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domingo, 13 de enero de 2013

La Ley de Vagos y Maleantes, invento republicano

Domingo, 13 de Enero, 2013
Enlaces:
- A/A Sr. Jimenez Losantos
- "La Ley de Violencia de Género: Lo que no se cuenta de la misma"
- «Los suicidios por la Ley de Violencia de Género superan las muertes por tráfico»
- «España ha hecho el ridículo con la Ley de Violencia de Género»
Pedro Fernández Barbadillo
Una de las leyes más detestadas por la oposición al franquismo porque se usaba para la persecución política y para la represión de conductas sociales que con el tiempo, sobre todo a partir de los años 80, se considerarían habituales fue la Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social. Sin embargo, el precedente de esa ley fue elaborado y aprobado por las Cortes republicanas con el nombre de Ley de Vagos y Maleantes.
La legislación penal de la Monarquía de Alfonso XIII se caracterizaba por su blandura con los delincuentes, que compartían los jueces. Éstos, según la doctrina de la época, se jactaban de rehuir la aplicación de la pena de muerte a los delitos que lo permitían; y posteriormente entraba en juego el uso abusivo del indulto. En ambos casos, por razón de compasión y caridad cristiana mal entendidas.
Por ejemplo, dos de los tres asesinos anarquistas del presidente del Gobierno conservador Eduardo Dato fueron condenados a muerte, pero el rey Alfonso XIII y el dictador Miguel Primo de Rivera conmutaron en 1924 las ejecuciones por cadena perpetua. La llegada de la II República supuso una amnistía de la que se beneficiaron ambos terroristas. En conclusión, un magnicidio que desestabilizó al país entero se saldó con menos de diez años de cárcel.
Las Cortes Constituyentes de la II República, con mayoría de izquierdas, no sólo elaboraron la Constitución de 1931, sino que además aprobaron una legislación penal que endurecía la aplicada hasta entonces, en ocasiones copiando leyes ya vigentes en la Alemania de Weimar y la Francia de la III República. Una de esas leyes reclamadas por el Gobierno republicano-socialista, en el que eran ministros Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto y el separatista catalán Lluís Companys, fue la de Defensa de la República, que aplicaba durísimos castigos a los conspiradores políticos sin tutela judicial y que permitió a Manuel Azaña, presidente del Gobierno, y Santiago Casares Quiroga, ministro de Gobernación, cerrar más de un centenar de periódicos; otra fue la Ley de Vagos y Maleantes, aprobada el 4 de agosto de 1933.

"El primer campo de concentración" en España

Según el artículo 2 de la referida norma, podían ser "declarados en estado peligroso y sometidos a la presente ley" los siguientes individuos: "los vagos habituales", "los rufianes y proxenetas", "los ebrios y toxicómanos habituales", "los que exploten juegos prohibidos", "los mendigos profesionales y los que vivan de la mendicidad ajena o exploten a menores de edad, a enfermos mentales o a lisiados", "los que no justifiquen (...) la posesión o procedencia de dinero o efectos que se hallaren en su poder", los que suministren bebidas alcohólicas "a menores de catorce años en lugares y establecimientos públicos", "los extranjeros que quebrantaren una orden de expulsión del territorio nacional" y "los que observen conducta reveladora de inclinación al delito", que se muestra por el "trato asiduo" con delincuentes o la frecuentación de sus guaridas.
Como se ve, la ley contenía los llamados tipos penales en blanco. ¿Qué es un "vago habitual", y un "rufián"?, ¿y por qué el trato asiduo con un delincuente implica una conducta delictiva merecedora de sanción? Los castigos más duros (medidas de seguridad los llamaba la ley) consistían en el internamiento en "establecimientos de régimen de trabajo o colonias agrícolas" por un tiempo máximo de tres años, "en un establecimiento de custodia" hasta por cinco años o en el "aislamiento curativo en casas de templanza por tiempo absolutamente indeterminado".
El joven historiador Antonio Manuel Barragán ha recogido en su blog un reportaje de la revista gráfica Estampa, que se editaba en Madrid, fechado en agosto de 1934, al año de entrada en vigor de la Ley de Vagos y Maleantes, en el que describía "el primer campo de concentración" (sic), sito en Alcalá de Henares, patria chica de Azaña y en el que hallaban internados unos 300 reclusos. En toda España, según Barragán, había entonces más de 3.000 internos. Las medidas de reeducación en el campo de concentración consistían en trabajos manuales (cortar leña, cavar zanjas, pintar paredes...), sin que los reclusos recibiesen ningún pago, salvo el rancho y la ropa.

Elogio franquista a una ley republicana y socialista

La ley, como ya hemos dicho, se mantuvo en el régimen franquista. Fue modificada en 1948 y 1954. En esta última reforma, de julio de 1954, se introdujeron explícitamente las conductas homosexuales en el articulado. En octubre de 1969 se anunció una reforma de la ley para actualizarla, según declaró el ministro de Información, Manuel Fraga, con medidas como la introducción del tráfico de drogas, que ya empezaba a ser una preocupación, y los arrestos de fin de semana.
Una de las novedades fue el cambio de nombre de la norma, que entró en vigor en 1970, por el de Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social. En la exposición de motivos se elogió la ley original de 1933, aprobada por socialistas, radicales y republicanos, pues se reconocía que fue
un avance técnico indudable y supuso un paso acertado e importante en la necesaria política de defensa y protección social.
También se explicaba el cambio de denominación con argumentos sentimentales. El nuevo nombre era
más fielmente expresivo del fundamento y del fin de la norma, al señalar como objetivo el primordial compromiso de reeducar y rescatar al hombre para la más plena vida social.
En el debate constitucional y en los años anteriores, los herederos del PSOE que había introducido el trabajo forzado y los campos de concentración se empeñaron en demoler el derecho penal y las instituciones carcelarias; por ejemplo, consiguieron que se prohibiesen los trabajos forzados a los reclusos y que se reconociese la orientación de las penas "hacia la reeducación y reinserción social", en el artículo 25 de la Constitución. Y una de las primeras medidas del ministro de Justicia socialista Fernando Ledesma consistió en poner en libertad a miles de delincuentes de poca monta por su escasa peligrosidad, según él.
La Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social sobrevivió casi todos los años de gobierno de Felipe González (1982-1996) y sólo fue derogada con la promulgación del Código Penal de 1995.
http://www.libertaddigital.com/opinion/pedro-fernandez-barbadillo/la-ley-de-vagos-y-maleantes-invento-republicano-67020/

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