Viernes, 18 de Septiembre, 2015
El despacho de abogados TOGUE'S LEGAL SERVICES habla de como en la Comunidad valenciana se regula la atribución del uso de la vivienda familiar en las separaciones y divorcios. La comunidad dispone de su propia regulación autonómica por encima del resto de la mayoría de comunidades españolas, y sobre todo en el aspecto de la custodia compartida se diferencia de las demás (la única que está a su altura es la de Aragón).
Pero en el aspecto de la atribución de la vivienda familiar también se distancia del resto, pues es uno de los temas que más afecta sobre todo a la figura paterna, la cual en el resto de comunidades es expulsado de la vivienda, que queda para la mujer bajo la excusa de los hijos, y el varón ha de seguir pagando hipoteca, y a veces su totalidad, pues encima la vivienda de exclusiva propiedad, o en casos es hasta propiedad de los abuelos paternos. Los valencianos disponen en su norma autonómica que el progenitor al cual no se atribuya el uso de domicilio familiar, habrá de ser compensado, y de acuerdo al precio de las viviendas situados a su alrededor recibirá una compensación económica, o bien una reducción en la pago de la pensión a los hijos. Pues no olvidemos que eso que argumenta el feminismo respecto a que los hombre piden la custodia compartida por evitar pagar pensión de alimentos (podrá ser tan cierto en algunos casos como que la madre se opone a la custodia compartida porque sin ella se queda sin la pensión de alimentos o sin la vivienda familiar) no es cierto en muchos casos, ya que cuando es el hombre quien supera en ingresos a la madre, aún existiendo custodia compartida los jueces establecen una pensión de alimentos con el fin de compensar el desequilibrio económico que se produce tras la ruptura, y además, se sigue también concediendo el uso de la vivienda familiar a la madre. En este caso la norma valenciana si contempla este detalle tan importante, pues a muchos hombres les resulta casi imposible rehacer su vida ya que no encuentran ni un lugar decente para vivir, y muchos terminan en casa de los abuelos paternos, en habitaciones compartidas, o en camping, o en casos más extremos en la indigencia.
Fuente:
Compensación por pérdida de uso de la vivienda
http://pagina66.com/not/102730/compensacion-por-perdida-de-uso-de-la-vivienda/
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