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miércoles, 13 de febrero de 2013

Obligado a pagar a su ex mujer 1.800 al mes, el 100% del sueldo

Miércoles, 13 de Febrero, 2013
Un Juzgado de Familia retiene la totalidad de la nómina de un funcionario en concepto de atrasos en el abono de la pensión de alimentos a sus dos hijos.
A José Luis Soler se le ha planteado una disyuntiva tremenda: o come o cumple la ley. El Juzgado de Familia nº80 de Madrid ha ordenado que entregue íntegramente a su ex mujer los 1.813 euros netos de sueldo que cobra al mes hasta que complete una suma que asciende a 74.741 euros en concepto de atrasos en el pago de la pensión de alimentos.
En la práctica, según explica el abogado José Luis Casajuana, «significa privarle de todos sus ingresos durante, al menos, los próximos tres años, ya que carece de otros medios de vida y de propiedades». «Es el primer caso de esta naturaleza que conozco», apostilla el letrado, que no oculta la estupefacción que le ha provocado la lectura del auto.
Soler se divorció de su esposa, Cristina C. A., en 2006. En ese momento él trabajaba como arquitecto, tenía un buen sueldo y en el acuerdo de separación se estableció que abonaría 1.525 euros mensuales para la manutención de los dos hijos del matrimonio.
Con el estallido de la burbuja inmobiliaria comenzaron las dificultades laborales, tuvo que cerrar la empresa que tenía y se reincorporó a su puesto de funcionario del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, en el que estaba en excedencia, con una retribución económica más limitada. Así que interpuso una demanda de modificación de pensión que se ajustara a sus nuevas circunstancias personales, pero la Audiencia Provincial de Madrid la desestimó.
En esa sentencia, fechada en mayo de 2012, se argumenta que el interesado «no ha demostrado que gane menos de lo que pone en su nómina», resume Casajuana. Y añade: «Esto es lo que en Derecho Romano se conoce como probatio diabólica (una expresión que describe la práctica de exigir una prueba imposible)».
A esas resoluciones judiciales adversas para Soler, de 55 años, se suman otras circunstancias que hacen que la «impotencia total» que dice sentir se agrave. Tal y como relata, el mayor de sus hijos (23 años) vive con él desde hace varios meses, pero su ex mujer le sigue reclamando su pensión; vendió la casa que tenía para poder liquidar su empresa quebrada y además abonó 20.000 euros de la deuda que arrastraba de la manutención de los hijos, aunque a efectos jurídicos no se ha reflejado ese pago; Cristina C. A., que no trabajaba mientras estuvieron casados, ha tenido diversos empleos como interina en varios tribunales…
«No sé que está pasando. Esto es irracional. Estoy perplejo. Han conseguido convertirme en un esclavo, porque la única opción que tengo ahora es buscarme otro trabajo a cambio de comida, porque si me pagaran con dinero me lo quitarían automáticamente. Y lo más sangrante es que cualquier resolución va a pasar por el mismo juzgado y el mismo juez. Es una indefensión total».
El abogado de Soler va a presentar esta semana un «escrito de oposición» a la ejecución del auto que ordena la retención total de su nómina, dictado a instancias de una demanda presentada en los tribunales por su ex mujer. En ese documento de alegaciones se incluirán datos «como que el hijo mayor hace más de dos años que no vive con su madre».
«La Ley de Enjuiciamiento Civil establece que no es posible embargar sueldos por encima del salario mínimo interprofesional. Esa regla general tiene una excepción, las pensiones alimenticias a favor de los hijos», explica el letrado. «Pero claro, aquí se abre un gran debate jurídico: ¿hasta dónde se puede embargar a una persona? En este caso, si se aplica la ley al pie de la letra el afectado no puede vivir y eso es inconstitucional», añade.
El auto en cuestión establece que Soler tiene que adeudar 57.493,18 euros «por falta de actualización de la pensión alimenticia por IPC y por pagos parciales o impagos parciales desde la firma del convenio regulador hasta el mes de junio de 2008». A esta cifra se añaden otros 17.247,95 euros «que prudencialmente se fijan en concepto de intereses y costas», tal y como desglosa el citado documento.
Casajuana, que se ha hecho cargo ahora de la defensa de Soler de forma altruista, apunta un nuevo dato para el análisis. Su cliente solicitó un abogado de oficio y le dijeron que tendría que esperar «más de dos meses» para que se lo asignaran. Mientras, el plazo para tratar de paralizar la ejecución del citado auto es de 10 días desde el momento en el que se le notifica al interesado.
Aparte, Casajuana va a iniciar «próximamente» los trámites oportunos para volver a solicitar una nueva revisión de la pensión alimenticia fijada en 2006, que con las actualizaciones del IPC se ha incrementado hasta 1.732 euros mensuales. «La sentencia de la Audiencia Provincial que denegó su modificación no fue recurrida en su día y ahora es firme, pero no impide que se repita un nuevo procedimiento judicial ante el mismo Juzgado 80», asegura.
Entre tanto, José Luis Soler se pregunta cómo podrá pagar el mes que viene los 750 euros de alquiler del piso en el que vive con su hijo mayor, que está estudiando Magisterio, y cómo comerán ambos si de su nómina no va a llegar a su cuenta ni un solo céntimo.
El mundo
20 de enero 2013
http://mascustodiascompartidas.wordpress.com/2013/01/20/obligado-a-pagar-a-su-ex-mujer-1-800-al-mes-el-100-del-sueldo/
http://mundo-edicion-impresa.vlex.es/vid/obligado-pagar-ex-mujer-mes-sueldo-415641010#
http://www.ministeriodeequilibrio.com/viewtopic.php?p=68012

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