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El Instituto Nacional de Estadística acaba de publicar en su página Web (en la dirección de Internet: http://www.ine.es/jaxi/menu.do?type=pcaxis&path=/t18/p420/p01/a2011/&file=pcaxis) las estadísticas sobre separaciones y divorcios en el pasado año 2011, y tras hacer una comparativa del resultado que esta teniendo la aplicación de las respectivas normas de Custodia Compartida en aquellas Comunidades Autónomas que la han legislado, dichos resultados son absolutamente reveladores, y son más o menos lo que cabría esperar.Al efectuar la consulta de valores absolutos y porcentajes de custodias de hijos menores por conyuge que ejerce la custodia so obtiene la estadística que se adjunta. Se ha elegido para poder hacer una comparativa completa, en primer lugar, el total de España, y después se han incluido las Comunidades Autónomas de Andalucía (en donde rige el Código Civil Español, que regula la Custodia Compartida como excepcional), Cataluña (cuya legislación no da preferencia a ningún tipo de custodia, sino que sea según criterio del juez, norma legislativa que entró en vigor el 1 de enero de 2011), Aragón (cuya legislación establece la custodia compartida como preferente, norma legislativa que entró en vigor el 8 de septiembre de 2010), y Valencia (ley valenciana es mucho más clara y establece textualmente la custodia compartida como regla general, norma en vigor desde el 5 de mayo hasta 4 de julio de 2011, fecha en que fue suspendida cautelarmente por el tribunal constitucional, levantándose dicha suspensión el 5 de diciembre, estando por lo tanto durante el año 2011 en vigor solamente durante 3 meses).Como se decía, los resultados son absolutamente reveladores. Es necesario resaltar que en el caso de Aragón y Cataluña, se obtienen unos porcentajes de custodias compartidas rondando ¡¡solamente el 20%!!, ¡¡y sobre todo en el caso de Aragón en la que la norma establece la Custodia Compartida como preferente!!, mientras que en el caso de Valencia se obtienen casi un 14% de custodias compartidas con solamente tres meses en vigor la norma sobre el total del año 2011, que parece mucho más razonable dado el escaso tiempo en que la norma ha estado en vigor.Como conclusión se pone de manifiesto la importancia de como quede la redacción final del texto de la ley que el Ministerio de Justicia está elaborando fruto de la interpelación urgente que hubo en el congreso en junio pasado. Esto coincide totalmente con lo que dicen muchos juristas, que como no se le deje muy claro a los jueces la obligación de considerar la custodia compartida en primer lugar, no va a haber forma de romper la inercia judicial de concesión generalizada de las custodias a las madres.
Guadalupe De la Fuente
Presidente de la Asociación de Abuelos Separados de Sus Nietos
Presidente de la Coordinadora de Entidades por la Igualdad
Vocal de la Plataforma Ciudadana por la Igualdad
Tf. 608314435
guadalupe@abuelosseparadosdesusnietos.org www.abuelosseparadosdesusnietos.org
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