Los dos magistrados que intervienen en el vídeo asistieron a las jornadas organizadas en Madrid el 25 y 26 de Enero pasado, en el Colegio de Abogados de Madrid.
Allí, Ángel Luis Campo Izquierdo (Gijón, juzgado de familia 7) expuso como realmente el menor no tiene quien le represente y defienda en los juicios donde se dirime la custodia de los menores, pues el Ministerio Fiscal siquiera en muchos juicios está presente, y además, aún haciendo acto de presencia no habla ni conoce los deseos del menor. Es más, añadimos desde aquí, en la mayor parte de casos ni siquiera se ha leído los papeles que presenta el padre y la madre, y de manera sistemática se decanta por la custodia materna, habiendo tenido que oír comentarios de padres separados de "usted no se ha leído los papeles", en varias ocasiones durante el juicio, pues sus preguntas a los padres demuestran que desconoce lo que solicita el padre para sus hijos.
De forma que esta reforma de protección a la infancia y adolescencia (Leyes 8 y 26/2015) adolece desde el primero de sus puntos, que es quién se encarga de proteger al menor a nivel jurídico.
Hay que apuntar también el estudio e informe en el año 2014 de la defensora del pueblo, Soledad Becerril, en el cual se piden derechos para el menor, entre ellos el de ser escuchado, y el de disponer de un abogado en el proceso que defienda sus derechos: 'La escucha y el interés superior del menor'
Juan Pablo González del Pozo, (Madrid, juzgado de familia 24) argumenta con respecto a la ley de protección de la infancia que se ha llevado a cabo con demasiada rapidez. Éste es quién considera que el talón de Aquiles de la custodia compartida es la adscripción del uso de la vivienda familiar. Algo muy discutible, pero a la vez cierto pero solo en cierta medida. Ni siquiera sería necesario que la legislación con respecto a la custodia compartida se modifique, como pretendió la falsa promesa del Gallardón con respecto al engaño que se llevó a cabo con la reforma de la ley de divorcio del 8 de Julio del año 2005 de Juan Fernando López Aguilar, o incluso sobraría la reiterada jurisprudencia y doctrina de los altos tribunales, con que solo los jueces y magistrados en las sentencias de separación y divorcio en las medidas de sus sentencias dispusieran algo así como la venta del domicilio familiar inmediata, y a subasta judicial si en el plazo de 6 meses no ha vendido, y estableciera una pensión de alimentos al no custodio de 100 euros (puesto que el custodio se supone que aporta por su parte la mitad), íbamos a ver todos, a miles de mujeres en los juzgados presentar demandas de custodia compartida, cuando no, renunciar y ceder la custodia de los menores al padre.
Uno de los retos que argumentan ambos magistrados tiene la justicia es la especialización de la rama de la Familia en el Derecho.
Del sistema Lexnet para la presentación de documentos vía telemática, ambos coinciden en que por el momento existe un gran descontrol, Los medios no son los adecuados, y el personal físico aún no ha recibido la adecuada formación.
Si muchos padres dispusieran de medios qué ofrecer a la madre de forma que ésta obtuviese mayores beneficios y ventajas que los que casi seguro prevé su abogado va a dictar el juez por la vía contenciosa en su sentencia, los acuerdos de custodia compartida aumentarían con creces. Es por ello que el feminismo y quienes están a favor de mantener la sistemática machista judicial de imponer la custodia materna, ahora que ya la sociedad se manifiesta de forma clara, y en amplía mayoría a favor de la custodia compartida, han cambiado la posición en apariencia contraria hacía el régimen compartido, y ahora maquillan sus intenciones manifestando que no están en contra de la custodia compartida, siempre y cuando se establezca por acuerdo entre la madre y el padre, porque si no hay acuerdo, por la vía contenciosa la muer seguiría obteniendo las mismas ventajas y beneficios, y además el control del menor.
Para dar un mayor apoyo a la última parte del párrafo anterior, vamos a recordar como el feminismo criticaba y se oponía al régimen de custodia compartida porque de esa manera el menor tendría dos viviendas, y argumentan perjuicios de estabilidad en el menor por ello. Ahora este interesado feminismo se olvida de sus palabras, y critica las decisiones de los jueces cuando establecen el domicilio familiar como la vivienda habitual del menor, y son el padre y la madre quienes han de mudarse, e ir con esa mochila a cuesta cuando no están con sus hijos. Argumentan que es inviable para los adultos, y ahora sí consideran que no repercute de forma negativa para el menor esos cambios.
Es evidente éste en un elemento relevante a la hora de la separación, pero no deben de olvidar jueces y magistrados, que durante décadas llevan dictando sentencias de separación y divorcio en las cuales el hombre, el padre, queda literalmente en la calle. Este hecho les ha importante 3 narices a los de negro, incluido el Ministerio Fiscal, pues incluso llega su falta de empatía y desvergüenza, a contestar a padres que les han preguntado en las vistas que cómo van a poder vivir en adelante, que si tienen padres, se vayan a casa de sus padres. ¿Se han parado a preguntarse cómo en esos miserables 4 días al mes que disponen los de negro y consideran como adecuados para establecer, desarrollar o mantener los vínculos de la relación paterno-filial, proporciona el padre un techo a sus hijos cuando les dejan, jueces y magistrados, con menos de 200 euros al menor para comer, dormir y resto de gastos, incluidos los de alimentar a sus hijos en esos días? Hay padres en caravanas, en comedores, en locales comerciales vacíos, en tiendas de campaña, lo que tienen a sus padres con vida, y pueden ofrecerles un techo a ellos y a sus hijos, son hoy día afortunados.
Entrevista de Custodia Paterna al Magistrado Ángel Luis Campo Izquierdo en su despacho:
- Jornadas de abogados, magistrados y jueces de familia en Madrid 5, 6 y 7 de Octubre, 2015. Organizado por el CGPJ.
- Conclusiones del encuentro del enlace anterior
Fuente:
https://www.youtube.com/watch?v=h8tWkC3X-SE
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