Publicamos hace escasos días otra entrada de otro de los pocos medios que van a recoger este escándalo (Una juez falsea más de 750 informes psicosociales que tienen que ver con la custodia de hijos de padres separados). Merece la pena dar difusión a también este otro medio que no se acongoja ante las represalias de la industria de género, pues denuncian a la propia Juez titular del Juzgado de Familia número 28 de Madrid, con nombre y apellidos: Emilia Marta Sánchez Alonso
Utilizó a la psicóloga, y ésta a su vez participó, en muchos procedimientos de familia dónde se dirimía la custodia de menores derivados de separaciones o divorcios.
la juez le indicó que se diera de baja del Colegio de psicólogos, entendiendo que así el colegio no podría seguir sancionándola, quedando su actuación al margen del colegio, del código deontológico y de las normas que rigen la práctica profesional de la psicología. Inclusive, la juez le indica supuestamente que, “si no va a trabajar por la sanción del Colegio de Psicólogos, entonces ella misma la denunciaría“.
Citamos a esta juez en esta noticia:
- La abogada Elsa Gutiérrez Alba ve bien discriminar a uno de los hermanos sin custodia compartida
Fuente:
Solicitan a la Fiscalía General del Estado que investigue a una juez de familia por presuntos delitos de prevaricación, cohecho y falsedad de prueba pericial
https://www.noroestemadrid.com/2017/12/solicitan-a-la-fiscalia-general-del-estado-que-investigue-a-una-juez-de-familia-por-presuntos-delitos-de-prevaricacion-cohecho-y-falsedad-de-prueba-pericial/
La Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción, que preside Manuel Romeral Frías, ha presentado un escrito ante la Fiscalía General del Estado a través del que solicita que investigue con carácter urgente -formulando en su caso la correspondiente acusación- presuntas actuaciones irregulares del Juzgado de Familia nº28 de Madrid y que podrían constituir delitos de prevaricación, prevaricación administrativa, cohecho pasivo y generación de prueba pericial falsa de una manera sistemática y continuada durante al menos 10 años, las cuales habrían afectado a cientos de familias y más de mil menores,sobre cuya custodia ha decidido el tribunal, y en las que estarían implicadas la juez titular del juzgado, Emilia Marta Sánchez Alonso, “solicitando el suplicatorio, contra la secretaria judicial, fiscal del juzgado nº28 en aquella época, y en su caso contra la directora general de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid y personas a su cargo”.Dichas actuaciones se habrían producido con fecha posterior al 1 de abril del 2014, fecha en la que el Colegio de Psicólogos sancionó a la psicóloga del equipo psicosocial adscrito al juzgado citado, Natalene Suances Leenhardt, y habrían estado encaminadas a la no aplicación de la inhabilitación de dicha psicóloga, que ha explicado, y así ha quedado grabado en una cinta que la Asociación denunciante ha aportado como prueba a la Fiscalía y que obra igualmente en poder de este periódico, cómo el Equipo Psicosocial tenía por costumbre reunirse con la juez y con la Secretaria Judicial/Letrada de la Administración de Justicia, Eva María Luna Mairal, y acordaban los informes y las custodias de los menores. “El hecho es realmente grave, dado que la psicóloga informa que ella realizó unos 750 informes mientras trabajó para el Juzgado nº28, lo que podría haber afectado a cientos de familias y miles de niños”, se observa en el escrito de denuncia.La misma psicóloga señala además en la conversación grabada (en la que participan Manuel Romeral, Natalene y una tercera persona) que, a raíz de varias sanciones que le impone el Colegio de Psicólogos de Madrid por violación del Código Deontológico, la juez le indicó que se diera de baja del Colegio de psicólogos, entendiendo que así el colegio no podría seguir sancionándola, quedando su actuación al margen del colegio, del código deontológico y de las normas que rigen la práctica profesional de la psicología. Inclusive, la juez le indica supuestamente que, “si no va a trabajar por la sanción del Colegio de Psicólogos, entonces ella misma la denunciaría“.Durante la referida conversación se recoge que la titular del Juzgado de familia nº28 manda a la Secretaria del Juzgado que se reúna con la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid para que esta no le aplique la sanción que le había sido impuesta y sobre la que previamente el Colegio de Psicólogos había informado a la Consejería, al Decanato y al mencionado Juzgado nº28 como consecuencia de una denuncia ante dicho Colegio formulada por Eugenio Martín Closas, por la que fue sancionada con falta grave e inhabilitación de 3 meses para el ejercicio por no estar colegiada, por violación del código deontológico y por confección de un informe subjetivo, entre otros aspectos.La psicóloga, por otra parte, tiene un cúmulo de denuncias de personas -que no se conocen entre sí- por malos tratos y malos modos y múltiples querellas presentadas por otros perjudicados, además del propio Eugenio Martín, y ha sido sancionada varias veces por el Colegio de Psicólogos de Madrid.Tal y como consta en el escrito presentado ante la Fiscalía por la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción, la psicóloga reconoce que desde el Juzgado nº 28, y en concreto la Secretaria Judicial e incluso la Fiscal que estaba en ese momento en el Juzgado, confeccionaron informes para que la Consejería de Justicia de la CC.AA. de Madrid no aplicara la sanción y, “efectivamente, la Consejería no aplica la mencionada sanción”, según se refleja en la denuncia de la Asociación.
“Después de estar durante años con este funcionamiento acordando las custodias entre el Equipo, la juez y la secretaria, la juez decide no continuar con las reuniones que tenía con el Equipo Psicosocial adscrito por el perjuicio que la estaba causando”, se añade en la denuncia, en la que se recoge asimismo que la juez “no daba credibilidad alguna a los informes que no fueran de su equipo adscrito al Juzgado, forma de actuar que actualmente permanece”.Queja colectiva de 127 perjudicados
Dicha forma de actuar ha sido denunciada ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), formulando queja contra el Juzgado de familaia nº28, por 127 personas perjudicadas, que cuestionan en su escrito la no admisión de pruebas por parte de la juez, la no fundamentación de sus resoluciones, presunto retraso malicioso, etc.A su vez y a título individual presentó queja contra la Juez en el CGPJ Eugenio Martín Closas, la cual fue archivada, si bien está recurrida en la Comisión permanente del CGPJ y admitida a trámite.Sobre los equipos psicosociales en los Juzgados de Familia*
Los equipos psicosociales en los Juzgados de familia tienen su origen en una prueba a modo de testeo que hizo el Consejo General del Poder Judicial. Lo que en principio iba a constituir únicamente un test para verificar el impacto y resultado, se quedó a perpetuidad en los Juzgados sin regularse ni en la Ley de Enjuiciamiento civil ni en cualquier otra norma.Además, la permanencia en la ‘alegalidad’ de estos equipos, en ningún caso tiene su origen en un uso o costumbre social o de una comunidad, por lo tanto, no pueden constituir derecho consuetudinario.Los equipos técnicos que menciona el código civil (art92.6) no hacen mención alguna a que dichos equipos deban estar ‘adscritos’ a los juzgados, dado que supondrían una clara interferencia del Juzgador en la pretendida objetividad e independencia de los peritos; estos equipos técnicos que menciona el CC, se refieren a modo de ejemplo a la clínica médico forense, la cual da soporte a múltiples Juzgados de distintos ámbitos sin adscripción alguna, garantizando una mayor autonomía en su funcionamiento.El personal que compone los equipos psicosociales de los Juzgados de familia, un psicólogo y un trabajador social, son contratados por la Administración de la Comunidad Autónoma correspondiente, y son por lo tanto sus empleadores y pagadores. Sin embargo, y como reconoce expresamente el Juez decano de Madrid, funcionalmente dependen del Juez donde estén adscritos; sería lo equivalente a trabajar de manera transversal en el ámbito de muchas grandes empresas, donde se ceden recursos, es decir personal, para proyectos concretos durante un tiempo más o menos determinado, permaneciendo dichos empleados dependiendo ’estructuralmente’ del área/jefatura correspondiente pero funcionalmente y mientras dure el proyecto bajo las órdenes del Director del proyecto o área al que se le cede el personal.Reconoce expresamente el Defensor del Pueblo que hay infinidad de denuncias y quejas por el funcionamiento de estos equipos, dado que no tienen protocolo alguno de operar.Además, el Boletín Oficial de sesiones del Congreso reconoce expresamente que estos equipos continúan sin estar regulados.Más del 80% de las denuncias contra psicólogos en los Colegios Profesionales de psicólogos son precisamente contra los psicólogos que componen esos equipos.Para más abundamiento, la mayoría de los psicólogos que componen esos equipos no están colegiados, con el objeto de evitar las sanciones del Colegios de psicólogos por las incesantes denuncias por violación del Código Deontológico.Cuando el colegio de psicólogos expedienta a uno de estos psicólogos de los equipos psicosociales, da traslado de la sanción a la Consejería de Justicia de la CCAA correspondiente, al Juez decano, al Juzgado donde esté adscrito y a otros posibles órganos, pero la CCAA de Madrid no aplica las sanciones.En resumen:
- Los equipos están en situación ‘alegal’ al no estar regulados en norma alguna.
- Estos equipos están adscritos al Juzgado de familia correspondiente y carecen de independencia con relación al Juzgador.
- La mayoría de los psicólogos no están colegiados y por lo tanto, son inhábiles para el ejercicio de la psicología, dado que el colegio en sus Estatutos obliga a colegiarse para ejercer.
- La mayoría de estos psicólogos no tienen conocimientos sobre interferencias parentales.
- Tampoco tiene la ‘especialidad clínica’ y en muchos casos ‘diagnostica’ supuestas patologías que sólo podrían ser diagnosticas por un psiquiatra o un psicólogo con especialidad clínica.
- Las entrevistas no se graban, dejando a los progenitores sin capacidad de acreditar lo sucedido en las entrevistas.
- No se da copia de los test que efectúan los padres (ni de las preguntas ni de las respuestas).
- No se da copia de las notas manuscritas de los miembros del equipo.
- No existe protocolo de actuación ni método científico reconocido que regule el funcionamiento de los mismos.
Sobre el Juzgado de Familia nº28 de Madrid**
Emilia Marta Sánchez Alonso, juez titular del Juzgado de familia nº28 de Madrid, se reunió durante aproximadamente 10 años con el equipo psicosocial adscrito a su Juzgado para determinar las custodias. Natalene Suances Leenhardt fue la psicóloga de ese equipo y cuenta en la grabación cómo se reunían con la juez.Natalene intervino en unos 750 informes durante esos 10 años, lo que supone que podrían estar afectadas unas 750 familias y unos 1.500 niños a una media de dos niños por familia.La propia juez indica a Natalene que curse su baja en el Colegio de psicólogos para que el mismo no la pueda sancionar más. Además, cuando le llega una de las sanciones, la juez le dice que, como la cumpla (el periodo de inhabilitación), será ella quien la denuncie.A instancias de la magistrada, la secretaria judicial y la fiscal emiten informes a favor de la psicóloga para que la Consejería de Justicia de la CCAA de Madrid no le aplique la sanción del colegio. Inclusive se reúne la secretaria judicial con la Consejería de Justicia para que no apliquen la inhabilitación. La Consejería no se la aplica. Se trata de la sanción por la denuncia que presentó Eugenio Martín Closas.
1 comentario:
Y sigue siendo noticia el tristemente célebre Juzado 28 de Familia de Madrid.
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