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- La Acca afirma que la ley de custodia compartida se aplica de forma «dispar»
http://www.lavanguardia.com/local/valencia/20140220/54402405098/el-nuevo-proceso-de-admision-de-alumnos-de-la-comunitat-requerira-la-firma-de-ambos-padres-si-estan.html#.UwYefZZvOTg.twitterPara "evitar conflictos"(enlace de la imagen)CONSELLERIA EDUCACIÓNEl nuevo proceso de admisión de alumnado en centros educativos de la Comunitat Valenciana para el curso 2014-15 tendrá en cuenta las instrucciones de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte para evitar situaciones conflictivas entre padres separados en su relación con los centros y, por ello, se requerirá la firma de ambos progenitores para matricular al menor en el caso de que no convivan.
Así lo ha asegurado la Consellera de Educación, Cultura y Deporte, María José Català, tras la reunión que ha mantenido con los presidentes de diversas asociaciones que promueven la custodia compartida.
Para ello, el modelo de solicitud de admisión será modificado con el fin de conocer la situación familiar de los alumnos y poder así tomar decisiones con respecto a la escolarización en el centro, la recogida de los menores, la participación en el centro o la información académica o la difusión de material audiovisual.
En concreto, en la solicitud de admisión se pedirá información acerca de si los progenitores conviven o no y si tienen limitada la patria potestad, dado que ambas circunstancias son fundamentales para regular las relaciones de los centros educativos con los padres separados o divorciados.
Además, el centro requerirá la firma de ambos progenitores para proceder a su matriculación ante un cambio de centro del menor, en el caso de que la sentencia o auto de medidas provisionales no haya dispuesto nada sobre el ejercicio de la patria potestad en materia educativa.
Por otro lado, la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte remitirá a los centros públicos las instrucciones respecto a las medidas de actuación y organización teniendo en cuenta los derechos y deberes que asisten a los progenitores en función de si tienen o no la patria potestad.
Estas medidas incorporan las alegaciones y sugerencias realizadas por las principales entidades que promueven la custodia compartida en la Comunitat Valenciana al documento de trabajo que presentó la Consellera de Educación, María José Català, el pasado mes de septiembre, han subrayado la administración educativa en un comunicado.
"NORMA CONSENSUADA"
Según ha explicado Català, "se trata de una norma consensuada, dado que hemos mantenido diversos encuentros durante los últimos meses con los representantes de Custodia compartida de Alicante, Castellón y Valencia, así como con la Asociación de Abuelos por la Custodia Compartida, y además de una reivindicación justa, que aclara situaciones de conflicto que hasta ahora se daban en el ámbito escolar".
"Somos la autonomía con la Ley de Custodia Compartida más avanzada y por lo tanto nos correspondía ampliar esa protección a todos los ámbitos, especialmente al ámbito educativo", ha remarcado Català, que ha asegurado que con estas instrucciones "damos un salto cualitativo porque somos pioneros en establecer estas instrucciones que aclaran situaciones referidas a la recogida de los menores, la participación de los padres o la difusión de material audiovisual".
INSTRUCCIONES PARA CENTROS PÚBLICOS
Las instrucciones establecen que cuando el centro deba tomar una decisión educativa con respecto al menor y constate un desacuerdo manifiesto entre los progenitores, deberá remitirlos a la autoridad judicial, poniendo los hechos en conocimiento del Ministerio fiscal si considera que existe un riesgo para la vida, la integridad, salud, dignidad o libertad del menor o que la situación es gravemente perjudicial o dañosa para el hijo.
En cuanto a la recogida del centro, el menor se entregará indistintamente al padre o madre o tutor si así lo solicitan, salvo limitación de la patria potestad, sin perjuicio de que puedan autorizar por escrito a una tercera persona para que lo recoja en su nombre.
Otra de las directrices que se da a los centros es acerca de la información sobre el proceso de evaluación. En el caso de que ambos progenitores tengan la patria potestad pero no convivan, el centro duplicará la información de la evolución académica del alumno para entregarla a ambos. No obstante, el centro no duplicará la información en el caso de que exista privación de la patria potestad o algún tipo de medida penal de prohibición de comunicación impuesta a alguno de los progenitores.
Además, cuando exista resolución judicial que prive o suspenda el ejercicio de la patria potestad, o excluya o limite el derecho del progenitor a visitar, acercarse o comunicarse con el hijo o descendiente, el centro impedirá información o comunicación alguna con el menor mientras esté bajo su custodia.
Las instrucciones también se refieren a la necesidad de solicitar autorización de cualquiera de los progenitores, en tanto mantengan ambos la patria potestad, para la difusión de material audiovisual del menor. Del mismo modo, que reitera la posibilidad a ambos padres para que formen parte del Consejo Escolar del centro. Ambos tendrán derecho a recibir información del calendario de elecciones del Consejo Escolar y podrán participar en el funcionamiento del centro a través de sus asociaciones.
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