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jueves, 28 de febrero de 2013

Condenan a una mujer a llevar a sus tres hijos a México para que los vea el padre

Jueves, 28 de Febrero, 2013
La imagen pertenece al siguiente enlace:
- Ordenan volver a México a 3 niños españoles aunque la madre tiene la custodia
La Audiencia pide que se restituyan las visitas paternas en 30 días de acuerdo con el Convenio de la Haya
La sección décima de la Audiencia de Valencia ha confirmado la decisión de un juzgado de primera instancia de Moncada que ordenó a Isabel Monrós, residente en la localidad de Alboraya a trasladar "inmediatamente" a México a sus tres hijos menores (uno de 13 y dos gemelos de 10) para que el padre, del que está divorciada, pueda ejercitar sus derechos de visita.
El juzgado le concedió 30 días improrrogables para la entrega a los niños, a partir de la resolución que confirmó en diciembre la Audiencia Provincial, según los autos del TSJ.
La mujer trasladó a los niños a España en 2010, lo que fue denunciado por el progenitor.
El Abogado del Estado pidió al juzgado de primera instancia que se ordenara la restitución inmediata de los menores a México. La a petición la apoyó el ministerio fiscal, al entender que se había incurrido en un "traslado ilícito", de acuerdo con el Convenio de La Haya.
En apoyo de esta pretensión, se esgrimió que los padres estaban afectados por una sentencia de 2009 dictada por un juzgado de México, que daba la guarda a la madre con un "amplio" régimen de visitas a favor del padre, y exigía que en el caso de que los niños tuvieran que viajar debían obtener autorización del progenitor.
Dos meses después de instalarse en Alboraya (junio de 2010), la mujer comunicó al juzgado que fijaba aquí su residencia. El padre solicitó la restitución de los hijos, y se tramitó la petición a las autoridades españolas. La madre alegó que no existía régimen de visitas porque en el trámite procesal se había anulado y argumentaba un "grave riesgo" para los menores al no haberse fijado pensión, no haber pagado el padre y carecer ella de ingresos.
Sin embargo, en esta primera resolución, el juzgado, entendió que el caso se incluye dentro de uno de los supuestos del Convenio de la Haya y desestimó los argumentos de la madre, al entender que seguía vigente el régimen de visitas, que ella convirtió en "inviable" con la decisión "unilateral" de viajar a España, con la que contravino la obligación de comunicar estos desplazamientos.
La sentencia alegaba que era "esencial" para los menores el mantenimiento de la figura paterna y subrayaba que satisfactoria integración de los niños en el país no podía servir para rechazar las peticiones de Abogacía del Estado y fiscal.
Ahora, la Audiencia ha desestimado el recurso de la madre que recogía que para los niños podía suponer un "peligro físico, emocional y psicológico" el contacto con el padre por su "conducta depravada", ya que sostiene que es bisexual.
http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2013/02/28/condenan-mujer-llevar-tres-hijos-mexico-vea-padre/978013.html

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