y contractura muscular trapecio en segmentos inferiores que precisaron para su curación de prescripción farmacológica en urgencias, empleando para ello un día de curación.... según se desprende del parte médico y del informe médico-forense incorporados a los autos, hechos constitutivos de una falta de lesiones".
Hernández Columna condena a Lozano López como responsable de una falta de lesiones a la multa de 180 euros, solicita también la indemnización a E.V. de 30 euros por las lesiones sufridas y además se le impone la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 100 metros y de comunicarse con el mismo por cualquier medio, por un periodo de dos meses desde esta resolución.
La sentencia indica el "reconocimiento" efectuado por el propio denunciado, "que propinó un golpe al denunciante que, aunque trataba de justificarlo por el acoso que decía recibir de parte de E.V., el mismo no justifica la reacción o respuesta a través de la agresión, por más que se trate de una agresión leve".
"Por mas que el denunciado trató de justificar su conducta en la provocación de E.V., aun en caso de ser cierta, falta la racionalidad del medio empleado para impedirla o repelerla, pues en ningún caso la respuesta a esa provocación permite el uso de la violencia llegando a la agresión", indica la sentencia, que indica que no queda "probada la existencia de la provocación suficiente por parte del denunciante".
http://www.ideal.es/almeria/201407/16/condenan-magistrado-almeria-lesiones-20140716181833.html

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