Por primera vez se aplica la ley de parejas estables para resolver un conflicto de un matrimonio
Domingo, 31 de Octubre, 2010
J.F. MESTRE. PALMA. La Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia, presidida por el magistrado Antonio José Terrasa, ha reconocido el derecho que tiene una mujer divorciada, que ha dedicado la mayor parte de su vida al cuidado del hogar, a ser indemnizada por su marido, quien a diferencia de ella sí ha podido dedicar su tiempo a desarrollar su profesión.
El Tribunal Superior ha tenido que pronunciarse sobre un caso que ha merecido una interesante interpretación sobre el derecho civil propio de Balears, que es la normativa que regula el régimen matrimonial en las islas, y cuya sentencia marcará jurisprudencia. Este caso concreto se refería al conflicto entre un matrimonio mallorquín, con cuatro hijos, que forma parte de la alta sociedad balear y decidió poner fin a la relación. Al no alcanzar un acuerdo amistoso entre ellos acudieron al juzgado. El juez estableció la guarda y custodia de los hijos a la madre, así como el derecho a utilizar el hogar familiar. También obligó al marido a pagar la manutención de sus hijos y a indemnizar a su esposa en compensación por los años que había dedicado al hogar y por sacrificar su trabajo profesional para dedicarse a la educación de sus descendientes. La cantidad por esta indemnización, que inicialmente se señaló en 350.000 euros, fue fijada finalmente por la Audiencia de Palma en 100.000 euros.
El esposo acudió al Tribunal Superior al entender que este caso merecía la intervención de la instancia superior porque el derecho civil de Balears, que regula el régimen matrimonial, no contemplaba este tipo de compensación económica en detrimento de su antigua pareja. El juez aplicó el código civil y no la ley propia de Balears, lo que justificó que el letrado del marido acudiera a la más alta instancia jurídica de las islas para plantear la cuestión. De hecho, era la primera vez que se planteaba al TSJB si una mujer tenía derecho a ser indemnizada por el trabajo que había tenido que abandonar por dedicarse al cuidado de su familia, situación que no tiene nada que ver con la pensión compensatoria, según han aclarado fuentes jurídicas.
El magistrado Antoni Capó ha profundizado en el asunto y ha estudiado las diferentes interpretaciones que se hacen en las comunidades autónomas que legislan cuestiones familiares sobre esta compensación a favor de uno de los cónyuges. El juez explica que en la última actualización de la norma civil balear del año 1990 el Parlament no incluyó ningún artículo que se refiriera concretamente a esta cuestión. Ante esta situación, el Tribunal Superior ha acudido a la ley de parejas estables, aprobada también por el Parlament balear, que innovó el ordenamiento jurídico civil balear al introducir en su articulado la figura de la "compensación económica". La sentencia señala que el artículo 9 detalla "el conviviente perjudicado puede reclamar una compensación económica cuando la convivencia haya supuesto una situación de desigualdad patrimonial entre ambos miembros de la pareja que implique un enriquecimiento injusto". Esta es la situación, a juicio del tribunal, que sirve para resolver el conflicto de este matrimonio divorciado.
La novedad de esta sentencia se da, sobre todo, en que por primera vez el tribunal reconoce la posibilidad de aplicar la ley de pareja estables de Balears a una unión de dos personas que han contraído matrimonio en el régimen que se regula en las islas.
En este caso concreto se ha demostrado que la convivencia de este matrimonio ha producido una situación de desigualdad patrimonial entre ambos, ya que el marido ha incrementado su patrimonio y no lo ha podido hacer la mujer porque durante su relación se ha dedicado al cuidado de su esposo y sus cuatro hijos. El tribunal cree que esta situación ha supuesto un perjuicio a la mujer que, debido a su dedicación familiar, no se ha podido dedicar a su profesión, y a diferencia del marido, esta situación le ha colocado en una situación de desigualdad frente a su esposo.
http://www.diariodemallorca.es/mallorca/2010/10/31/tsjb-otorga-indemnizacion-mujer-divorciada-dedico-hogar/615758.html
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