La Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, una ONG que seguro recibe parte de los miles de millones de euros que provienen desde Europa a España, en concepto de Igualdad, emite un comunicado donde muestra su oposición a que los niños, los hijos de padres separados, puedan seguir disfrutando y disponiendo de tanto las atenciones y los cuidados de su padre y de su madre,
En el fondo de la cuestión se encuentra el odio que profesan a los varones y el objetivo de seguir manteniendo el poder a las mujeres a través de la custodia a la madre impuesta por los juzgados en un 90% de casos. Declarando hijos huérfanos de padre vivo de forma directa consiguen además arruinar no sólo la vida de los menores, sino también la del padre de los menores, de ahí que exista un objetivo en ocultar el suicidio de aproximadamente 1000 varones al año, que como origen parte de un divorcio o ruptura de pareja con hijos.
Estas mujeres pretenden mantener la imposición de la custodia a la madre, apartando al padre de la vida de sus hijos, pues su figura paterna se convierte en un nuevo visitante, el cual sólo mantiene la obligación de mantener económicamente el domicilio familiar y el pago de la pensión de alimentos, que es más un sueldo para la madre que un dinero destinado a la manutención de los hijos. El que pasa a desempeñar el verdadero papel de un padre en la crianza de los hijos el el nuevo novio o marido de la madre,
Uno de los comentarios de la noticia:
Vamos , resumiendo, que cuando veis peligrar vuesra estabilidad propia (gracias a lo que la ley os ha dado por sacar al padre de la vida de vuestros hijos), es cuando os acordais de los menores.La dirección de este grupo de feministas de género, se ubica en la Plaza de Juan Zorrilla, nº2 – 1ª Planta, en Madrid. Su teléfono es el 91 308 27 04, la dirección de email: comision@malostratos.org, y su página web: http://malostratos.org/.
Quien utiliza un hijo como medio de vida, no se merece absolutamente nada, una buena madre no se aprovecha de esas situacion.
El comunicado:
Nuestra experiencia nos dice que la custodia compartida de imponerse como preferente no va a tener en cuenta el interés superior de los y las menores en los procedimientos de ruptura de la convivencia.
En la actualidad no existen datos estadísticos ni estudios que corroboren que la custodia compartida impuesta esté dando buenos resultados, ni que su consideración como sistema preferente sea lo más beneficioso para evitar conflictos y procesos judiciales entre los progenitores.
Por el contrario, cualquier medida impuesta tendrá muchas más posibilidades de fracaso que de éxito.
En las relaciones familiares no existe un sistema de custodia preferente “per se”, porque cada familia es única y es la dinámica familiar mantenida durante la convivencia la que debe marcar las relaciones familiares después de la separación. Como ha dicho en numerosas ocasiones el Tribunal Supremo, se trata de aproximar el régimen de custodia después de la ruptura, al modelo de convivencia existente con anterioridad, para que esta afecte lo menos posible a los/as hijos/as.
Por tanto, en cada supuesto habrá que valorar cual es la mejor opción para esa relación y las medidas más adecuadas para garantizar el interés superior de los/as menores, estando contraindicado que de antemano se considere un sistema mejor sobre otros cuando cada realidad es distinta.
En este sentido, habrá que valorar la dedicación pasada y presente a la familia por parte de ambos progenitores, la existencia de violencia machista, la conflictividad existente entre los progenitores y cómo está afectando esto a sus hijos/as, el plan de parentalidad ofrecido por ambos progenitores y el plan de ejecutabilidad del mismo de modo personal por parte de cada uno de los progenitores y no por parte de terceras personas (abuelos/as, tíos/as, otros/as familiares, nuevas parejas…).
Consideramos que no tiene ningún sentido repartir lo que nunca se ha compartido, y que en muchas ocasiones, lo que subyace debajo de estas peticiones son motivos meramente económicos, como evitar el establecimiento de una pensión alimenticia o propiciar la liquidación del domicilio familiar, cuestiones todas ellas que nada tienen que ver con el interés superior de los/las menores.
Debemos tener en cuenta que existen supuestos en los que está contraindicada la guarda y custodia compartida, por lo que no es apropiado, ni adecuado que se establezca como preferente otorgándole un carácter más adecuado que no debería tener.
Por ello desde nuestra organización no podemos apoyar ninguna iniciativa, como la que recientemente se ha presentado en el Congreso por parte de algunos grupos parlamentarios, que pretenda imponer a una familia “a priori”, cómo debe regular sus relaciones familiares en el caso de ruptura de la convivencia.
Y es que la igualdad no se consigue a base de experimentar con los hijos, sino cambiando primero el modelo ideológico, social y cultural patriarcal que hace de la realidad social un ejemplo de la discriminación que todavía hoy en día sufren las mujeres por el hecho de serlo.
Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres.
La Comisión de malos tratos a Mujeres, considera un obstáculo la custodia compartida PREFERENTE para el interés superior de los y las menores
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