El Supremo apunta al cónyuge que usa la casa como costeador de los gastosFuente:
¿Quién abona los gastos de comunidad en caso de divorcio? Según la ley sobre propiedad horizontal, los gastos deben abonarse al 50% entre los cónyuges, independientemente de que un miembro de la pareja se haya quedado con el uso de la vivienda a raíz del acuerdo de divorcio. El Tribunal Supremo, sin embargo, considera que, aunque ese sea el criterio general de acuerdo a la ley, los jueces de familia pueden imponer los gastos de comunidad al ex cónyuge que disfruta de la casa.
"Nada obsta a que un tribunal de familia acuerde, en aras al equilibrio económico entre las partes, que el ex cónyuge que utilice la vivienda ganancial, sea el que deba afrontar los gastos ordinarios de conservación”, el ponente Francisco Javier Arroyo, en la que rechaza el recurso que presentó una mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que le imponía a ella los gastos de comunidad de la vivienda al habérsele adjudicado a ella el uso del bien
- El juez puede decidir quién paga la comunidad en caso de divorcio
http://politica.elpais.com/politica/2014/10/16/actualidad/1413459389_830873.html
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