La noticia tiene más de dos años: 19.04.12
El derecho del disfrute del domicilio familiar se extingue legalmente al alcanzar la mayoría de edad, según sentencia el Alto TribunalEnlaces:
El Tribunal Supremo ha rechazado atribuir el uso de la vivienda familiar tras un divorcio a los hijos del matrimonio cuando éstos no sean menores, ya que el derecho al disfrute del domicilio se extingue legalmente al alcanzar la mayoría de edad.Así lo establece el Supremo en una sentencia de la sala de lo Civil, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, en la que estima el recurso de un hombre divorciado contra la decisión de la Audiencia Provincial de Valencia, que en mayo de 2010 atribuyó el uso de la vivienda conyugal a las dos hijas mayores de edad del demandante, que vivían con la madre.El Supremo anula ahora dicha sentencia debido al distinto tratamiento legal que reciben los hijos de un matrimonio cuando son menores o mayores de edad. En este sentido, recuerda que el Código Civil establece que «mientras la protección y asistencia debida a los hijos menores es incondicional y deriva directamente del mandato constitucional, no ocurre igual en el caso de los mayores, salvo que así lo establezca la ley».Sienta jurisprudencia
- La vivienda en los divorcios con hijos mayores de edad: novedades en el Tribunal Supremo
- El TS atribuye el uso de la vivienda familiar a la esposa pese a que los hijos conviven con el padre
Fuente:
- El Supremo niega el uso de la vivienda a los hijos mayores tras el divorcio
http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20120419/sociedad/supremo-niega-vivienda-hijos-20120419.html
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