Pregunta:
que sucede ahora con la pension de alimentos? mas cuando en mi caso mi hija mayor(16 años libre para decidir) por whasappt comunica a su madre que mientras dure esto se van a estar 7 dias con cada progenitor. Habra que decir algo al respecto.
Falta trabajo,no hay ingreoso. Como se paga?
Respuesta del letrado:
El estado de alarma no suspende la efectividad de la resoluciones judiciales. Hay que seguir cumpliendo con las obligaciones económicas que se indiquen en la sentencia independientemente de que la carencia de ingresos.
Cosa distinta es que, en atención a que la hija de 16 años ha decidido alternar la convivencia semanalmente, que la pensión se reduzca a la mitad. El incumplimiento existiría, pero no sería sino parcial (sentencia en mano, ojo) y tendría defensa ante el posterior procedimiento de ejecución que, previsiblemente, iniciaría la acreedora de la pensión.
No pagar la pensión significa incumplir la resolución y que, con el levantamiento del estado de alarma, se reciba un procedimiento de ejecución reclamando las cantidades no pagadas. A día de hoy, los juzgados están cerrados para los procedimientos habituales, por lo que no pagar en estas fechas no sería reclamable hasta que se levante el estado de alarma.
- CONSULTAS LEGALES. (El abogado responde...)
Fuente:
http://www.facebook.com/custodiapaterna
R.F.M.
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