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domingo, 24 de noviembre de 2013

El régimen compartido se impone en el 26% de casos

Domingo, 24 de Noviembre, 2013
 Enlaces:
- La provincia lidera la concesión de custodias compartidas en España
- La jueza de Familia dice que la custodia compartida busca lo mejor para el niño
- Familia asume en 6 meses el volumen de casos recomendados para todo un año
- Un juzgado de Elche dicta la primera sentencia con aplicación de la Ley Valenciana de Custodia Compartida
- Disputas por a qué colegio va el menor o si toma la comunión

En el 35% de situaciones los padres llegan a un acuerdo y en el resto la decisión se toma mediante sentencia
La magistrada Sandra Peinado.
Desde la entrada en vigor en 2011 de la ley valenciana de «Relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven», la Comunidad regula las custodias de forma distinta a otras zonas de España, que se rigen por el Código Civil. La jueza considera que esta ley tiene el aspecto positivo de no impedir la custodia compartida solo por el hecho de que se presente una denuncia por violencia de género (algo que, sostiene, se ha detectado que se hace falsamente en algún caso solo con la finalidad de obtener la custodia) o de limitar temporalmente el uso de la vivienda (pues antes quien cuidaba de los hijos disfrutaba ilimitadamente de la casa, aunque fuera del otro ex cónyuge), además de que establece una lista de criterios que se revisan uno a uno para determinar el régimen de custodia (desde la voluntad del menor a la capacidad de los progenitores). Como contrapartida, los aspectos negativos son que el juzgado ha de fijar cuál es la contraprestación que se paga a la ex pareja cuando la vivienda era de los dos (una cantidad difícil de calcular) y que se prima la custodia compartida antes que la materna o paterna, cuando para la magistrada deberían estar en igualdad y aplicarse en cada caso la más adecuada.
En el primer semestre de 2013, ha habido en Elche un 35% de casos sin debate sobre la custodia (en ellos se ha optado en un 65% por la materna, 20% por la paterna y 15% la compartida). En cuanto a los casos en los que ha habido procedimiento contencioso (juicio y sentencia), en el 57% ha sido materna, el 15% paterna, el 26% compartida y el 1% repartida (cuando hay varios hijos y no se quedan con el mismo).
El trabajo de la jueza en este ámbito se apoya en peritos judiciales y requiere formación casi psicológica, pues necesita detectar cuándo alguno de los progenitores solo quiere la custodia por motivos económicos, para presionar a la otra parte o pensando que eso le exime de pagar pensiones de alimentos, pero en realidad no está implicado. A menudo toca hablar con los menores (siempre si tienen más de 12 años), pero no acuden a los juicios.
http://www.diarioinformacion.com/elche/2013/11/20/regimen-compartido-impone-26-casos/1439765.html

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