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lunes, 7 de noviembre de 2011

El Tribunal Constitucional de Chile rechaza el ‘matrimonio’ gay

07-11-2011 | S. S. Madrid 
El fallo del máximo tribunal chileno rechaza el pedido de las tres parejas quienes presentaron una demanda contra el artículo 102 del Código Civil que establece que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer.

  • Por 9 votos contra 1, el Tribunal Constitucional de Chile (TC) decidió rechazar la solicitud de tres parejas homosexuales que solicitaron convalidar en ese país la unión legal que han constituido en lugares como Argentina, en donde es legal. El fallo del máximo tribunal chileno rechaza el pedido de las tres parejas quienes presentaron una demanda contra el artículo 102 del Código Civil que establece que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer.
    El diario La Nación señala que el proceso de las tres parejas se inició en octubre de 2010 cuando el Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh) y sus abogados presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, alegando que la prohibición al mal llamado “matrimonio gay” atentaría contra la Constitución. En diciembre de 2010, la Corte hizo la consulta al TC que dio a conocer su fallo ayer 3 de noviembre
    El fallo del TC señala que “lo que pretenden los recurrentes es que se les reconozca la aplicación del mencionado estatuto, cuestión que no es de competencia de este Tribunal, pues éste no se encuentra facultado para modificar y regular las instituciones que contempla el ordenamiento jurídico mediante un pronunciamiento de inaplicabilidad”.
    Esencia de la unión
    La doctrina católica desaprueba el mal llamado “matrimonio” gay porque atenta contra la naturaleza, sentido y significado del verdadero matrimonio, constituido por la unión entre un hombre y una mujer, sobre la cual se forma la familia. El Vaticano y los obispos en diversos países del mundo han denunciado que las legislaciones que pretenden presentar “modelos alternativos” de vida familiar y conyugal atentan contra la célula básica de la sociedad.
    El artículo 102 del Código Civil señala claramente que el “matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”.
    Los ministros (jueces del TC) que votaron rechazando el pedido de los homosexuales fueron Francisco Fernández, Carlos Carmona, José Antonio Viera Gallo y Gonzalo. También lo hicieron así Marcelo Venegas, Enrique Navarro e Iván Aróstica, quienes explicaron que el rechazo del pedido de las parejas homosexuales no vulnera la Constitución.
    http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/sociedad/tribunal-constitucional-chile-rechaza-%E2%80%98matrimonio%E2%80%99-gay-20111106
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