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lunes, 12 de junio de 2017

Otra madre sin castigo que denuncia en falso al padre y rompe la relación de dos hijas con el padre y los abuelos paternos

Lunes, 12 de Junio, 2017

La indemnización se impone al sistema judicial, no a la madre.

Dos abuelos paternos a quien el sistema judicial dictamina que han de ser indemnizados por el periodo que se han vista impedidos de contacto con sus nieta. Los 10 años sin contacto con las niña se pagan con 20.000 euros.

El siguiente texto es de la denuncia que la madre presentó contra el padre por abusos sexuales a la hija pequeña. El juez de inmediato dictó una orden de alejamiento del padre hacía las hijas de 1 kilómetro, que se mantuvo en vigor durante 8 años, hasta que la Sección Cuarta de la Audiencia de Tarragona anula dicha orden absolviendo al padre.
le notó rojiza la vulva mientras la bañaba y que la menor le contó que se lo había hecho su padre cuando, por su lado, también la bañaba. "Y él se tocaba flojito"

La madre utilizó este recurso que suele funcionar para impedir de la noche a la mañana el contacto de los hijos con el padre (la audiencia calificó de "seriamente inquietante" la denuncia materna. Los forenses indicaron en el juicio, y así lo asumió el tribunal, que el rojizo de la menor se debía a una "vulvovaginitis, frecuente en niñas de esa edad"). Durante 8 años el proceso se mantuvo a la espera de resolución.  (Desde la denuncia por abusos en 2007 hasta el juicio y su absolución pasaron casi ocho años.). La indemnización para el padre asciende a 10.000 euros. Volvió a ver a sus hijas cuando ya las menores tenían 11 y 13 años.

Los abuelos paternos se llaman Ramón y Margarita, suman cada uno 74 años de vida, y sus últimos años no han sido muy agradables, ya que al ser los abuelos paternos sufren también la discriminación machista que sobre la figura paterna lleva a cabo el sistema judicial cuando impone como práctica judicial la custodia materna y convierte al padre de las menores en un visitante. El letrado que ha representado a los abuelos en el proceso se llama Igor Fernández Barceló (en  la imagen).

Con 6 y 4 años de edad las niñas no volvieron a mantener contacto con ella, y a pesar de que una sentencia les permite el derecho de relacionarse con sus nietas un sábado alterno. Dicha medida se convierte en una orden para la madre, que ejerce la guarda y custodia, pero el problema es que la justicia ante estos incumplimientos no actúa con la celeridad necesaria para impedir que el vínculo paterno-filial resulte aún más perjudicado y dañado de lo que queda tras los 4 días al mes que se acuerdan para la relación de los hijos con el padre, y supuestamente para defender y proteger el interés del menor. En este caso son los abuelos, quienes a través del artículo 160 del Código Civil han demandado el derecho que les asiste de relación con sus nietas.

Cuando una madre denuncia que el padre se ha quedado con los hijos, los jueces no muestran el menor reparo a la hora de emplear y utilizar todos los medios del sistema para impedir que los hijos no puedan permanecer junto a su madre. Algo que es lógico, pero no sucede al contrario. Los jueces no reparan incluso en enviar a la Policía o la Guardia Civil al domicilio donde se encuentre el padre con los hijos, pero cuando es la madre quien impide el contacto de los hijos con el padre (o en este caso con los abuelos paternos), ya vemos los resultados. Pues no piensen que si fuera el padre de las menores el impedido de ver a sus hijos sería diferente. La lentitud de la justicia cuando la madre impide el contacto de los hijos con el padre llega al extremo de que cuando resuelven o condenan a la madre los hijos son ya víctimas de una manipulación parental agravada, de forma que incluso tenemos a menores que manifiestan en público el deseo de morir antes de ver a su padre.

El Tribunal Supremo avala el 4ª indulto de una madre maltratadora que ha fomentado el rechazo y odio a su hija contra su padre

En este caso se decretó un punto de encuentro para retomar el contacto de las menores, tanto para el padre cuando estuvo exonerado de la acusación de malos tratos y abuso sexual contra las hijas, como para los abuelos. Los profesionales del punto de encuentro también -según se deduce la fuente- aportaron también su granito de arena para impedir la alienación parental de la madre hacia las hijas, y destrozar por completo la relación de estas niñas tanto con su padre como con sus abuelos paternos. Estos profesionales emiten informes -cuando quieren, y suele ser en favor de la madre -, pero cuando los menores rechazan al padre y presenciando que la manipulación materna es clara y meridiana, poco hace,  En este caso además informaron a favor de la suspensión de las visitas del padre y los abuelos con las hijas. Podrían perfectamente aconsejar apartar a las niñas de su madre para actuar frente a la alienación parental de la cual fueron víctimas las dos niñas:

El padre cada vez que iba al punto de encuentro judicial para verlas, las niñas le recibían “de espalda y mirando a la pared”"Y algo parecido sucede con los abuelos". Tras los desencuentros y reveses del punto de encuentro, ni el padre ni los abuelos podrán ya ver a las niñas. Dada la edad actual y el férreo rechazo de las menores hacia el padre y los abuelos, las psicólogas del punto de encuentro han desaconsejado las comunicaciones

Caso José Luis Pallares:

Me quieren apartar de la vida de mi hija de 12 años


Partes del texto de la noticia fuente:

  • desde 2007, Ramón y Margarita disponen de una sentencia firme que ordena a su nuera a dejarles estar con sus nietas al menos "un sábado alterno".
  • El mismo juez que estableció que estos abuelos "tenían derecho a ver a sus nietas" no llegó a ejecutar su propia sentencia. 
  • Sostiene el ministerio que se ha producido "un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia". "injustificadas dilaciones", "Esto no ha debido ocurrir; tantos años hace que se pierda la afectividad entre abuelos y nietos"
  • "Este caso debe ser una voz al problema para tantas familias que, a pesar de tener un régimen de visitas reconocido en sentencia, a causa de la negativa de los progenitores custodios y la lentitud, desidia y falta de medios legales y materiales de la justicia, en muchos de los casos se ven imposibilitados para materializar el cumplimiento de los derechos reconocidos en las resoluciones, sin apenas consecuencias ni para los infractores ni para la propia justicia responsable de las dilaciones".

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Fuente:
“¿Qué culpa tenemos los abuelos...?” Historia de una denuncia con consecuencias
http://politica.elpais.com/politica/2017/06/08/actualidad/1496940591_493565.html

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