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lunes, 18 de febrero de 2013

Ocho meses de cárcel para una mujer que incumplió el régimen de visitas a su hija pactado con su exmarido

Lunes, 18 de Febrero, 2013
Sede de la Audiencia de Cantabria en Las Salesas
La Audiencia de Cantabria ha condenado a una mujer a una pena de ocho meses de cárcel por un delito de desobediencia a la autoridad judicial, ya que está acusada de incumplir el régimen de visitas pactado con su exmarido para que éste viera a la hija de ambos.
La sentencia, recogida por Europa Press, desestima el recurso de apelación interpuesto por la mujer, A.V.M., y ratifica un fallo previo del Juzgado de lo Penal dictado en noviembre de 2011.
De acuerdo con el fallo, la acusada se divorció en 2008 de su marido y padre de su hija, y el juzgado la atribuyó la guarda y custodia de la menor, estableciendo un régimen de visitas a favor del padre.
Ante el incumplimiento "reiterado" de ese régimen de visitas, el hombre interpuso una demanda para reanudar las comunicaciones con su hija, lo que dio lugar a una providencia, en septiembre de 2008, para que la acusada cumpliera los términos de las visitas y comunicaciones telefónicas de la menor con su padre.
Pero, días después, y ante el incumplimiento de esta resolución, se dictó una nueva providencia para que la mujer informara del paradero de la pequeña e indicara un número de teléfono en el que contactar con ella.
En octubre de ese año y en marzo de 2009 se volvieron a dictar nuevas providencias para que la mujer cumpliera el régimen de visitas y comunicación telefónica, y facilitara un número de teléfono. Asimismo, se acordó la modificación del régimen de visitas establecido un año antes.
También se advirtió a la mujer que si incumplía el contenido de este nuevo auto se entendería que cometía un delito de desobediencia a la autoridad.
A pesar de todo ello, la acusada no cumplió "en ningún momento" con lo acordado judicialmente, por lo que se la condenó a un delito de desobediencia a la autoridad judicial y se la impuso una pena de ocho años de cárcel, pena que ha sido ratificada ahora por la Audiencia.
http://www.20minutos.es/noticia/1733604/0/

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