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miércoles, 16 de noviembre de 2011

La construcción de la autoridad

La semana pasada hubo dos denuncias sobre maltrato hacia alumnos por parte de docentes. Cómo lograr el respeto a las nomas desde el consenso
13-11-2011
A raíz de ciertos episodios que se han suscitado por estos días en la provincia, luego de la denuncia de castigos corporales en algunas instituciones escolares, se hace necesario reflexionar sobre las razones que podrían llevar a que un adulto necesite aplicar la violencia física sobre un menor para lograr imponer su autoridad.
El tema amerita revisar las prácticas pedagógicas, los procedimientos disciplinares, la elaboración de las normas que rigen la vida institucional de una escuela, así como el accionar de cada uno de los actores involucrados: personal docente, alumnos, padres y comunidad en general.

Los castigos corporales en la educación

Los castigos físicos han sido aplicados a lo largo de la historia como método de educación tanto con niños por parte de sus padres, como con personas adultas por parte de las autoridades estatales. La admisibilidad de su aplicación y legalidad, tanto en sistemas pedagógicos como en el campo jurídico ha ido cambiando con el tiempo, por lo general tendiendo a su retroceso. En la actualidad, el castigo físico en general está legalmente prohibido en un 12% de los países del mundo. El uso del castigo fue cambiando de propósito paulatinamente dentro de la sociedad a partir del siglo XVI, pasando de ser una forma de educar y marcar límites y normas, a ser una forma de humillación y manipulación de los hijos, esclavos y ciudadanos, generando grandes controversias sobre si era válido su uso o no como método de educación
Hacia mediados el siglo XVI, los castigos judiciales eran convertidos en espectáculos públicos. Mientras tanto, los primeros escritores en educación, como Roger Ascham, se quejaban “por la arbitraria manera en que los niños eran castigados”. Probablemente, el que más influyó en este tema fue el filósofo inglés John Locke, quien escribió el libro Algunos pensamientos sobre la educación, criticando el rol del castigo físico en la educación.
El uso del castigo corporal disminuyó a lo largo del siglo XIX en Europa y América del Norte. En algunos países, esto fue fomentado por escándalos relacionados con personas que herían de forma muy grave a otras durante actos de castigos físicos. Ya en el siglo XX el castigo fue prohibido en gran parte de Europa, aunque sigue existiendo en un 87% de países, y aún en los países en que está prohibido, fuera de la legalidad.
En cuanto al castigo corporal en la educación, hay varios enfoques distintos a lo largo del mundo. El castigo corporal está prohibido en la mayoría de los países occidentales y naciones industrializadas no occidentales. En tanto que es legal en algunas regiones de Canadá. En Australia, el castigo físico está prohibido desde 1995 en las escuelas públicas, pero persiste en algunas escuelas privadas. En los Estados Unidos, 23 estados permiten el castigo físico en escuelas. En 1961 el Dr. Kempe organiza un simposio interdisciplinario en la reunión anual de la Academia Americana de Pediatría sobre el Síndrome del Niño Golpeado y, en 1962, el Journal of the American Medical Association publica una descripción completa del síndrome desde el punto de vista pediátrico, psiquiátrico, radiológico y legal, así como las primeras cifras de incidencia en Estados Unidos. Así se acuña el concepto de Síndrome de Niño Golpeado en la literatura médica mundial. El impacto de su denuncia provocó reacciones favorables al desarrollo de iniciativas legislativas que obligan a los profesionales de la salud a denunciar cualquier sospecha de maltrato infantil. En cinco años éstas se extendían a todo Estados Unidos. En Argentina, la aplicación de castigos corporales está absolutamente prohibida desde el retorno de la democracia, en 1983, con la extensión de las leyes sobre Derechos Humanos y Derechos del Niño.

Definición

Actualmente podemos considerar al maltrato como “cualquier daño físico o psicológico no accidental contra un niño o niña menor de dieciséis o dieciocho años –según el régimen de cada país– ocasionado por sus padres o cuidadores, que ocurre como resultado de acciones físicas, sexuales o emocionales de omisión o comisión y que amenazan el desarrollo normal, tanto físico como psicológico del niño.”

Tipos de maltrato

Existen diferentes clasificaciones del maltrato infantil, pero en lo que se relaciona con el cotidiano escolar y con las situaciones que se presentaron en dos escuelas de Catamarca, se puede nombrar:
Maltrato físico: acción no accidental de algún adulto que provoca daño físico o enfermedad en el niño o el joven, o que lo coloca en grave riesgo de padecerlo como consecuencia de alguna negligencia intencionada.
Maltrato institucional: cualquier legislación, procedimiento, actuación u omisión procedente de los poderes públicos, o bien, derivada de la actuación individual de un profesional que comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, de la seguridad, del estado emocional, del bienestar físico o de la correcta maduración del niño o del joven, o que viole sus derechos básicos.
El Ministerio de Educación de la Nación ha desarrollado el Plan Nacional de Acción por los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, a través del cual se brindan, entre otras cosas, estrategias para la detección de casos de maltrato infantil en la escuela, así como también se analiza el rol que la escuela otorga a los alumnos a la hora de establecer normas, códigos de convivencia y sanciones disciplinarias.
La disciplina repensada desde la perspectiva del vínculo docente-alumno.
Es común escuchar, en diversos contextos, la preocupación de muchos adultos sobre las dificultades de los jóvenes para aceptar las normas. Esta cuestión adquiere una forma particular en la escuela, que suele expresarse en problemas relativos a la disciplina, lo cual acarrea, a su vez, consecuencias negativas tanto en el aprendizaje como en la convivencia.
http://www.elesquiu.com/notas/2011/11/13/educaci%C3%B3n-219225.asp

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