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lunes, 10 de marzo de 2014

Custodia (sanitaria) compartida

Lunes, 10 de Marzo, 2014
Enlaces:
- Sanidad elabora una instrucción para garantizar a los padres la custodia compartida en la asistencia médica  (Primera autonomía en hacerlo)
- Pilar Marco: "En los colegios hay buenos profesores pero malos abogados"
 más enlaces en "Más información"
- Valencia pide el permiso de los dos cónyuges separados para tratamientos graves u operar a los hijos
- Andalucía también toma medidas para informar a ambos padres
Ambos padres deben opinar sobre la salud de sus hijos
Jesús se enteró de que su hijo de siete años tenía una hernia testicular por casualidad, por el comentario de una vecina. Y no supo que, además de la hernia, también habían operado de fimosis al pequeño hasta que salió del quirófano. No es extraño que el progenitor que no tiene la custodia del menor se quede al margen de las cuestiones que afectan a la salud de su hijo cuando no hay comunicación entre parejas rotas. Para evitar estos casos, la Generalitat valenciana ha remitido a sus centros sanitarios unas instrucciones en las que pide, entre otros aspectos, que ante cualquier intervención quirúrgica, atención psicológica o tratamientos médicos relevantes se exija un consentimiento conjunto de los dos progenitores.
La decisión adoptada es una respuesta a una solicitud planteada por la Asociación por la Custodia Compartida de Valencia, como apunta su presidenta, Pilar Marco. “Nos llegaban quejas de padres y madres que, o no podían acceder a información relevante o se enteraban de aspectos relacionados con la salud de sus hijos con el paso del tiempo, después de que estos acontecimientos hubieran sucedido”, relata.
La Generalitat valenciana es la que más lejos ha llevado la corresponsabilidad sanitaria de los padres separados, como apunta Marco, que también es la responsable de la Unión Estatal de Asociaciones y Federaciones por la Custodia Compartida. Pero no es la única autonomía que ha tomado decisiones en esta dirección. Andalucía puso en marcha el pasado mes de diciembre un protocolo en sus centros sanitarios destinado a permitir que cualquiera de los progenitores separados tenga acceso a la historia clínica. La fórmula empleada es distinta a la elegida en la Comunidad Valenciana. No se pide de oficio el permiso de ambos padres para determinados actos médicos. Además, se exige presentar la sentencia de divorcio ante el personal sanitario para que compruebe que no hay órdenes de alejamiento u otras medidas que le impidan acceder a la información sanitaria.
Fuentes de la Junta de Andalucía apuntan que la decisión se tomó por recomendación de sus servicios jurídicos, no porque se hubieran detectado problemas entre las exparejas.
Pilar Marco sí recuerda casos de niños que no estaban vacunados porque el progenitor sobre el que recaía la custodia era contrario a la inmunización sin que hubiera participado en la decisión la expareja. O menores a los que se les había diagnosticado algún tipo de alergia o se les había operado, como el caso de Jesús, y no se había compartido esta información. A Gabriel Pérez, valenciano de 37 años, nadie le consultó si estaba de acuerdo con el tratamiento con hidrocloruro de metilfenidato —Equasym, un fármaco psicoestimulante— de su hija, de 8 años, para tratar su trastorno de déficit de atención e hiperactividad. “Me enteré cuando mi expareja me mandó la factura de la medicación para pagar mi parte”, relata. “Lo que sé de las pastillas es lo que he leído en Google. Mi abogada me dijo que podía pedir una consulta con el neuropediatra para que me informara sobre el tratamiento, y me han dado cita para principios de abril”, comenta.
Marcos explica que suele ser la persona a la que se concede la custodia del menor la que tiene su tarjeta sanitaria. Depende de su voluntad entregarla a la expareja cuando le corresponde a esta estar con el menor de acuerdo con el régimen de visitas acordado. No siempre sucede. Además, la presidenta de la asociación advierte de que la confusión que en ocasiones se produce entre la custodia (individual cuando recae en uno de los miembros de la expareja) y la patria potestad (que suele ser compartida) puede dar lugar a equívocos de forma que el pediatra o el médico solo responde ante el progenitor sobre el que descansa la custodia, que es quien tiene la tarjeta del pequeño y, por ello, la llave al expediente sanitario completo. “Sin tarjeta sanitaria puedes acudir a un servicio de urgencias, pero no al pediatra”, comenta.
Por ello, una de las medidas que contempla las instrucciones distribuidas por la Generalitat incluye algo tan simple como la expedición de tarjetas al cónyuge que lo solicite, de forma que tanto el padre como la madre puedan acudir al pediatra y acceder al expediente del menor siempre que lo deseen. Desde que esta medida se puso en marcha a finales del año pasado, ya hay 300 personas que han solicitado el documento.
A Ana María Pérez del Campo, de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, estas medidas no le parecen necesarias. “La ley ya obliga a quien tiene la custodia a compartir esta información si, por ejemplo, se ingresa al niño en el hospital”, relata. “Es una responsabilidad que compete a los padres, y si no cumplen con ella, para esto están los juzgados”, añade. A Ángela Carrillos, presidenta de la asociación de Mujeres Juristas Themis sí le parece una buena iniciativa este tipo de medidas. “Aunque no coincidimos con los puntos de vista de la custodia compartida, estas instrucciones sirven si son úitiles para dejar las cosas claras” respecto a la información sanitaria de los menores.

Doble autorización

Las instrucciones de la Generalitat valenciana indican: “En intervenciones quirúrgicas, atención psicológica o tratamientos médicos que requieran el consentimiento informado, los padres deberán prestar conjuntamente su consentimiento”.
Si no hay consenso “y se pone en riesgo la salud del menor, se pondrán los hechos en conocimiento del Fiscal”.
Se excluyen “urgencias vitales o decisiones rutinarias”.
Ambos progenitores deben mantener la patria potestad.

Con información de Reyes Rincón.

También en educación

Si en el ámbito sanitario son recientes las fórmulas destinadas a extender a los dos progenitores la información relativa a sus hijos cuando no conviven, en otros ámbitos, como el educativo, estas iniciativas están mucho más extendidas.
Lo recuerda Pilar Marco, de la federación de asociaciones que trabajan por extender la custodia compartida. “Ya hay medidas de este tipo en autonomías como Navarra, Andalucía, Cataluña o Galicia”, relata.
Estas regiones cuentan con protocolos destinados a hacer partícipes a los padres separados de las notificaciones referidas a calificaciones, permisos para excursiones, autorización de matrícula o reuniones escolares. En el ámbito académico suele haber menos problemas que en el sanitario, y está generalizado el envío por duplicado de información al padre y a la madre.
Marco destaca la importancia que tiene trasladar al padre y la madre toda la información. “Imagina que un transporte escolar sufre un accidente y un niño se encuentra grave por acudir a una excursión a la que uno de los progenitores no ha dado su consentimiento; se puede crear un problema serio”, relata Marco. “Hasta que no se ponen encima de la mesa las repercusiones derivadas de no compartir la información no se plantea la necesidad de extender estas medidas”, añade. “Se trata de iniciativas que responden a la necesidad de adaptarse a las nuevas realidades sociales que se presentan en las familias”.

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2014/03/09/actualidad/1394385505_914244.html


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 - Subido en Youtube: La Tertulia 05-03-13 - Canal 9 
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