La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife había impuesto al padre el pago de 125 euros, como la pensión de alimentos más baja atendiendo a una doctrina de la Audiencia de Tenerife, pero el Tribunal Supremo ha rebajado la cifra hasta 63 euros por la causa de insolvencia del padre.
El Supremo también indica que la madre debe recurrir a los Servicios Sociales para solicitar otras ayudas económicas.
Fue precisamente en las Islas Canarias donde una madre acudió a los Servicios Sociales para solicitar una ayuda económica para su hijo, y la única solución que estos Servicios Sociales aportaron a la madre fue que denunciase al padre su hijo aunque no hubiera motivos para ello (vídeo de la entrada).
Sin embargo encontramos otras pensiones de alimentos que bien podrían garantizar la supervivencia de un regimiento militar: "La Audiencia anula una pensión de Alimentos de 6000 euros al mes".
- El TS reitera que la obligación de satisfacer un "mínimo vital" al menor solo puede suspenderse en supuestos muy excepcionales
Fuente:
http://www.20minutos.es/noticia/2723687/0/tribunal-supremo-exime/pago-minimo-pension/padre-insolvente-tenerife/
http://www.elmundo.es/sociedad/2016/04/17/57138050468aebbe258b45ed.html
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