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viernes, 14 de noviembre de 2014

La Asociación de Peritos, ASEMIP y el Colegio de Abogados analizan la prueba pericial en procesos de familia

Viernes, 14 de Noviembre, 2014


Los expertos coinciden en la importancia de estos informes en esta jurisdicción
La Asociación de Peritos Colaboradores con la administración de justicia de la Comunidad Valenciana, la Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales (ASEMIP) y el Colegio de Abogados de Valencia resaltaron durante una jornada celebrada en la Ciudad de la Justicia sobre "Pericial Psicológica en Procesos de Familia" la problemática compleja y controvertida en estos procesos. Sobre la mesa varias cuestiones: ¿Los profesionales intervinientes en el proceso de ruptura protegen el interés superior del menor? y ¿hasta qué punto las pruebas psicológicas periciales cumplen las expectativas?
"Si estamos aquí es porque queremos aportar soluciones a esta situación. Constatamos que un alto porcentaje de las pruebas periciales psicológicas que se realizan actualmente no satisfacen a las partes implicadas", dijo Mª Jesús Ferreiro

Luis Ignacio Arego, abogado y presidente de la sección de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Valencia manifestó que "el menor debería dejar de ser protagonista en estos casos e incluso no participar en un escenario que seguramente le dejará una huella en su crecimiento".
La solución, según Arego, pasa por que los protocolos sirvan para dotar a la prueba de las necesarias garantías; y este protocolo no es para mejorar el funcionamiento de los E.P. propiamente dichos, sino la manera o método de realizar sus informes.

Mª Paz Antón, vicepresidenta de ASEMIP: resalto la exigencia imperiosa de la formación de todos los profesionales intervinientes en el proceso de ruptura, unido a la implantación de protocolos de actuación, para proteger al menor y evitando con ello resoluciones no ajustadas a la realidad en la que se desenvuelven los menores día a día, donde se ven privados de mantener una relación con uno de sus progenitores, y además de obstaculizarse la relación con otros parientes cercanos, como los abuelos





Amparo Cabrera (psicología clínica) expuso que quienes en su juzgado no tienen o cuentan con un gabinete psicosocial adscrito al juzgado  y gratuito han de acudir a unos peritos privados. Y la representante de Asemip, Olga Beltrán ("En algunos casos, hemos llegado a escuchar que estos informes satisfacen a quien los ha pagado, lo que invalidaría su objetividad") apunto que estos informes privados, que se denominan también "de parte" encuentran muchos obstáculos en los juzgados. Muchas veces una de las partes aún existiendo equipo psicosocial en el propio juzgado aportan en su demanda inicial un informe de un perito contratado por ellos.
Este informe es mirado con recelo, y sobre todo cuando es presentado por el padre y en él se argumenta la necesidad de establecer una custodia compartida como regimen de estancias de los hijos con los dos padres basada en la necesidad de que los menores mantengan sus vínculos con ambos progenitores.
Todos conocemos del machismo que impera y que aplican los juzgados, y no sólo por parte de los jueces. Ellos son quienes mantienen el poder de decisión (ahora, pues hasta hace poco tiempo,  y desde el año 2.005 se otorgo a la fiscalía el poder de determinar que la custodia compartida no se aplicase puesto que se encontraba condicionado al informe favorable del Ministerio Fiscal a favor de la custodia compartida). Fue el Tribunal Constitucional, y una vez que se produjo un cambio de gobierno -salió el PSOE, que fue quien de forma engañosa aprobo dicha reforma de ley- quien a través de la sentencia del 17 de Octubre de 2.012 produjo dicho cambio, estimando la demanda de inconstitucionalidad que  planteó en el AÑO 2.006 la la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de las Palmas de Gran Canaria en concreto al apartado número 8 del artículo 92 del Código Civil español, y no permitiendo a los Fiscales tirar hacía atrás muchas demandas de custodia compartida solicitadas por los padres. Pues no hay ley escrito, y probablemente orden escrita tampoco, pero existe la oposición de la Fiscalía a la custodia compartida en la práctica, por desgracia.
Tanto los jueces con sus sentencias, como los fiscales con sus informes, se oponen en la práctica aún a la custodia compartida, la mayoría, y aplican la imposición de la custodia materna, de ahí que aproximadamente el 90 % de custodias son maternas.
Pero por desgracia los equipos psicosociales de los juzgados tienden a oponerse a la custodia compartida igualmente.


Enlaces:
- A propósito de los Equipos Técnicos Psicosociales adscritos a los Juzgados de Familia
- Equipos Técnicos Psicosociales adscritos a los Juzgados de Familia
- El Defensor del Pueblo investiga a los psicólogos de los Juzgados de Familia
- Queja al Síndic sobre el equipo psicosocial de Alicante
 - Cómo defenderse de un informe forense de la Administración en el ámbito Penal
- Me quieren apartar de la vida de mi hija de 12 años
"Los equipos psicosociales de España trabajan con un sesgo determinado y se deben a la ideología imperante"
- ¿Cómo detectan mentiras en un juicio? Manual práctico para juristas y psicólogos.
- JORNADA SOBRE PERICIAL PSICOLOGICA EN EL PROCESO DE FAMILIA, VALENCIA 31 Octubre



Fuente.
- La Asociación de Peritos, ASEMIP y el Colegio de Abogados analizan la prueba pericial en procesos de familia
http://www.lawyerpress.com/news/2014_11/1211_14_002.html

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