La madre de la niña se sentó en el banquillo de los acusados en el Juzgado de Ibiza. VICENT MARÍ
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Jueves, 14 de Octubre, 2010
PALMA
J. F. M. Una mujer residente en Ibiza ha sido condenada a una falta, que le supondrá pagar una multa económica, por negarse a entregar a su hija a su abuela paterna, e incumplir la sentencia de un juez que establecía el régimen de visitas. La madre de la menor alegó que la pequeña, que en ese momento tenía solo dos años, estaba enferma y, por tanto, no se econtraba en condiciones de desplazarse al domicilio de su abuela.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Balears impone una pena menor por unos hechos que se remontan al año 2006. Debido a las malas relaciones entre la madre de la niña y la familia paterna, un juez de Ibiza estableció unas medidas cautelares que determinaban el régimen de visitas a favor de la abuela. Así, el juez confirmó que la familia paterna de la menor tenía derecho a mantener contacto con su nieta y estableció que podía estar con la pequeña los martes y los jueves, de las dos de la tarde a las nueve de la noche, así como los sábados alternos desde las doce hasta las nueve de la noche.
Desde el mes de julio de 2006 hasta finales de enero se contabilizaron seis episodios en los que la madre no entregó la niña a sus abuelos paternos. La sentencia reconoce este incumplimiento, pero lo justifica en que en aquella época la pequeña estaba enferma con frecuencia y que por estas dolencias la madre entendió que no estaba en condiciones de salir de casa. La madre pudo demostrar estas enfermedades a través de los informes médicos del servicio sanitario al que acudió para atender a la niña. En algunos de estos informes se señala que la pequeña llegó a tener una temperatura febril de 39 grados y que precisaba una determinada medicación para sanar.
A la abuela de la niña no le convenció esta justificación y debido a la mala relación que mantenía con su ex nuera acudió al juzgado de Ibiza y presentó una denuncia contra ella.
Tres tomos de documentos
Hasta que el caso llegó a juicio cuatro años más tarde, el juzgado tramitó una larga instrucción. El juez que debía juzgar el caso se encontró sobre la mesa con tres tomos de documentos y pruebas por un simple caso de desobediencia.
Un dato que señala la sentencia es que la abuela quiso llegar hasta las últimas consecuencias y llevó a su nuera, con la que no mantenía ningún tipo de relación amistosa, al banquillo de los acusados. No solo la acusó de desobediencia, sino también pidió que a la madre se la responsabilizara de las lesiones psíquicas que, según ella, había sufrido al haberle privado de la compañía de su nieta. El juez descartó el delito, pero sí condenó a la madre por una falta, que suponía una sanción mucho más leve que la que reclamaban las acusaciones, incluido el fiscal.
La sentencia declara probado que las enfermedades que padecía la niña, y que fueron utilizadas por la madre para no entregarla a su abuela paterna, no impedían que la pequeña pudiera desplazarse en coche, eso sí, bien abrigada, hasta el otro domicilio. Sin embargo, el tribunal considera que es lógico que una madre no quiera despegarse de una criatura de solo dos años con 39 gramos de fiebre que sufre las clásicas enfermedades que tienen los menores. La madre declaró en el juicio que, debido a que estaba enferma con mucha frecuencia, se había ofrecido a acompañar a su hija en sus visitas con la abuela, pero que la mujer se negó a aceptar esta propuesta.
El juez incide en que esta situación ha llegado a los tribunales de justicia por la mala relación y la falta de entendimiento de los familiares más próximos de la niña. Sin embargo, el tribunal recuerda que en estos casos debe aplicarse el principio de intervención mínima del derecho penal, por lo que considera que los hechos no son delito, sino solo una falta.
http://www.diariodeibiza.es/pitiuses-balears/2010/10/13/condenada-mujer-dejo-ex-suegra-viera-nieta/438596.html
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