Es el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Pamplona, quien ha sentenciado mediante resolución que ya es firme, que la madre debe abandonar el domicilio familiar adscrito anteriormente bajo la causa de ostentar la guarda y custodia de los hijos de forma exclusiva. La hipoteca de la vivienda también era satisfecha por entera por el padre de los menores. Ahora con la nueva sentencia se compensa la desigualdad anterior, pues su Señoría otorga al padre el uso de la vivienda familiar hasta la liquidación de la misma, y en todo caso durante un máximo de 3 años, y establece que la hipoteca será satisfecha por mitad entre ambos progenitores.
“En términos de equidad, habiendo disfrutado estos años la demandada de ella, es de justicia que mientras no se liquide, su uso sea atribuido al actor y en todo caso con un máximo de tres años”
El juzgado pamplonés establece que a partir de la sentencia los hijos pasan a convivir bajo la guarda y custodia de ambos progenitores, y pasan a respetar el derecho de los hijos a ser cuidados y atendidos desde ese momento tanto por su madre como por su padre. El sistema de custodia compartida fijado es el recomendado por Fiscalía, el de semanas alternas, y no cada 5 meses como demandó la abogada, Carmen Salas (en representación del padre).
Las medidas anteriores fueron acordadas por ambos progenitores, sin embargo la demanda de modificación de medidas ha sido atendida por el juzgado a pesar de que las condiciones anteriores fueron producto del acuerdo entre los padres. Se elimina también el pago de la pensión de alimentos por parte del padre a la madre, puesto que los ingresos de ambos son similares. Pasa por tanto el padre a dejar de ser un padre de visitas, y ganan los menores, que dejan al mismo tiempo de ser huérfanos de padre vivo que veían a su su padre 4 días al mes, y la única obligación que percibían por parte de su progenitor paterno, era la que su madre recibiese 200 euros al mes del padre.
Y es que la custodia compartida es un derecho de los menores, y como establece el Tribunal Supremo a través de su amplia y reiterada jurisprudencia, desde el momento que se den las condiciones y tanto en cuanto sea posible, pues es el régimen que mejor protege y defiende el interés de los menores, no el de sus padres.
la madre regenta un negocio hostelero con varios empleados y que convive en el domicilio familiar con su pareja, con la que comparte gastos, educación de los menores y tareas. Además, indica que declara unos ingresos aproximados de 1.230 euros al mes y que abona los 528 euros de hipoteca mensuales más los 60 euros de comunidad por haber sido así convenido por ambos progenitores. Por su parte, el padre vive de alquiler, por el que abona 360 euros al mes, y tiene un contrato indefinido en una empresa del polígono de Landaben, donde percibe unos 1.250 euros al mes y dos pagas extras similares.
Parte del informe psicosocial que recoge la sentencia
Fuente:
- “el régimen más adecuado para los menores es el reparto igualitario de tiempo entre sus progenitores”
- “tienen una capacidad parental individual dentro de la normalidad, siendo capaces cada uno de atender a sus hijos adecuadamente de forma responsable y afectiva, manteniendo un similar estilo educativo y en todo caso perfectamente asumido por los menores”
- “reclaman mayor presencia paterna”
- “con adecuadas condiciones económicas, viviendas cercanas con habitaciones propias en cada casa, con ayuda/soporte en caso de necesidad para atender a los menores”.
Una juez retira a una madre divorciada el uso de la vivienda familiar y se la otorga al padre
http://m.noticiasdenavarra.com/2017/06/08/sociedad/navarra/una-juez-retira-a-una-madre-divorciada-el-uso-de-la-vivienda-familiar-y-se-la-otorga-al-padre
3 comentarios:
Enhorabuena al juez por su valentía y al padre felicitarle porque ha conseguido algo que desafortunadamente pocos hombres consiguen. Yo recibí la sentencia hoy y como era de esperar LA JUEZ no fue valiente, prefirió creer las mentiras del informe del equipo psicosocial(2 mujeres), y a pesar de desestimar su conclusión final de custodia compartida por ser incoherente dadas las circunstancias del caso en cuestión, ha resuello en favor de la madre en vez de defender el interés de los menores.Que triste es ver que la vida de tus hijos esta en manos de la decisión de personas que ni se molestan en verificar si lo que ponen los informes psicosocial son imparciales o por el contrario son un puro tramite para favorecer al sexo que llaman debil en vez de defender los interés de los menores.
Enhorabuena al juez por su valentía y al padre felicitarle porque ha conseguido algo que desafortunadamente pocos hombres consiguen. Yo recibí la sentencia hoy y como era de esperar LA JUEZ no fue valiente, prefirió creer las mentiras del informe del equipo psicosocial(2 mujeres), y a pesar de desestimar su conclusión final de custodia compartida por ser incoherente dadas las circunstancias del caso en cuestión, ha resuello en favor de la madre en vez de defender el interés de los menores.Que triste es ver que la vida de tus hijos esta en manos de la decisión de personas que ni se molestan en verificar si lo que ponen los informes psicosocial son imparciales o por el contrario son un puro tramite para favorecer al sexo que llaman debil en vez de defender los interés de los menores.
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