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miércoles, 2 de octubre de 2013

La Junta deberá indemnizar con 60.0000 € por retirar a un padre la custodia de sus gemelos

Miércoles, 2 de Octubre, 2013
Enlaces:
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- Condena a la Junta por quitar a un padre la custodia de dos de sus hijos
24 de junio de 2012
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- El juez dice que la Junta actuó con una 'celeridad inusitada'
Alejo Pozo, en el centro, en una imagen de archivo con sus abogados, durante un acto en el que denunciaba su situación
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a la Junta de Andalucía a indemnizar con 60.000 euros a un padre, Alejo Pozo, por quitarle "con una celeridad inusitada" y de manera irregular la custodia de dos de sus hijos, los gemelos Ignacio y Azucena, "una actuación antijurídica que ocasionó un daño" al progenitor "al extraer a los menores de su ámbito de actuación".
En una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo confirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y rechaza el recurso interpuesto por el padre de los niños, Alejo Pozo, que falleció víctima de un cáncer en 2010, en pleno proceso judicial, y que reclamaba a la Administración autonómica el pago de 1.375.600 euros tras 12 sentencias judiciales a su favor.
En su momento, el Alto Tribunal andaluz tachó la actuación de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de "antijurídica", lo cual "se evidencia en las sentencias judiciales recaídas en los procedimientos civiles, en las que se reconoce que la Administración actuó con una celeridad inusitada en el dictado de las resoluciones de protección de los menores, sin audiencia del padre, pese a ser conocido por los servicios sociales, e incluso pretendiendo privarle de la patria potestad cuando cuidaba de otra hija con la que convivía".
No obstante, el TSJA consideró que la reclamación del padre "es absolutamente desmesurada" y redujo a 60.000 euros la indemnización a favor de Alejo Pozo, un maestro albañil que falleció en octubre de 2010 tras una década de lucha y sin poder recuperar la custodia de los dos gemelos ni tampoco de otra hija, Silvia, aunque sí logró mantener consigo a Alejandra. Así, el padre realizó una reclamación patrimonial a la Junta por la declaración de desamparo y dación en acogimiento familiar preadoptivo de sus hijos gemelos.
En su recurso ante el Supremo, Alejo Pozo alegó que la sentencia del TSJA "es incongruente y está inmotivada" en cuanto a la indemnización, la fijación de intereses y la petición de condena en costas, motivo que el Supremo rechaza al entender que el Alto Tribunal andaluz "explicó cuáles han sido las circunstancias que ha ponderado en la fijación de la indemnización", y "previamente examinó y se pronunció sobre la concurrencia de los requisitos de la responsabilidad patrimonial".
Al hilo de ello, el Supremo enumera una serie de factores "relevantes" que el TSJA tuvo en cuenta para reducir la indemnización reclamada, entre ellos que, por ser la madre drogodependiente, "los niños nacieron con síndrome de abstinencia y opiáceos en la orina", así como que "existían antecedentes de acogida de otros hijos de la pareja" y que la madre falleció poco después de su nacimiento, dice la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
A ello se suma que "no consta que ningún familiar se interesase por los menores" y que existen "varios" informes de la Delegación de Bienestar Social del Ayuntamiento de Sevilla y de los psicólogos de los juzgados de Familia "que no consideraban capaz al padre para la educación y el mantenimiento de los hijos y el ejercicio de la patria potestad responsable".
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/21/andalucia_sevilla/1340298912.html

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