El Consejo de Ministros dio ayer luz verde al
anteproyecto de ley que regulará la custodia compartida en
caso de nulidad, separación y divorcio. El objetivo es lograr un
sistema legal en el que desaparezcan las preferencias por la custodia
monoparental del actual artículo del Código Civil. En este sentido, el
ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, explicó que la custodia
compartida no puede ser excepcional, sino normal. Si bien, en el
anteproyecto «no se establece la guarda compartida como preferente o
general», como recoge la futura normativa, sino que será el juez el que,
en cada caso concreto, y siempre actuando por el interés del menor,
determine si es mejor un régimen u otro. De hecho, incluso el juez podrá
imponer la custodia compartida, aunque los padres se opongan.
«Esta
situación de oposición por parte de los padres sólo podría darse en el
caso de que ambos progenitores demandaran la custodia monoparental para
sí mismos, por lo que ambos estarían en disposición de atender al o a
los menores y en ningún caso se referiría a que se opusieran a la
custodia compartida en favor del otro porque sería una falta de
responsabilidad. Pero ¿qué sucedería si ambos deciden en favor del otro?
Hay que responsabilizarse de los hijos, aunque no me parecería la mejor
opción para el menor», ha explicado José Antonio Caparrós, presidente
de la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva.
El
juez también será el que regulará los tiempos, ya que la custodia
compartida no tiene por qué implicar necesariamente una alternancia de
residencia de los hijos con los progenitores.
Gallardón anunció
también que los condenados por violencia machista no tendrán la guardia y
custodia de los hijos. De modo que cuando el juez vislumbre indicios
fundados de que el padre es un maltratador, tampoco tendrá la custodia
del menor, incluso aunque no exista denuncia de malos tratos. Si bien,
como explican desde la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por
la Custodia Compartida, no sólo afectará al padre, sino a los
progenitores, ya que el anteproyecto especifica que el juez podrá tomar
esta decisión en caso de violencia doméstica y de género. En concreto,
«para prevenir, erradicar y castigar la violencia doméstica y de
género... se prevé que no se otorgará la guarda y custodia, ni
individual ni compartida, al progenitor contra quien exista sentencia
firme por violencia doméstica o de género hasta la extinción de la
responsabilidad penal, o cuando existan indicios fundados».
Sólo seis países europeos la citan
Se
trata, en definitiva, de dar un paso adelante para normalizar lo que es
o debería ser normal, aunque en realidad sólo seis países europeos
hablan en sus leyes de custodia compartida (Bélgica, España, Francia,
Inglaterra y Gales, Italia y la República Checa). Y en la práctica,
según datos del INE, de los 103.290 divorcios que se produjeron en
España en 2011, 54.977 tenían hijos y en la mayoría de los casos, el
81,6 por ciento, la custodia se le adjudicó en exclusiva a la madre. Y
sólo un 12,2 por ciento fue custodia compartida. El resto, al padre o a
otras personas.
LA RAZÓN lo adelantó
Este
periódico ya avanzó la reforma para velar por el menor. El pasado 10 de
junio, LA RAZÓN explicaba que el Ministerio de Justicia ultimaba una
norma «única y nacional» respecto a la guarda compartida.
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