http://www.asociacionambos.org/index.php?option=com_content&view=article&id=98%3Aestudio-custodia-compartida-en-espana&catid=1%3Alatest-news&Itemid=588&mid=555581
Sábado, 21 de Marzo de 2009 17:39 Por: José Luis Sariego Morillo / Abogado y Mediador Familiar1.- INTRODUCCIÓNSe ha discutido y se está discutiendo mucho en los últimos tiempos sobre que es y qué beneficios posee la Custodia Compartida, sobre todo a partir de la nefasta nueva regulación de la Ley del Divorcio de 2005, que tantas expectativas había dado, y tantas decepciones está dando.En este artículo, no vamos a tratar de buscar preguntas engañosas ni a dar respuestas a los problemas suscitados como consecuencia de la incoherente regulación de la Custodia Compartida en la nueva ley del Divorcio, sino que vamos a intentar dar una respuesta a distintas preguntas sobre esta figura controvertida, de una forma sencilla y entendible, en las que primará sobre todo el interés superior de los hijos e hijas de este país, cuyos padres y madres se separan, se están separando o se separarán en el futuro. Así, entendemos que la custodia compartida de los menores es aquella que tiende a lograr un reparto equitativo e igualitario en los derechos y deberes de los progenitores (corresponsabilidad parental y marental) para con los hijos e hijas, así como al reparto de espacios y tiempos equitativos e igualitarios de ambos progenitores para con los hijos tras la ruptura de la pareja. Nuestra percepción y concepción de la custodia compartida es muy similar, sino idéntica a las tesis mantenidas por el Premio Nobel Eric R. Kandel, que demostró la importancia de la frecuencia de los estímulos a nivel celular para definir la intensidad de las emociones en todo ser humano, esto es, que para un mejor desarrollo de las personas (en este caso los menores) es muy importante la mayor frecuencia del contacto de los menores con ambos progenitores y sus contextos familiares.Desde mi experiencia profesional de más de veinticinco años en Derecho de Familia, puedo afirmar que nunca hemos estado más cerca de dar respuestas y encontrar soluciones a los problemas que tanto han suscitado las leyes de divorcio de 1981 y la nueva regulación de 2005.Por ello, este artículo pretende dar algunas respuestas sobre las incertidumbres que se han creado sobre la implantación de la figura de la Custodia Compartida, muchas de las cuales tienen componentes fuertemente ideológicos-sexistas y otros, de carácter político-electoral, pero sin fundamentación científica alguna.Así la exposición de motivos de la nueva Ley del Divorcio de 2005 se llena de buenas intenciones que luego quedan en papel mojado a la hora de articular esta figura de la custodia compartida, ya que básicamente deja en manos de las mujeres la decisión de ceder la custodia compartida o no, ya que en el trasfondo de la ley, sigue existiendo un claro concepto machista del papel que debe jugar la mujer en el seno de la familia, antes, durante y después de la ruptura de la pareja.Desde que logré como abogado de familia la aprobación del primer Convenio donde se establecía una custodia compartida, allá por el año 1995, hasta la fecha, han sido 377 convenios y un asunto contencioso reconducido, en los que hemos logrado la aprobación de la custodia compartida, y en el 99% de los casos hemos actuado como mediadores en el conflicto de la ruptura de la pareja. Por ello, hemos partido de la base siempre, de que la ruptura no es un problema en sí mismo, sino la solución a un problema pre-existente.Debemos dar nuestra gratitud a aquellas mujeres y madres que han aceptado regular con la custodia compartida la vida de sus hijos y de ellas mismas, tras la ruptura de su pareja, ya que han realizado un gran esfuerzo de generosidad, renunciando previamente a los beneficios que las leyes de divorcio de 1981 y 2005 otorgan a la mujeres por el simple hecho de serlo. También agradecemos su aportación a este estudio, en el sentido de haber dado una nueva visión a lo que es la corresponsabilidad parental y parental, y sobre todo a la mejor definición del famoso concepto del mejor interés del menor, que no es otro que ambos progenitores sean lo mas felices posibles tras la ruptura, y que hayan encontrado una formula de reparto de tiempos, espacios y responsabilidades para con los hijos.El estudio se ha realizado de una forma longitudinal y no puntual, esto es, se realizó una entrevista semiestructurada durante el proceso de mediación y judicial, y otras entrevistas a los dos y a los tres años desde la emisión de la sentencia.En dicha entrevista se utilizaron datos personales, profesionales, estudios, motivación, etc. También se reunieron datos sobre la salud, tanto física como mental, así como de las relaciones familiares extensas y de las sociales. Se tuvo en cuenta también el nivel de vida, la disponibilidad de los tiempos y espacios de ambos progenitores, y otros datos que se consideraron relevantes. Hemos de reconocer, que como abogado y mediador en estos procesos, he aprendido mucho de los clientes en distintos aspectos que no se habían tenido en cuenta cuando se comenzó con este tipo de procesos. Asimismo, hemos detectado que nuestra labor no se suscribía tan solo a actuar como abogados y mediadores, sino que para nuestra sorpresa, nos veíamos convertidos en educadores en la reestructuración familiar que se iniciaba, transmitiendo técnicas de gestión de conflictos.En definitiva, sólo podemos afirmar que cuando logramos el primer convenio regulador con custodia compartida, nunca pensamos que podríamos sentirnos tan satisfechos, con el resultado de esta caminata por el desierto que representan los juzgados de familia de este país, con nuestro propósito bajo el brazo de haber encontrado una solución a los múltiples problemas y tragedias que se viven a diario en todo el estado español, cuando una pareja decide acudir a un tribunal a separarse.2.- MUESTRALa muestra sobre la que se ha desarrollado este estudio es la siguiente:En cuanto al sistema de trabajo es el Coy&Sariego, fruto de mi relación profesional y personal con el psicólogo Antonio Coy Ferrer, precursor de la mediación en España y de los Equipos Psicosociales adscritos a los Juzgados de Familia.Con nuestro sistema, el trabajo a realizar es de mediación pura, con una puesta en práctica de los acuerdos de las partes durante un período de tiempo, y mas tarde ir puliendo los nuevos problemas suscitados como consecuencia de la puesta en práctica de aquellas soluciones que se creyeron inicialmente ideales. Así las parejas se ahorran el conflicto de los famosos mutuos acuerdos extrajudiciales o apresurados, que luego dan lugar a multitud de procesos de ejecución de sentencias por incumplimientos de convenios, o a nuevos juicios de modificación de medidas. Con esta forma de trabajar de forma preventiva se evitarían muchísimos casos en los Juzgados de Familia, que hoy colapsan a diario los mismos.Una vez hecha esta introducción breve sobre la metodología de trabajo, veamos el tipo de parejas que han accedido a este tipo de soluciones:Hemos querido diferenciar las parejas de hecho de las more uxorio, que aunque son el mismo concepto jurídico, en las primeras, los vínculos económicos, sociales, laborales, etc, eran mucho mas parecidos a las parejas casadas, que las parejas more uxorio, donde los vínculos jurídicos eran apenas visibles o apreciables, y donde primaban los vínculos afectivos únicamente. Nos ha llamado la atención que la base en la que se sustentaban estas últimas parejas eran apreciadas con mucha mas seguridad que aquellas que aparentemente tenían mas seguridad jurídica unidas por el vínculo jurídico del matrimonio.De este cuadro, en definitiva, podemos concluir que la inmensa mayoría de las parejas se unen con vínculos jurídicos y económicos en los que se basa la concepción de la pareja desde el siglo XIX, mientras que es una minoría, la que apuesta por un nuevo modelo de familia más libre, negociadora, igualitaria, etc.Para continuar leyendo el estudio pulsar en "más información":
Veamos ahora el régimen económico matrimonial de las parejas casadas en esta muestra:Como vemos claramente, la inmensa mayoría de las parejas sigue cayendo en el error de casarse jurídica y económicamente, cual si fueran los Reyes Isabel de Castilla y Fernando de Aragón, bajo el régimen de gananciales. Afortunadamente, hemos ido apreciando en los últimos años, un crecimiento de los casos de separación de bienes. La sorpresa de la muestra es el caso de un matrimonio casado por el régimen de participación, que fue el mas fácil de liquidar en el proceso de ruptura.A veces nos sorprende esta sociedad, donde se exige a alguien que supere un examen para conducir un vehículo a motor y sin embargo no se exija ninguna formación para acceder a contraer matrimonio, o que tras el nacimiento de un hijo, sólo se ofrezca asistencia médica y de salud infantil, y ninguna otra formación a los padres y madres. Por eso nos sigue sorprendiendo que la mayoría de las parejas se casen por el régimen de gananciales, sin que nadie les asesore durante el proceso judicial del contrato de matrimonio o incluso del proceso religioso de las nupcias (sea cual sea la confesión).En cuanto a las parejas que, durante el proceso de mediación, aprovecharon para practicar una liquidación de la sociedad legal de gananciales, fue muy superior a lo esperado, sobre todo teniendo en cuenta que es una de las partes más difíciles en las que llegar a acuerdos. Las partes eran informadas que si se divorciaban como pareja, no era sensato, seguir "casados" económicamente en una entidad jurídica denominada masa patrimonial de la extinta sociedad de gananciales.Los problemas que suscita a posteriori no haber liquidado los bienes a la vez que el vínculo matrimonial, sólo beneficia a la posibilidad de provocar nuevos desencuentros y problemas. Asimismo, de todo ello salen beneficiados de este sistema de no liquidar a vez de que se disuelve el vínculo matrimonial, los profesionales del Derecho en general, ya que los abogados/as tendrán de esta forma mas trabajo, y los jueces también, desde que se les pagan pluses por mayor numero de asuntos que caen en sus juzgados. Así las cosas, tras el proceso de mediación en nuestro despacho profesional, los siguientes cuadros muestran las parejas que decidieron liquidar sus bienes y aquellas que con otro régimen (separación, participación y parejas de hecho) que decidieron hacer las cuentas separando las propiedades que poseían en proindiviso. Veamos los resultados:De estos cuadros se deducen varias conclusiones interesantes, a saber: La mediación facilita en un alto porcentaje el logro de acuerdos sobre la liquidación de los bienes, reparto de bienes o simplemente división de bienes adquiridos en proindiviso.Curiosamente, los casados en gananciales son los más reacios a proceder a la liquidación en comparación a aquellas parejas casadas bajo otro régimen o a las parejas de hecho. Tanto las parejas casadas en régimen de separación de bienes como las parejas de hecho, han sido en un altísimo porcentaje las que han decidido desvincularse económicamente de su pareja desde el mismo proceso de ruptura. Esta tendencia la hemos observado mas, cuanto los datos eran más cercanos en el tiempo.Esto es, que en los últimos años hemos presenciado mas casos de parejas de hecho y bajo el régimen de separación de bienes que en los comienzos de este estudio, lo que nos indica que la gente se casa cada vez mas tomando precauciones de tipo económico, en el sentido de decidir que si se quieren pero negocian desde el principio las normas económicas de la pareja de una forma que para nuestros padres y madres era impensable.También se deduce de estos cuadros que la liquidación de los bienes gananciales es más compleja que la de los otros casos, y por ello, su número es menor porcentualmente.Nos encontrábamos con dificultades tales, como la existencia de una sola propiedad que era a la vez la vivienda familiar, y la dificultad de liquidarla y repartir entre los cónyuges el precio de la venta. Se veía claramente que en estos casos la calidad de vida de toda la familia disminuía drásticamente.No obstante, a través de la mediación y del resultado de cientos de sesiones con parejas de distinto nivel social y profesional, se nos han ido presentando soluciones a estos problemas que han resultado muy satisfactorios, pero este no es el objeto de este estudio.Los datos que aportamos en este estudio son más que elocuentes. No obstante, queremos dejar constancia de lo que está ocurriendo, en cambio, en la praxis de los Juzgados en España, con respecto a los acuerdos en los que en el último momento, antes justo del juicio, se llegan en despachos de fiscales y jueces de familia, y a los que se nos tienen tan acostumbrados. Las parejas, ante este tipo de situaciones suele firmar lo que le pongan por delante, ya que si el fiscal o el juez de turno les indica (JUSTO DIEZ MINUTOS ANTES DEL JUICIO) que tal acuerdo es lo mejor ¿quién es el guapo o guapa que se atreve a llevar la contraria al fiscal o al juez de su caso? ¿Y si me niego a firmar, y me coge manía?Algunos jueces de familia, aunque muy pocos, desaconsejan esta praxis, ya que consideran que los justiciables (parejas) viven dichas indicaciones como una coacción, esto es, como si negarse a aceptar lo que el fiscal o el juez aconsejan antes del juicio, fuera malo para ellos, y se pudiera tener en cuenta su negativa en caso de entrar en juicio.Por ello, aprovecho la ocasión de este artículo para denunciar públicamente a aquellos operadores jurídicos, tanto fiscales, jueces y abogados/as que están permitiendo que esta práctica sea tan habitual en nuestros juzgados de familia.¿Cómo puede pedirse a un ciudadano o ciudadana que en diez minutos decida sobre temas que van a afectarle el resto de su vida a el/ella y a sus hijos?Se supone que la pareja y sus abogados respectivos, antes del juicio, han tenido unos meses para negociar acuerdos, y si ha llegado a este punto, es porque no es posible que se pongan de acuerdo.¿Por qué entonces se jactan tanto, jueces y fiscales, de haber logrado acuerdos en diez minutos, que las parejas y sus abogados han sido incapaces de hacerlo durante meses de negociación? Porque en el juzgado no hay negociación, sino imposición de criterios y acuerdos. Así lo manifiestan bastantes clientes que han pasado por nuestro despacho que han vivido esta experiencia.Además, si parto de la base que cada vez que he acompañado a parejas a ratificar acuerdos firmados en un convenio redactado tras una mediación, que consistía en una simple comparecencia judicial y me trasmitían sus miedos y cómo a muchos les llegaban a temblar las piernas ¿cómo se siente de verdad el ciudadano/a que va a un juicio y encima le ponen por delante los acuerdos sin haberlos meditado? Para mayor menosprecio de esta práctica, he de denunciar que encima me he encontrado muchos abogados y abogadas que aconsejaban firmar, antes de enfrentarse a la fiscalía o al juez, y en otros muchos casos me he encontrado con compañeros y compañeras que además convencían a sus clientes que no se preocuparan de firmar lo que se les indicaba desde el juez o la fiscalía, porque mas tarde esos acuerdos se podrían modificar. Es como si en un taller de coches te dicen que el coche no está arreglado, pero que te lo puedes llevar de viaje, ya que si se avería durante el viaje, siempre podrá arreglarlo en otro sitio. ¿Quién en su sano juicio se iba de viaje con semejante coche?Pues si, muchos clientes nos han llegado con su divorcio así "resuelto".Muchos jueces y fiscales (demasiados) nos quieren hacer creer que ellos median antes de los juicios, y la simple afirmación de ello, muestra el desconocimiento de estas personas de lo que es una gestión de un conflicto de pareja y lo que es una mediación, ya que la mediación parte de la base que es voluntaria y que el mediador esta al mismo nivel de poder que las partes en conflicto. Y en los juzgados no se dan ninguna de esas circunstancias, ya que el fiscal o juez están en una situación de poder muy por encima del ciudadano y además obligan a las partes a una negociación in extremis, desapareciendo todo viso de voluntariedad en el proceso, lo que lo invalida.De ahí que en los últimos tiempos los procesos de nulidad de actuaciones basados en estos hechos se hayan incrementado, y mas que se van a ir incrementando.En todo caso, después de esta reflexión sobre cómo la actuación de juzgados no facilita que las parejas acuerden un divorcio real, sino sólo ficticio, sin ser conscientes de que realmente están empujando a las parejas a nuevos problemas que de otra forma se podrían evitar, vamos a pasar a hacer otro tipo de valoraciones sobre lo que nos depara el futuro a corto y medio plazo.A corto plazo, nos encontramos con nuevos fenómenos sociales que nos van a hacer ponernos las pilas a muchos abogados de familia, y que no son mas que los nuevos modelos de familias que representan las parejas del mismo sexo, o las familias donde se unen mas de dos personas adultas, e incluso aquellas familias de madres solteras donde los padres han sido excluidos de la paternidad, desconociendo su condición.El futuro ya está aquí, y si aún no hemos encontrado soluciones mágicas para los problemas que arrastramos de las figuras de familias anacrónicas y tradicionales del pasado, espero al menos que estos nuevos modelos de familias aporten la nueva visión de lo que es una pareja o una familia, y ayuden con ésa nueva visión a los que vienen de figuras del pasado a encontrar soluciones mas equitativas e igualitarias a sus conflictos. Así, a modo de ejemplo se me ocurre un caso que un juez otorgó la custodia de una menor de 7 años a su madre en exclusiva, cuando el padre tenía la custodia de sus dos hijos de un matrimonio anterior. Esto es, que el juez separó a los hermanos, sin ningún tapujo y sin razonamiento alguno, sólo por la concepción machista de lo que debe ser la figura materna. Aquellos dos menores se quedaron de un plumazo sin hermana. Este es un ejemplo claro de los nuevos conflictos a los que nos vamos a tener que enfrentar, y está mas que claro que ni la famosa ley de 2005 ni los operadores jurídicos estamos preparados para ellos, en especial los/as abogados/as debido a la escasa formación que recibimos en aspectos no legales de las rupturas familiares.Sigamos viendo datos de la muestra, como por ejemplo la edad de los hijos envueltos en los procesos de nuestro estudio, a saber:Casi la mitad de los menores tenían edades comprendidas entre los 6 y 12 años, los que menos los pequeños de 0 a 6 años, y en segundo lugar los difíciles mayores de 12 años.La conclusión que sacamos de este cuadro es el dato de que la crisis matrimonial se produce con mayor incidencia cuando los hijos tienen entre 6 y 12 años. No sabemos a ciencia cierta por qué ocurre esto, aunque lo intuimos.Quizás este fenómeno se explique por las tesis científicas que mantienen que el amor en la pareja sufre una fuerte crisis en la tercera fase de la construcción de una pareja estable (1 - enamoramiento, 2 - construcción nido, 3 - negociación libertades)que se sitúa entre los siete y los nueve años de convivencia. En este estudio no hemos querido elaborar datos sobre los motivos de las rupturas matrimoniales o de pareja, sino solo hemos realizado el estudio mirando hacia adelante, tras el proceso de ruptura, hacia donde van las familias, y cual es el resultado de la decisión de compartir la custodia de los hijos. Como decíamos mas arriba, hemos intentado que las parejas visualicen la ruptura como una solución a sus problemas de convivencia o desamor, y no un problema en si misma. El trabajo sobre las causas de las rupturas, sería para otro artículo a desarrollar, y no para este en concreto.Sobre el número de hijos que tenía cada pareja hemos hallado estos sorprendentes datos:Nos ha llamado poderosamente la atención que aquellas parejas que tenían un sólo hijo/a, han sido las mas receptivas a establecer la custodia compartida. También puede ser que el número de parejas que se separan con un sólo hijo sean la mayoría en nuestro país, pero no hemos podido contrastar este dato, por cuanto no hemos encontrado a nadie que haya recogido en un estudio este tema.¿Podemos afirmar que mas de la mitad de divorcios que se producen en España tienen un sólo hijo/a? No, pero sí podemos intuir que es la tendencia futura.Lo que si está claro es que la incorporación de la mujer al mundo laboral externo a la familia, ha hecho bajar el número de hijos en el seno de las familias. Nos encontramos ante un futuro nada halagüeño, en cuanto a lo que son los apoyos de los hijos a los procesos de divorcio de sus progenitores. A saber: La mayoría de hijos/as únicos han sido los mas reacios a aceptar la nueva fase vital de que padre y madre vivan por separado, y hemos detectado que son mas manipuladores y caprichosos que cuando hay mas hijos (2 o más) en común. En éstos últimos casos, los menores se adaptan mejor a la nueva situación, independientemente de que sea haya optado por la custodia compartida o no.No obstante en este estudio sólo vamos a dar datos de los hijos únicos cuya custodia es compartida, y podemos afirmar que han intentado ser manipuladores e incluso alienadores (P.A.S.) en la primera fase del proceso, pero que al cabo del tiempo, su adaptación al sistema de la custodia compartida les ha resultado muy beneficioso, ya que descubrían que sus padres mantenían el dialogo tras la ruptura y ello, les imposibilitaba "manejar" a ellos/as la situación. Los padres y madres de estos niños y niñas han visto a medio plazo los beneficios de la custodia compartida que veremos en cuadros explicativos mas adelante.Muy importante ha sido constatar la información facilitada por muchos progenitores sobre que sus hijos e hijas aceptaban mejor la guarda y custodia compartida y o que ello significaba en el día a día de sus vidas, cuando en el colegio, escuela o instituto comparaban su situación con la de amigos/as que vivían situaciones de custodia exclusiva de las madres, y veían cómo ello producía mucho mas estrés emocional a estos amigos y amigas que a ellos/as mismos su situación de poder compartir espacios y tiempos con sus padres y madres.De los resultados de los seguimientos, hemos ido sacando estas conclusiones e informaciones que, mas adelante, podremos analizar un poco mejor a la vista de los mismos.Veamos ahora el nivel de formación de los progenitores en esta muestra, a saber:El resultado de este cuadro es patente, demostrando que existen madres con un alto porcentaje (37%) de estudios primarios, lo que las hacen más vulnerables y dependientes. Llama la atención que la mayoría de padres y madres que aceptan este recurso de la custodia compartida sean los que poseen estudios secundarios, y en la media entre ambos los que tienen estudios universitarios.En esta horquilla de los progenitores con estudios universitarios, es donde hemos encontrado a nivel empírico, mas resistencia al establecimiento de la figura de la custodia compartida, mas por las madres que por los padres, sobre todo porque las madres con estudios universitarios, son mas conscientes de que renuncian a privilegios que les otorga la ley del divorcio, tanto la del 1981 como la del 2005. Estas madres con estudios universitarios hacían valer en las sesiones de mediación esos privilegios como moneda de cambio o como elemento negociador, pero en el proceso se les hacía saber que cualquier elemento que se estableciera desequilibrando la igualdad de trato, era inaceptable, como elemento de negociación. Imaginemos que un padre dijera que como el tiene mas fuerza y puede usarla contra la esposa o los hijos, ella debía aceptar determinada condición en el acuerdo. O que un esposo dijera en la negociación que no da un euro hasta que la esposa aceptase no vivir nunca más con otro hombre ¿quién en su sano juicio aceptaría dicha base de negociación? Con estas simples analogías se intentaba a las mujeres y madres aceptasen de buen grado no partir de posiciones privilegiadas en la negociación.Las madres con menos nivel de formación, no necesariamente tienen un nivel de comprensión menor que la demás, pero sí hemos encontrado que estaban más abiertas a la búsqueda de soluciones alternativas a la custodia monoparental o exclusiva. Sobre todo, en estos casos, nos encontramos con mujeres con más deseos de mejorar en sus trabajos y su vida social.De todo ello, concluimos que a mayor nivel de formación de la mujeres, mas se agarraban al rol tradicional de esposa y madre a la hora de afrontar un conflicto de ruptura de pareja, y ello es obvio, ya que al trabajar fuera de casa en su inmensa mayoría, apreciamos que este hecho les reforzaba mas aún su forma machista de ver y entender la vida y la familia. Nos sólo arrastraban tras de sí la concepción tradicional y machista de la familia y del rol materno, sino que además adquirían nuevas ideas reforzadas sobre ello, por haberse sumergido en mundo externo que ha sido hasta hace poco exclusivo de los hombres, pero que no deja de tener estructuras patriarcales que van dejando su huella, incluso entre las mujeres que se definían a si mismas en las sesiones, como feministas.En otro orden de cosas, nos ha llegado a sorprender que las madres plantearan durante el proceso cuestiones tales como:¿Que dirá mi familia? ¿Que dirán mis amigas de que ceda la custodia compartida? ¿Seré buena madre si me paso un año viviendo mi propia vida, mientras los niños están con el padre? o la mas sorprendente de todas ¿Que pensarán en el pueblo de mi?Ningún padre se planteó ninguna de estas preguntas, por lo que queda patente que aún les queda mucho a las mujeres que superar de sus propias inseguridades, no frente a los hombres, sino frente al resto de mujeres que conforman su red familiar y social, y lo que es mayor, frente al ideal que tienen de lo que debe ser una mujer y madre.Los padres en cambio han sido mucho mas simples y prácticos a la hora de hora de afrontar los retos de la custodia compartida, y sus problemas eran mas de índole económica, temporal (conciliar el trabajo y la dedicación a los hijos) y de logística familiar (tareas en el hogar).Veamos a continuación en este apartado de datos de la muestra el porcentaje de mujeres y hombres que trabajaban fuera y dentro de casa, y es un dato muy importante a tener en cuenta, veámoslo:Sólo 8 de los 378 hombres involucrados en estos procesos trabajaban dentro de casa, llevando el mantenimiento de la familia desde dentro del hogar, mientras que el resto, la inmensa mayoría siguen el rol tradicional de ser el sustentador de la familia.En el caso de las mujeres, éstas son ya mayoría las que trabajan fuera de casa en esta muestra, aunque ello no suponga un abandono de sus responsabilidades como madres y esposas dentro del hogar. Vamos lo comúnmente llamado doble jornada de las esposas.Las mujeres y madres de esta muestra son en su mayoría de ideas liberales o de izquierdas. Solo una minoría son católicas practicantes y se reconocen como tradicionales. La mayoría han tenido que hacer un esfuerzo mayúsculo para renunciar a sus deseos de posesión materna y sus ideas tradicionales sobre lo que es ser madre y padre. Pero lo que mas nos ha llamado la atención, es que muchas madres han mostrado sus miedos ante este reto de la custodia compartida, sobre todo a aquellas que pese a ser progresistas en sus ideas, no arrancaban de liberarse de la concepción tradicional de lo que es una familia y lo que es el papel de una madre en esta sociedad.Ante los problemas que encontrábamos sobre los valores en crisis y las resistencias de algunos padres y mas madres que padres, decidimos tomar una muestra de los problemas de salud mental de los progenitores de nuestro estudio. De hecho, en nuestra entrevista semiestructurada, ya se incluía desde el comienzo preguntas sobre salud física y mental de la pareja y de los hijos, pero nunca pensamos que podría ser tan significativo este dato que ahora que elaboramos el estudio, hemos decidido incluir los datos que nos aportan estas cuestiones, ya que nos parecen como de suficiente entidad para que puedan ser considerados por los expertos/as en estudios futuros.No deja se ser sorprendente el cuadro que viene a continuación:Este cuadro nos dice que la mayoría de las madres (67%) al inicio del proceso sufre un trastorno o de ansiedad o de depresión, y los padres también ya que superan la mitad de los casos. Esto es, que más de la mitad de padres y padres al inicio del proceso sufren un trastorno mental.Ahora, sin embargo, a este dato, en el caso de las mujeres se le cataloga como secuela de unos posibles malos tratos que tan de moda está últimamente. Por ello, creemos que los legisladores y los expertos en salud mental deberían dejar patente y claro que la ruptura siempre produce un dolor físico y mental, y que muchos casos, la respuesta es un trastorno mental asociado a la ansiedad o a la depresión, y que ello, no es necesariamente un síntoma de la existencia de malos tratos, como tan a la ligera se está haciendo en nuestro país.Está claro que la ruptura ya produce en si misma un gran grado de estrés e inseguridad frente al futuro, y es evidente que a ello se añade un alto porcentaje de enfermedades asociadas al estrés mismo. Todo ello es respuesta del cerebro ante la inseguridad, el miedo al futuro, al duelo, al sentimiento de pérdida, y otros al sentimiento de culpa, autoengaño, etc.Cuando pedíamos a nuestros/as clientes tras la sentencia, que hicieran una valoración de nuestro trabajo como mediadores, nos encontramos con que la inmensa mayoría valoraban positivamente la mediación y los efectos terapéuticos que había tenido la misma, hasta tal punto que según los seguimientos que hemos realizado, podemos comprobar como estos problemas han ido disminuyendo de forma mas que significativa, una vez superada la fase inicial de la ruptura. Hemos de puntualizar que en la propia estructura de trabajo de la mediación, ésta nos facilitaba información sobre factores o síntomas de que algo no estaba bien, y aconsejábamos a los/as clientes a que fueran a un médico especialista y ello redundaba en beneficio del propio proceso, y en beneficio de los menores, que veían cómo sus progenitores reaccionaban de forma mas positiva a esta fase de ruptura que como habían llegado al comienzo de las sesiones. Ello, sin pretenderlo a priori, redundaba en beneficio de los hijos. Esta forma de trabajo nos ha ayudado también a facilitar los acuerdos, encontrando que las parejas se comunicaban mejor una vez aceptado que se tenía un problema de ansiedad o de depresión, por alguno de los dos, o de ambos.Si concluimos que en mas de la mitad de hombres y mujeres que alcanzan acuerdos de custodia compartida se sufre algún trastorno de salud mental y/o del comportamiento, nos asusta el simple hecho de que nadie en nuestro país haya realizado un estudio sobre este mismo dato en los procesos contenciosos o en los que existen custodias monoparentales, que significan el 98% de los casos de separación y divorcio en España.¿Acaso el nivel de violencia sobre la mujer no se produce en mayor medida en estos procesos de ruptura debido a los trastornos en salud mental de los involucrados en estas fases iniciales del proceso? Sin olvidar que un síndrome depresivo o una crisis de ansiedad severa, pueden dar lugar a actos de falta de control de la ira, y por ende a actos violentos. Creemos, desde nuestra experiencia, que sí, que la ruptura en sí misma es un factor de riesgo que puede ser contenido o controlado, mediante técnicas de resolución de conflictos que utilizamos en mediación. Sin embargo la miopía de los poderes públicos y de las organizaciones sociales feministas en este caso, no deja de sorprendernos, ya que las medidas legales y judiciales se están mostrando bastante ineficaces para tratar este problema.Lo anterior lo afirmamos con tanta contundencia, porque hemos constatado que en las fases iniciales del proceso de mediación, hemos detectado mas violencia verbal entre la pareja cuanto mayor era la sintomatología de problemas de desarreglos (por llamarlos así) de salud mental que detectábamos en las sesiones de trabajo.Para finalizar la valoración y análisis de este cuadro, debemos hacer constar los datos que se aportan de los seguimientos, que a nuestro parecer son muy significativos. Una vez que las familias tienen claro su futuro y lo tienen bien organizado y regulado, el nivel de estrés y miedos desciende y por ende, los niveles de ansiedad y de depresión. Creemos que los niveles de ansiedad y depresión que subsisten a los dos y tres años, se deben mas a la no superación del duelo de la ruptura, a la sensación de abandono por el ser querido, etc., que a otros factores ligados a la custodia compartida. Lo que si queda claro es que la mediación y la custodia compartida, hacen disminuir estos problemas de salud mental de los padres y madres, lo que en definitiva, redunda en beneficio de los menores.Veamos a continuación los resultados a preguntas concretas sobre la experiencia de la custodia compartida.2.- NIVELES DE SATISFACCIONEn este punto del estudio vamos a aportar datos muy precisos sobre niveles de satisfacción de las personas involucradas en estos procesos que dieron como resultado una custodia compartida de los hijos tras una separación o divorcio de la pareja.El grado de satisfacción con el resultado de los acuerdos sobre custodia compartida eran los siguientes, teniendo en cuenta las edades de las madres y de los padres:Este cuadro nos explica que las que más satisfactoria ven la experiencia son las madres jóvenes y las madres mas maduras, ya que ambas están por encima de la media (mas del 50%). Las que rondan la horquilla entre 35 y 45 años, son las que se muestran menos satisfechas, sobre todo porque la custodia compartida representa una disminución de los ingresos que percibe la madre por parte del padre.Las madres jóvenes valoran mucho recuperar su propia vida personal y profesional, y consideran que la custodia compartida es no sólo beneficiosa para los hijos sino para ellas también.Las madres por encima de los 45 años valoraron mucho el hecho de poder compartir las edades difíciles de los hijos e hijas con los padres, así como la oportunidad de poder recuperar un rol femenino no basado exclusivamente en la maternidad.En cuanto a los hombres, en todas las edades valoran en alto porcentaje la custodia compartida, sobre todo por el hecho de que ello les representa un gran ahorro en su propia economía, y por la oportunidad de llevar a cabo una paternidad responsable. Gran parte de ellos, ejercían en mayor o menor medida una paternidad responsable antes de la ruptura de la pareja, por lo que valoran mucho que sus valores hayan sido tenidos en cuenta y, como decíamos antes, valoran mucho el hecho de que su economía, con esta figura de la custodia compartida, no sufría tanto como el hecho de convertirse en padres no custodios.En resumen, se puede decir que un alto porcentaje de los 378 padres y 378 madres se sintieron muy satisfechos con el establecimiento de la custodia compartida de los hijos tras la ruptura de su pareja.La excepción que no supera el aprobado es la horquilla de las madres entre 35 y 45 años, que entendían que perdían muchos privilegios que les daban la ley del divorcio, por ello, para hacer este estudio mas serio, decidimos que era muy oportuno hacer las mismas preguntas en los seguimientos de los dos y tres años desde la puesta en práctica de la custodia compartida en cada familia.Hemos de puntualizar en este punto, que en los primeros casos de custodia compartida, nos encontramos con juzgados y fiscalías que rechazaban convenios con custodia compartida porque consideraban perniciosos y negativos este régimen de custodia para los hijos, y todo ello lo afirmaban y siguen afirmándolo, desgraciadamente, en casi todos los juzgados sin ningún rigor científico, sólo como una opinión de carácter personal.Ante una decisión de un Juez, aunque sea sólo una opinión, diciendo que la custodia compartida va en contra del interés superior del menor, sólo nos quedaba una solución de tipo jurídico, y que es la que hemos tenido que llevar a cabo cuando nos encontramos con este problema en los comienzos de esta experiencia profesional, a saber: Se formulaba la demanda aportando datos de que la custodia compartida ya se estaba llevando a cabo desde hacia bastante tiempo, y se aportaban un estudio de la familia de un/a psicólogo, valorando positivamente esta situación, y se aportaban también informes de los tutores escolares de los menores.Con esta situación de hecho, el Juzgado y la Fiscalía tenían pocos argumentos para afirmar que esta figura de la custodia compartida era perjudicial para los hijos.No debemos olvidar que la metodología de trabajo del sistema utilizado de mediación Coy&Sariego, parte de la base de poner en práctica unos meses los acuerdos alcanzados antes de legalizarlos, para poder reajustar los convenios antes de pasarlos por el Juzgado, ya que la práctica nos ha enseñado que los acuerdos deben ser reajustados al poco tiempo, cuando los propios padres y madres se dan cuenta de que hay cosas que no funcionan simplemente. Así a modo de ejemplo unas cuantas parejas que decidieron inicialmente una custodia por semanas alternas, se dieron cuenta del alto grado de estrés que producía dicho sistema de custodia compartida en la vida de todos.Pasemos ahora al siguiente cuadro, que nos explica el grado de satisfacción de padres, madres e hijos/as tras el proceso de mediación sobre lo que significa de positivo la custodia compartida en sus vidas.Este cuadro nos da una clara referencia de que ocurre cuando pasa un tiempo tras la iniciación del establecimiento de la custodia compartida.Al comienzo son los hijos los que peor lo llevan, ya que es lógico que no sea fácil afrontar la separación de sus progenitores. A los dos años este nivel de satisfacción sube de forma muy clara, siendo muy elevado el nivel de satisfacción a los tres años, justo cuando se cierra el primer ciclo de custodia compartida por años alternos. Esto demuestra que los menores son los que mejor se van adaptando a la nueva situación familiar.Los hijos han tenido la oportunidad de vivir y convivir con ambos progenitores en sus propios ambientes, y comprueban cómo el grado de comunicación de los progenitores se normaliza a niveles casi desconocidos en nuestro país. Su sensación de seguridad que les da el hecho de su padre y su madre está ahí en cualquier ocasión, incluso en una fiesta fin de curso, la comparten (a veces), hace que los menores vivían de una forma muy positiva esta experiencia. Asistimos además a un factor educativo muy relevante, cual es que los menores son educados bajo el principio de igualdad de responsabilidades de padre y madre. No obstante, los menores valoran positivamente los esfuerzos de los padres por sacarlos adelante y en vez de criticar, en algunas ocasiones, su falta de habilidades hogareñas, éstas críticas se convierten en elemento de negociación en el reparto de tareas domésticas, que hacen a los menores mas responsables de si mismos.Las madres tienen la misma evolución que los hijos pero parten de un porcentaje más alto que los hijos. Parten de un porcentaje de satisfacción, ante un grado de incertidumbre del que parten al inicio, que ronda el 63 por ciento. Una vez transcurridos los dos años y, mas tarde los tres años desde el inicio de la custodia compartida, se sienten mas seguras de decisión adoptada, sobre todo cuando comprueban que el nivel de satisfacción de los hijos es elevado por este sistema de custodia compartida. Este último dato es el más importante para las madres, saber que sus hijos, cuando están con el padre, están en buenas manos. No dejamos de sorprendernos cómo las mujeres de este país siguen agarradas a valores tan machistas para sentirse seguras de sus decisiones.Es curioso que a los tres años el nivel de satisfacción de las madres es del casi el 95 por ciento, casi igual al de los padres. Este dato nos indica un grado de satisfacción de quienes hemos realizado este trabajo, ya que es incuestionable que el resultado de las custodias compartidas ha sido mucho más alentador de lo que preveíamos.En cuanto a los padres, estos parten de una valoración mucho mas positiva que las madres, ya que parten de la idea que la custodia compartida es un regalo de la madre, ya que son conscientes que la ley de 1981, y ahora la de 2005, otorga la custodia exclusiva de los hijos en un 98 por ciento a las madres.Parten también del hecho antes apuntado del ahorro económico que supone a su propia economía esta solución, y ello, repercute directamente a medio plazo en beneficio del conjunto de la familia.Volvamos los datos de las edades de los hijos que apuntábamos en el apartado anterior sobre datos de la muestra, a saber:Este cuadro, como decíamos mas arriba, nos ofrece información sobre la edad de los hijos/as durante el proceso de mediación. El mayor porcentaje es de los menores entre los 6 y los doce años. Los menores de seis años representan apenas el 23 por ciento de los casos.Los mayores de 12 años, y por ende, con edad suficiente para ser escuchados, representan el 34 por ciento de los casos. Fueron escuchados, no sólo estos, sino lo de menos edad, con apoyo de psicólogos de libre elección de los progenitores, en algunos casos.Debemos hacer un paréntesis en este punto, ya que en los primeros años (1995-2000) nos encontramos con un alto grado de resistencia de algunos profesionales de la psicología y psiquiatría que opinaban que la custodia conjunta no era beneficiosa. Afortunadamente, estos casos fueron muy puntuales y los argumentos de dichos profesionales (la mayoría mujeres) tenían un fuerte marco sexista, machista y tradicional que no era acorde a las ideas de los progenitores que acudieron a su consulta.Veamos que opinan los hijos sobre la custodia compartida que sus progenitores decidieron establecer tras su ruptura como pareja:Los que mejor aceptaban esta solución de la custodia compartida han resultado ser los menores de seis años, ya que apenas han sufrido en sus vidas cambios en una parte de la infancia que es muy importante el sentimiento de seguridad, y la presencia continua de su papa y su mama. Lógicamente hemos de precisar que los datos de estos niños y niñas han sido aportados por los progenitores, de lo que se deduce que padres y madres de niños y niñas de 1 a 6 años han sentido que la custodia compartida ha sido beneficiosa para sus hijos.Ya desde el proceso inicial, los menores de seis años aceptan por encima del 80 por ciento (81%) esta solución como algo natural. Mas adelante van aceptando cada vez más esta nueva situación, cuando comprueban que sus vidas siguen siendo mas o menos felices, ya que ven con mucha regularidad a ambos progenitores y con buenas conductas de comunicación. Comparten cumpleaños, fiestas de colegio, etc.Los menores de entre seis y doce años y los mayores a los doce, tiene una evolución muy parecida. Los menores entre seis y doce años, aceptan bien esta solución hasta alcanzar a los tres años un nivel de satisfacción de casi el 83 por ciento.Los que peor lo llevan son los mayores de 12 años que sienten como si ellos fueran responsables de alguna forma la ruptura de la pareja de sus progenitores. En menor medida encontramos este fenómeno en los menores entre seis y doce años, aunque de forma muy acusada, en los casos que se han detectado.Los menores entre 1 a seis años, lo toman como algo natural y normal, los de entre seis y doce como algo que ocurre a otros/as amigos/as, porque conocen casos similares en su colegio o entorno social y familiar, y los mayores de doce años se sienten como un elemento que sus progenitores no saben donde colocar, y que al final lo colocan.Tras los tres años de la custodia conjunta, estos menores de mas de 12 años, aceptan que sus progenitores les quieren y que ha hecho lo mejor para ellos/as, e incluso el nivel de apoyo a los progenitores para llevar a cabo y encauzar la custodia compartida es muy alto. Se implican en ayudar a sus progenitores a solventar dificultades cotidianas de forma más responsable.En cuanto al nivel de rendimiento escolar, los datos aportados por los progenitores en estas encuestas son muy relevantes. El nivel de bajada del rendimiento escolar de estos niños y niñas apenas es perceptible, en comparación con los preocupantes datos que nos ofrecen sobre el bajo rendimiento escolar de hijos que viven bajo una custodia exclusiva de un solo progenitor.Debemos tener en cuenta en este punto sobre custodia exclusivas, que un convenio regulador para el establecimiento de una custodia compartida, tiene poco que ver con los modelos de convenio de divorcio que surgen por Internet o con los usados por la mayoría de abogados/as de nuestro país, que mayoritariamente son de modelos de custodias exclusivas y excluyentes.Sigamos con más datos que nos parecen relevantes, como por ejemplo el grado de implicación, tanto emocional como económica de los miembros de la familia extensa de las parejas, a saber:A Este cuadro lo denominamos cuadro de apoyos de familia extensa, que casi nunca se tienen en cuenta a la hora de valorar el interés de los menores en las sentencias en nuestro país. Olvidamos que los menores tienen abuelos, tíos/as, y primos/as que les conforman como personas y como ciudadanos/as. No se puede valorar el interés de un ser humano, sin tener en cuenta el contexto social y familiar que le rodea en su conjunto. Bueno, si se puede hacer, pero sería el caso de un Robinson Crusoe.No obstante, de este cuadro deducimos que siguen siendo los abuelos de la madre lo que mas se implican en apoyar a las mujeres en el proceso de ruptura de su pareja, También existe un alto porcentaje de apoyo de los abuelos paternos, aunque en menor proporción.La falta de apoyos de los abuelos, tantos paternos como maternos en estos procesos se deben en la mayoría de los casos por estar las posturas encontradas de los abuelos hacia su propio hijo o hija, en cuanto a la decisión de la separación legal, otros a la distancia geográfica, otros a cuestiones religiosas y otros a la falta de medios necesarios (edad muy avanzada, economía precaria, etc.).No obstante, en este cuadro lo que se trasmite es el grado de apoyo en el proceso de mediación, como apoyo emocional y económico, pero también como asistencia a las sesiones de mediación de forma independiente.Cuando ponemos tíos y tías, nos referimos a los hermanos y hermanas de las parejas que acuden al servicio de mediación. Como vemos, el nivel de implicación es menor al de los abuelos, sobre todo porque muchos hermanos y hermanas no entienden muy bien el sistema de custodia compartida, ya que para la inmensa mayoría de ellos/as la custodia es para las madres y el pago de las pensiones y las visitas para los padres.No obstante, logramos que algo más de una cuarta parte de los hermanos y hermanas apoyaran la decisión de su hermano/a a compartir la custodia de sus hijos.Esta es una tarea mas de ecuación que procede del mismo modelo de mediación, ya que hemos tenido casos curiosos tales como hermanos o hermanas de antiguos clientes del despacho que acudieron a solicitar la mediación e incluso la custodia compartida, cuando les llegó la hora de su propia ruptura.Cuando nos referimos a otros, la mayoría son amigos/as de confianza de la pareja o de cada uno de los progenitores, que aceptaron apoyar la decisión de establecer la custodia compartida de los hijos.Creemos que en nuestro país, es importante implicar de una forma mas positiva a la familia extensa de la pareja y al círculo social en la búsqueda de soluciones a los problemas que surgen como consecuencia de la reestructuración familiar que sufre una pareja tras su divorcio. Esta misma idea nos ronda cuando pensamos en los casos de violencia intrafamiliar.Al fin y al cabo, nos hemos encontrado con el hecho patente que gracias al apoyo de muchos abuelos y abuelas, hemos podido encontrar soluciones para los retos de la custodia compartida, sobre todo para las madres y padres que afrontaban la paternidad y maternidad en solitario, y tenían al inicio del proceso grandes dificultades para conciliar los horarios familiares con los laborales.Veamos que tipo de custodia compartida decidieron las parejas, y su evolución a los dos y tres años:Según los criterios que hemos establecido en nuestro trabajo, siguiendo la metodología del sistema de mediación Coy&Sariego, hemos tipificado varios tipos de custodia compartida, a saber:1.- La C.C. Tradicional que consiste en que los menores conviven de forma habitual en la casa de un progenitor y el otro posee un amplísimo régimen de visitas.Aquí puede o no establecerse una pensión de alimentos, según cada caso.2.- La C.C. Semanal, que consiste en que los menores conviven semanas alternas con cada progenitor. Aquí no se suele establecer pensiones de alimentos en general.3.- La C.C. mensual, ídem a la anterior pero por meses, y se establecen visitas intersemanales y de fines de semana alternos. En cuestión de alimentos es similar a la anterior.4.- La C.C. Semestral que es ídem que la anterior pero en periodos de seis meses. Aquí se suele establecer pensiones de alimentos con alternancia.5.- La C. C. por años escolares alternos, en la que se aprovecha el periodo de vacaciones estivales para el cambio de custodia. El año que los menores no conviven de forma habitual con un progenitor, este accede a un régimen de visitas muy amplio.Las pensiones de alimentos se establecen con alternancia.Se intenta establecer, desconocemos sobre qué criterios científicos, que deben darse dos requisitos sine quo non para poder llevar a cabo con éxito este tipo de custodia y son: la proximidad de los domicilios y la estabilidad escolar de los hijos.Estamos de acuerdo que estos dos requisitos facilitan mucho las cosas, pero no son indispensables para a custodia compartida, ni tan siquiera para el tipo de años alternos.¿Cuantas veces se establece por un juez una custodia exclusiva a favor de la madres porque se supone es lo mejor para los hijos y después nos encontramos con que cambian de ciudad, de colegios a los hijos y hacen desaparecer a los padres de la vida de los hijos?Por ello, no creemos que se deba exigir unos requisitos para la custodia conjunta o compartida que no se exige legalmente para las custodias exclusivas que se otorgan mas del 90 % a las madres, o como eufemísticamente se están denominando, custodias monoparentales. Creemos que ya es hora de hablar de custodias exclusivas de las madres y excluyentes de la figura paterna.Para nosotros lo más indispensable es que los progenitores salgan adelante y cumplan los compromisos adquiridos en el proceso de mediación y en el convenio firmado sobre custodia compartida. Si siguen con el mismo, las cosas van solucionándose conforme van surgiendo, y es porque la mediación les enseña a resolver las disputas y desencuentros de otra forma, a la que ofrece la justicia tradicional de nuestro país, y sobre todo las leyes con base machistas que se han ido aprobando en los últimos años, como son la ley del matrimonio y del divorcio de 2005, así como la ley integral de violencia a la mujer.Además, y terminando de reflexionar sobre los requisitos que los jueces se empeñan en exigir a las custodias compartidas, nos preguntamos qué debemos hacer entonces con los hijos de marinos mercantes, militares, interinos de las comunidades autónomas, e incluso de jueces y fiscales que cambian tanto de destino, ¿les quitamos la custodia porque no es bueno para sus hijos tanto cambio de colegio y casa, y los declaramos en desamparo?Por ello, entendemos que estos requisitos que los jueces están exigiendo para la custodia compartida, no son mas que excusas para ocultar en definitiva el concepto de los roles tradicionales de genero que subsisten en su idea de lo que es una familia.Para terminar, esta reflexión sobre los obstáculos a la custodia compartida, debemos denunciar que muy al contrario de lo que se vende desde el gobierno y de los partidos políticos, la ley del divorcio que se aprobó en 2005 no sólo no facilita la implantación de la custodia compartida, sino que pone grandes obstáculos a que se establezca en un procedimiento judicial, ya que se le exigen requisitos que no se exigen a las custodias exclusivas a favor de las madres.Cualquier madre puede ser una incompetente como tal, pero por el sólo hecho de ser mujer y madre puede lograr obtener la custodia exclusiva de los hijos, con tan sólo pedirla para ella en el proceso. Sólo unos pocos padres han logrado la custodia exclusiva de los hijos, de los más de cien mil casos que hay cada año en nuestro país.No son lógicos esos datos, y quien diga lo contrario, es que tiene sigue entendiendo que la mujer tiene un rol inferior al hombre en el seno de la familia, un rol tradicional que entra en directa contradicción con la supuesta lucha a favor de la igualdad efectiva entre sexos que se intenta vender desde los poderes públicos.Después de estas reflexiones, pasemos a valorar directamente los datos sobre los tipos de custodia compartida que hemos llevado a cabo y estudiado.Las custodias compartidas por años escolares se llevan la palma de los datos, ya que son la inmensa mayoría de la parejas decidieron este sistema. Además llama la atención que en los seguimientos vimos cómo algunas familias de otros sistemas, decidieron pasar a este de años escolares alternos, abandonando otros sistemas.En particular, bastantes de las parejas que habían establecido la custodia temporal compartida por semestres, decidieron tras su puesta en práctica que era mejor otro sistema cual era el de los años alternos, y nos pidieron consejo de cómo cambiarlo y ponerlo en práctica.En segundo lugar, tras la custodia por años escolares alternos, se establecieron custodias compartidas que nosotros denominamos tradicionales, esto es, que los menores viven en teoría en un domicilio fijo de un progenitor (casi todos los casos en casa de la madre) y el otro progenitor obtiene un régimen de estancia con los hijos muy amplio. Asimismo las responsabilidades parentales y marentales se comparten en este tipo de acuerdos de una forma igualitaria y equitativa. En muchos casos se establecen pensiones de alimentos a favor de los hijos a cargo del progenitor con el que no conviven de forma habitual, pero las cuantías que se establecen son mas proporcionales a las que se establecen en Juzgados de forma tan aleatoria, sobre todo porque se tiene en cuenta los gastos que representan el mayor tiempo de convivencia del progenitor con sus hijos.Tenemos que llamar la atención sobre el dato de que muchas parejas que decidieron custodias compartidas por semanas alternas se pasaron al poco tiempo, a otros sistemas más normalizados y normalizantes de la vida familiar. Así la mayoría de estos casos se pasaron al sistema de custodia compartida tradicional e incluso algunos optaron por el de años alternos escolares.También nos llamó mucho la atención el hecho que sólo 2 de los 378 casos optaran por el sistema de meses alternos, y han seguido así hasta los tres años de seguimiento. Estos dos casos, para nosotros excepcionales, se entienden por la propia idiosincrasia de las parejas que decidieron este sistema. No obstante una de ellas, recientemente se puso en contacto con nosotros para cambiar el sistema, justo cuando se cumplían seis años del sistema de meses alternos. Este cambio ha sido debido a la necesidad de responder a las inquietudes de los hijos que han comenzado a pedir vivir de otra forma y no estar cada mes con la maleta de un lado a otro.La conclusión a la que hemos llegado es que los hijos se adaptan al comienzo bastante bien en más de un 60% de los menores implicados en estos procesos, como mas arriba indicábamos en otro cuadro explicativo. Conforme los hijos van creciendo, son ellos mismos los que van mostrando otro tipo de necesidades y los padres no han tenido mas remedio que adaptar su sistema inicial a las necesidades de los hijos. Esto no ocurre en el sistema de custodia compartida por años escolares de forma tan nítida, sino que son cuestiones poco importantes las que se dan en estos casos que hacen que este sistema es el que mejor se adapta al crecimiento de los hijos y al cambio de necesidades de los mismos.Podemos concluir sin temor a equivocarnos, que la custodia por años escolares alternos es la que menos estrés y problemas ha suscitado tras los seguimientos realizados. Cuando hablamos de problemas, no hablamos de desencuentros entre los progenitores, sino a problemas de intendencia o de índole prácticos.Sin embargo, en los demás sistemas de custodia compartida el nivel de problemas de tipo práctico y los niveles de estrés en el conjunto de la familia han sido superiores. Esto se explica porque en realidad el nivel de cautiverio con que viven los padres y madres estos otros sistemas era muy alto. Sentían que no tenían vida propia, y sólo vivían por y para los hijos.En cambio, las parejas que decidieron la custodia por años alternos, sólo tenían esta sensación por años alternos. Nos confesaban muchas madres y padres, que estaban deseando que les pasara pronto el año de convivencia con sus hijos y mandárselos al otro. También se quejaban en privado que los años que los hijos no convivían con ellos o ellas se les pasaba muy pronto. Y es que la realidad es ésa. Al final, lo que importa es la propia vida, vivir a gusto consigo mismo.En nuestra experiencia profesional, hemos encontrado muchos casos de madres que tenían custodia exclusiva de sus hijos, que se sentían esclavizadas, y sentían que no tenían vida propia. También hemos encontrado a hombres separados o divorciados que se quejaban de no poder ver a sus hijos de forma habitual, pero hemos tenido muchos casos de padres que han sobrevivido emocionalmente a esta pérdida, valorando el grado de libertad que ello representaba, no sólo para mejorar en sus trabajos, sino en sus relaciones sociales y de encuentro con nuevas parejas.Nos hemos encontrado con muchos padres que no tienen custodia compartida que han establecido una nueva relación de pareja a los pocos meses de la separación, y sin embargo a muchas madres con custodias exclusivas sin nuevas relaciones de pareja ni mejoras laborales, tras varios años desde la separación.Sin embargo uno de los datos que mas nos ha llamado la atención en los seguimientos ha sido el hecho de que casi un 70% de madres y padres de nuestro estudio, habían establecido una nueva relación de pareja antes de transcurrido un año desde la sentencia.También en el mismo sentido, nos hemos encontrado con que la mayoría de padres y madres han seguido mas satisfechos en sus trabajos, o mejor dicho, han tenido menos problemas en sus trabajos, e incluso en casi el 35% de los casos, habían mejorado en sus expectativas laborales, gracias a la mayor disponibilidad de tiempo que les otorgaba la custodia compartida. Mención especial, que no podemos obviar, es el hecho de madres que aprovecharon la custodia compartida para ponerse a terminar sus estudios, iniciar estudios superiores o de otro tipo, o estudiar idiomas.Veamos los cuadros explicativos:Aquí no hemos querido diferenciar si las relaciones de pareja eran o no estables, ya que lo importante era saber si se habían establecido nuevas relaciones de pareja de los progenitores con custodia compartida.Un dato importante a hacer notar de este estudio, es que los hombres y padres han tenido más facilidad para tener nuevas relaciones de pareja tras la ruptura que las madres. De todas formas, es indicativo que más de tres de cada cuatro padres y madres habían logrado establecer una relación de pareja, a los tres años, redundando ello en el sentimiento de mejora en autoestima y sensación de bienestar y equilibrio de su vida. Lógicamente, ello nos ha facilitado mucho el trabajo a la hora de poder afirmar que la custodia compartida es beneficiosa para los hijos, ya que con este dato se logra transmitir que a mayor grado de satisfacción personal de los progenitores, mayor nivel de equilibrio emocional que se transmite a los hijos. Estos resultados son impensables en los casos con custodia exclusiva, ya que muchos estudios de otros países e incluso del nuestro, estudios sobre la mujer que obtiene la custodia exclusiva de sus hijos, aunque se les denomine como madres monoparentales, dan como resultado que estas mujeres no sólo son menos felices y poseen menos autoestima, sino que incluso se habla en los últimos años de que la custodia exclusiva es un factor de riesgo de exclusión social.Asimismo estudios sobre adolescentes problemáticos en nuestro país, dan como resultado que la inmensa mayoría viene de un hogar roto, donde la custodia exclusiva es de la madre, y donde los conflictos de la pareja siguen produciéndose a nivel judicial o extrajudicial, tras años después de la ruptura.Veamos mas datos de nuestro estudio que hemos entendido que son interesantes a aportar para conocimiento publico y científico, como son los condicionantes que han valorado las madres y padres a la hora de establecer la custodia compartida. Veámoslos:El resultado que nos da este cuadro es que la cercanía de los domicilios y el ahorro económico es lo que mas ha valorado las parejas. Lo que menos se valora es la cercanía de los colegios y el bienestar de los hijos, dato este último muy interesante, ya que se supone que lo correcto es valorar esto último de forma muy alta. Se supone que por los hijos se acepta cualquier cosa, pero esto no es así.Se valora mucho la mejora en la comunicación de la pareja y el bienestar de la familia y progenitores como mejor solución basada en la custodia compartida.Todos estos datos nos dan como resultado una conclusión, que no por esperada, si es muy elocuente: la mediación con resultado de custodia compartida es un método de trabajo educativo sobre las relaciones interpersonales en conflictos familiares. Ya conocíamos esta valoración por otros estudios llevados a cabo en otros países, pero este estudio es la prueba palpable del alto porcentaje pedagógico de esta metodología de trabajo.Volviendo a lo que han valorado mas en conjunto, las familias han resultado que han mejorado la forma de relacionarse y comunicarse cuando existe la custodia compartida, y ello les ha significado un ahorro económico y de costes emocionales, por lo que el bienestar de padres, madres e hijos ha sido muy alto.Si meditamos porqué el bienestar de los hijos es el que alcanza el menor nivel, nos parece lógico que ello sea así, ya que los hijos, ante la ruptura de pareja de sus progenitores, sufren directamente esa ruptura y son los que con menos recursos emocionales poseen. No obstante afrontan esta "nueva vida", de que su papa y mama vivan en distintas casas de una forma mas natural, porque el nivel de conflicto desaparece.Desde nuestra experiencia profesional, podemos afirmar que la custodia exclusiva de los hijos, sea otorgada al padre o a la madre es mas perjudicial para los hijos, salvo aquellos casos en los existe motivo grave para adoptar dicha decisión, a saber: progenitor drogadicto o alcohólico, progenitor gravemente enfermo física o mentalmente, progenitor violento o sin control de ira, etc. Sólo en estos casos consideramos, desde nuestra experiencia, que la custodia exclusiva como algo más beneficioso para los hijos que la compartida. Asimismo, encontramos demasiados estudios internacionales, que manifiestan y dejan patente que es muy perjudicial para un menor que sea entregado en exclusiva su custodia a un solo progenitor, y que ello afectará negativamente en su desarrollo emocional y en su socialización.Por ello, no comprendemos aún de dónde sacan la conclusión los juzgadores de nuestro país, que en el mejor interés del menor se sigan otorgando custodias exclusivas, si todos los estudios científicos que existen sobre los hijos tras el divorcio de sus padres, nos dicen que lo mejor para los menores es que tengan el máximocontacto con uno y otro progenitor, de forma equilibrada y equitativa.Hemos visto en este país, custodias exclusivas otorgadas a madres que pasaban solo cien días al año con su hijo, mientras que el padre estaba el resto del tiempo con el hijo, y si embargo establecer una pensión a cargo del padre y ninguna a cargo de la madre. La ilógica de estos casos es inaudita, pero se dan cada vez más casos. Veamos algunos de ellos:Recientemente en una sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Sevilla se sigue otorgando la custodia de un menor a su madre pese a que ésta está procesada por malos tratos al mismo, y además pese a que el menor convive con su padre desde que ocurrieron los hechos que han dado lugar al procesamiento de la madre, la juez de este juzgado mantiene que el padre debe seguir pagando la pensión del hijo a la madre y obligar a su hijo a que se vaya con su madre. Otro caso curioso, pero muy habitual, de un Juzgado de primera instancia de Sevilla, donde el juez deniega una custodia compartida de un menor de siete años, pese a que el equipo de expertos la aconseja, y le otorga la custodia exclusiva a la madre, basándose en que hay falta de entendimiento entre la madre y el padre, pese a que durante un año antes de la presentación a la demanda ambos progenitores estaban separados y llevaban a cabo por su cuenta una custodia compartida. ¿Acaso otorgar la custodia exclusiva no es un factor mas grave para provocar nuevos y futuros conflictos?Pues el tiempo nos ha dado la razón, ya que desde que se otorgó la custodia exclusiva del hijo a la madre, el nivel de conflictos judiciales y extrajudiciales entre esta pareja ha aumentado considerablemente, ya que se ha roto el equilibrio que se mantenía hasta que la sentencia de este juez ha destrozado, otorgando un poder a la madre sobre el menor y quitando cualquier posibilidad al padre de negociar con la madre cada eventualidad en la vida del hijo.También nos llama la atención una sentencia de la audiencia provincial de Barcelona, donde se dice que lo mejor es la custodia compartida de los hijos, pero para no otorgarla, deciden inventarse que los progenitores viven en distintos países y por ello no es posible la custodia compartida, cuando lo que se ha demostrado en el juicio mismo es que ambos progenitores viven en la ciudad condal a unos cincuenta metros uno de otro.Otra sentencia que llama la atención es la de un juzgado de Málaga que otorga la custodia exclusiva de un bebe a su madre, pese a que esta procesada a instancias del propio ministerio fiscal por presuntos delitos de falso testimonio, falsedad documental (sobre datos médicos del bebe) y denuncia falsa de malos tratos, y le otorga la custodia a la madre basándose en que es un bebe. Esta madre llego a falsificar incluso un informe medico sobre su hijo, con tal de obtener la custodia.En Valencia se otorgaba en una sentencia de un juzgado a la madre porque el padre estaba en el paro, y pese a que el padre demostró que el cuidaba del hijo, ese fue el argumento para no otorgarle la custodia, no poder encontrar empleo. No era suficientemente "hombre" para la juez que dictó la sentencia. Por esta argumentación, deberíamos quitarles los hijos a todas aquellas mujeres que son amas de casa, y no son capaces de encontrar un empleo remunerado.Las asociaciones feministas y de mujeres se quejan en todos los foros que hay padres que no pagan las pensiones y que dejan de ir a ver a sus hijos. Si la custodia exclusiva da tantos problemas a las mujeres y madres como de los que se quejan, ¿porqué siguen defendiendo la custodia exclusiva de los hijos? si después de 27 años de divorcio en nuestro país, sigue ocurriendo lo mismo, a lo mejor, es que la custodia exclusiva no es lo mejor ni para las mujeres ni para los hijos. Pero como quiera que las políticas de igualdad de trato y ayuda a las familias en conflicto en este país han sido y siguen siendo tan escasas, los poderes públicos y partidos gobernantes, mas el PSOE que el PP, han dejado en manos privadas (las propias familias en conflicto) la resolución del problema económico que genera una separación en nuestro país.Si casi el 80% de las parejas que se divorcian en este país obtienen en su conjunto menos de dos veces el salario mínimo, ¿Cómo van a sobrevivir las dos partes con menos del salario mínimo? Pues la solución es fácil, las madres (por el concepto tradicional de la sociedad y de los juzgados y legisladores) se quedan con los hijos y la casa y una pensión, mientras que el padre es arrojado a la calle y sin apenas dinero para salir adelante. La mayoría de estos padres, después de la sentencia, viven bajo el umbral de pobreza. Gracias a las familias extensas, estos padres no se incluyen en las estadísticas sobre exclusión social.Esta es en pocas palabras la solución que se da en España a las rupturas matrimoniales y no matrimoniales desde hace casi 30 años. Todas las asociaciones de padres separados y las mujeres separadas salen a la calle cada año denunciando los problemas que tienen, y sin embargo, siguen sin resolverse estos problemas.¿Acaso no es el momento de establecer ya un cambio legislativo adecuado? ¿Puede ser la custodia compartida una solución? Creemos que en parte si podría resolver muchos casos de ruptura en este país, y ello nos ha animado a realizar este pequeño estudio y darlo a conocer para su uso.Pero también, para que las soluciones sean efectivas, deberán modificarse las leyes en el sentido de que los bienes sean liquidados a la par que la ruptura matrimonial, ya que poco sentido tiene disolver un contrato matrimonial, y dejar a la pareja casada a nivel patrimonial durante años.Por último, crear escuelas de divorcios o instaurar centros de mediación y arbitraje previos a cualquier intervención judicial, facilitaría que disminuyera grandemente el nivel de demandas contenciosas, de modificación o de tipo ejecutivo.Con dichas medidas, creemos que el nivel de conflictos en nuestro país disminuiría casi un 80% y los juzgados se quedarían con un 20% de los divorcios o rupturas de pareja con hijos, para resolver. Esto descolapsaría el ingente trabajo que pesa sobre jueces y magistrados, que podrían trabajar en condiciones para aquellos casos en los que realmente es necesaria la intervención judicial, y no como ahora que se ven obligados a emplear sentencias maquetadas para sacar trabajo adelante.Sigamos con los últimos datos de nuestro estudio y en particular la valoración que hacen de determinadas variables por parte de madres y padres, y que hemos diferenciado en cuadros aparte para que sea mas clara la diferencia en estas valoraciones.A los tres años realizamos una entrevista semiestructurada que nos dieron estos datos significativos:Las madres valoraron de forma muy positiva la felicidad de sus hijos tras los tres años de custodia compartida. Nos revela este dato que las madres anteponen por encima de cualquier valoración que les afecte a sí mismas, a los hijos. Esto es, que mas arriba indicábamos, aun nos encontramos con que las mujeres no acaban de romper su rol tradicional de madres protectoras y cuidadoras.Creemos que legisladores, así como políticos y jueces deben tomar nota de este dato, que a nuestro entender es muy importante, si no el mas importante de este pequeño estudio, y es que según las madres con custodia compartida, casi el 97 % de ellas valoran como muy positivo que la custodia compartida ha representado un alto grado de felicidad en sus hijos.En todos las rupturas de pareja donde hay menores, la búsqueda de superior interés del menor es lo que prima sobre los demás intereses. Está claro, según los datos que nos aporta este estudio, que el interés superior de los hijos para las madres es compartir tiempos y espacios con ambos progenitores tras la ruptura de la relación de pareja, porque sienten que sus hijos son felices.En segundo lugar y no menos importante, las madres valoran mucho su desarrollo profesional, en el sentido que la custodia compartida les ha permitido sentirse mas útiles en su trabajo y no tener la sensación de que se les cierran puertas laborales o abandonar sus aspiraciones laborales por el hecho de tener cargas familiares. Bastantes mujeres de la muestra nos informaban que después del divorcio habían retomado su vida laboral o incluso se habían incorporado al mundo laboral por vez primera, y que ello era my valorado en la muestra por parte de las mujeres.Creemos que es muy importante este dato, ya que este estudio demuestra que la custodia compartida llevada a cabo en estos 378 casos, ha logrado ser una medida eficaz con varios años de antelación al establecimiento de las medidas de leyes como la L. O. sobre Igualdad num. 3/2007 de 22 de Marzo y la Ley de conciliación de la vida laboral y familiar de 2002.En tercer lugar y cuarto, por la similitud de conceptos, se valora positivamente la felicidad personal y la recuperación del nivel de autoestima de las madres. La felicidad va aparejada, según la mayoría de las madres, a la recuperación de la vida social y familiar, así como a la propia intimidad e incluso al encuentro de nuevas relaciones de pareja estables o no.En cuanto de la autoestima, se valora positivamente por las mujeres el hecho de haber superado su sensación de fracaso en la ruptura de su pareja, sobre todo porque la custodia compartida le ha permitido desarrollarse en otros ámbitos que han alimentado su autoestima como persona y también como mujer. Mucho de ello, tiene que ver el hecho de que muchas madres reconocen que se habían replanteado su rol femenino como madres y esposas. Lo que menos tienen en cuenta a la hora de valorar su grado de autoestima es el grado de libertad individual logrado gracias a la custodia compartida, ya que muchas de las madres, cuando no tienen a sus hijos, siguen sintiendo preocupación sobre cómo estarán sus hijos con el padre.En cuanto a los puntos que menos valoran las madres son su desarrollo emocional y los problemas económicos que apareja toda ruptura matrimonial. Las madres alcanzan un alto grado de ansiedad por el menor grado de recursos económicos, y el grado de seguridad económica influye negativamente en su desarrollo personal a nivel emocional. La aceptación de la custodia compartida las ha hecho muy vulnerables a las críticas familiares y del entorno social (círculo de amigas) que han hecho que pierdan seguridad ante la reestructuración de su rol materno tradicional. La lucha por su nuevo rol de madre y mujer soltera sin responsabilidades marentales durante tanto tiempo, las hace sentirse culpables frente a los ataques de su entorno que no entienden su decisión.Se les supone que son ellas las que tienen que sacar adelante a los hijos, y mujeres separadas de su entrono, bien por envidia o por ideología tradicional (pensamos mas que por envidia) critican a estas madres con custodia compartida.No debemos olvidar un dato muy significativo que siempre se olvida de mencionar en todos los estudios que hemos podido leer y es que, independientemente del grado de aceptación de la lucha por la efectiva igualdad de hombres y mujeres en el seno de la pareja, las mujeres a la hora de afrontar un conflicto de pareja, tienden a tradicionalizar su rol femenino, porque es el que se sienten mas seguras y protegidas por las leyes y la sociedad en su conjunto. Las madres que se agarran a contextos tradicionales son las que mas tienen la sensación que han perdido en el proceso de mediación con resultado de custodia compartida.Por ello, la lucha interna que sufren estas mujeres entre lo que creen que es lo mejor para ellas y sus hijos (custodia compartida) y lo que sienten o se les hace creer por su entorno que es mejor (custodia exclusiva), es un factor determinante en desarreglos emocionales. Pongamos por caso las madres que se quejan de las presiones familiares e incluso sociales de que han cedido la custodia, como si ello representara que son peores madres que las poseen la custodia exclusiva de los hijos.¿Cómo has cedido a una custodia compartida si podrías sacarle mucho mas (dinero o poder) a tu ex con la exclusiva? Toda esta lucha con el entorno social y familiar y el interno, hace que las mujeres muestren su desarrollo emocional como estancado, y son una minoría que valoran positivamente su desarrollo personal emocional por este motivo. Estas últimas son aquellas que realmente son independientes tanto a nivel económico como emocional de terceras personas, y poseen fuertes convicciones sobre lo que debe ser una mujer independiente y segura.Podemos afirmar por tanto, que el mayor enemigo que tienen las mujeres que aceptan una custodia compartida de sus hijos es el contexto cultural y social decimonónico que las rodea.Por último, las mujeres valoran en mucho menor grado el ahorro económico, porque al pactar la custodia compartida y en la mayoría de los casos la liquidación de bienes comunes, pierden la sensación de seguridad económica que les daba antes la pareja. Ahora son ellas las que deben de gestionar económicamente su economía, solicitar créditos, hipotecar sus propias viviendas, así como atender y mantener tanto la vivienda como los bienes de consumo de la casa, etc., y muchas de ellas deben de aprender casi desde cero a desarrollar estas habilidades y se sienten muy inseguras ante ello. Gracias a acuerdos de mediación y custodias compartidas, hemos logrado detectar que bastantes casos (no mayoritarios pero si significativos) en los que la pareja ha logrado tal grado de colaboración que se han echado una mano uno a otra y a la inversa, a la hora de ayudar a resolver problemas cotidianos de cualquier hogar.Veamos ahora que ocurre con los hombres y padres con las mismas variables y valoraciones:Los hombres, como era de esperar en el grado evolutivo que suelen desarrollar en el contexto histórico en el que vivimos, han valorado muy positivamente el ahorro económico que representa la custodia compartida y que el proceso de divorcio se llevara a cabo mediante mediación (mas barato a otros sistemas de resolución de conflictos). No debemos olvidar que el reparto de tiempos y espacios conlos hijos entre los progenitores tras la ruptura de la pareja, representa que las pensiones a establecer en cada caso concreto son valoradas no conforme a unas tablas preestablecidas (tablas de California) ni nada parecido, sino que son las partes en conflicto las que se autorregulan a la hora de establecer las necesidades de los hijos y, por ende, el importe de las pensiones. No es lo mismo que un hombre se enfrente a una situación en la que sabe que por el Código Civil va a perder a sus hijos, va a perder su casa y casi el 60% o más de sus ingresos, que cuando van a un proceso de mediación donde valoran positivamente que la situación económica con la custodia compartida va a ser más igualitaria.Lo viven y lo sienten como una salida digna a una situación de ruptura, y como que tienen opción a salir económicamente delante de forma mas holgada. Asimismo, esta valoración que hacen los hombres coincide con una bajada sustancial en el grado de violencia verbal y desencuentros entre la pareja durante el proceso de mediación.Las organizaciones de mujeres de distintos ámbitos se oponen sistemáticamente a la custodia compartida, porque alegan que los hombres quieren ahorrarse dinero de pensiones con ello. Pero olvidan estas organizaciones, que detrás de dicha verdad a medias, existe una verdad de mayor calado, y es que la custodia compartida significa un ahorro económico no sólo para los padres, sino también para las madres y por ende para el conjunto de la familia, y que al final se benefician de todo ello la familia en su conjunto.En segundo lugar de valoración de este cuadro, los hombres valoran positivamente cómo su grado de autoestima ha subido tras el reconocimiento de su labor durante la existencia de la pareja estable, así como de su grado de compromiso en el cuidado de los hijos. Ven la custodia compartida no como un reto, sino como un reconocimiento a su vida anterior. Debemos puntualizar que hemos detectado que algunos padres si lo vieron como un reto, porque durante la vida en común eran padres más tradicionales y ausentes, y ante la separación, su escala de valores cambió en cuanto a lo que era su papel como padre.Estos hombres que valoran positivamente el aumento de su grado de autoestima, tiene también en común, el desarrollo de un grado de empatía y el acceso a habilidades que sólo intuían o estaban menos entrenados. Su nivel de implicación en la custodia compartida los ha hecho creer más en sí mismos. También hemos detectado que el nivel de domesticación de los padres ha aumentado tras los seguimientos realizados, ya que la misma mediación, como la custodia compartida, ha hecho comprender mejor a los hombres las dificultades de su ex esposas a la hora de sacar adelante a los hijos. Esto es, que los hombres han comprendido mucho mejor el rol de las madres tras haber pasado ellos siendo el cuidador cotidiano de sus hijos, y les he hecho cambiar sus planteamientos iníciales.Seguimos en este cuadro de valoraciones, unas muy significativas como que en tercer lugar valoran el grado de felicidad de los hijos por encima incluso de su propia felicidad, lo que nos hace pensar que en nuestro país algunas cosas están cambiando, como es que los hombres empiezan a valorar la felicidad de los hijos de una forma que sólo se les suponía a las madres. Los padres de esta muestra han obtenido la custodia compartida de los hijos y el contacto con ellos durante el proceso ha sido fluido y pactado de forma pacifica. Los hombres de esta muestra se comparan con otros divorciados y comparan a los hijos de otros hombres separados de su entorno laboral, social o familiar, con los suyos propios y llegan a valorar muy positivamente el ahorro de sufrimiento que han detectado en otros casos resueltos de forma tradicional con custodias exclusivas a favor de las madres.En último lugar los hombres valoran positivamente el grado de desarrollo emocional y el laboral. El grado de desarrollo emocional es obvio, porque lo valoran en menor grado que otras variables, ya que muchos padres descubren que pese a que son hombres mas igualitarios que la media nacional, y mas respetuosos y emocionales, descubren, a la hora de estar solos con los hijos mucho mas tiempo, que sus habilidades parentales son escasas y sobre todo en el ámbito de las emociones.Muchos nos han confesado que habían pedido ayuda profesional para afrontar problemas con los hijos, y que habían aprendido a desarrollar técnicas de empatización y escucha activa, etc. Incluso se nos ha dado casos en los que los padres habían pedido ayuda a la madre de sus hijos.Los padres valoran en menor grado esta variable porque es donde se sienten más vulnerables y en su mayoría, los padres, acuden a sus nuevas parejas o madres y/o hermanas para encontrar ayuda y desarrollar y afrontar sus carencias emocionales.En el último lugar nos encontramos con que los hombres sienten que han perdido valor laboral, o posibilidades laborales, o incluso rendimiento laboral, debido a la custodia compartida. El hecho de que el tiempo que están con los hijos es mayor les hace renunciar a los espacios públicos antes empleados en sus relaciones laborales.Ellos descubren lo que las madres han venido sufriendo durante años cuando trabajan fuera de casa. Cómo en empresas y trabajos, el hecho de que un niño se te ponga malo, o haya una huelga de profesores del colegio, y como estar en dos sitios a la vez (en casa al cuidado de los hijos y en el trabajo) era un reto real.Por ello, muchos hombres de esta muestran, valoran en último lugar esta variable, ya que sus aspiraciones laborales se ven limitadas por la asunción de responsabilidades parentales compartidas. Algunos nos han llegado a confesar que envidiaban a un compañero de trabajo que solo visitaba a los hijos, pero que pese a ello, no renunciaban a la custodia compartida porque los beneficios que ello representaba en sus vidas merecía la pena el sacrificio que estaban haciendo.Habíamos pensado realizar una encuesta sobre los datos y valoraciones negativas de la custodia compartida a las familias de la muestra, pero decidimos al final que, pese a que poseemos estos datos, no íbamos a facilitar los mismos por dos razones: Por la escasa incidencia de los mismos. Y en segundo lugar porque queremos lanzar un mensaje positivo a la sociedad y a los profesionales que trabajan en este ámbito, para darles una herramienta más para ayudar a tantas familias que pasan por el mal trago de una ruptura de pareja.EPILOGOMe gustaría terminar este pequeño estudio con algo grandilocuente, pero no puedo, ya que la muestra, aunque significativa, es muy pequeña.Sólo añadir que este estudio se ha realizado sin grandes pretensiones, y con la sola intención de aportar a estudiosos y responsables políticos así como a profesionales de la psicología y del derecho, una herramienta mas para que, entre todos y todas, podamos encontrar cómo solucionar los problemas que cada día se plantean en Juzgados de toda España cuando una familia sufre una ruptura de pareja en su seno, y a fin de lograr que los niños y niñas implicados en dichos procesos tengan las opción de ser mas felices que los niños y niñas que desde 1981, y ahora desde 2005, han crecido sin padre o sin madre, porque las leyes aprobadas por nuestros/as políticos/as no han permitido que aquellos pudieran disfrutar del enriquecimiento que supone tener un papa y una mama, aunque estos no se entiendan o hayan dejado de quererse.En definitiva, queremos llamar la atención que los procesos de custodia compartida llevados a cabo por nuestro despacho de abogados, ha ido disminuyendo a partir de la aprobación de la ley del divorcio de 2005, y sobre todo de la aprobación de la ley integral de violencia de genero, ya que habiendo desaparecido de nuestra jurisprudencia menor el divorcio causal, de nuevo, con estas leyes se intenta introducir, por la puerta de atrás, el divorcio causal y esto es muy significativo, ya que ello demuestra que dicha ley es un la ley represora y regresiva y nada acorde a la realidad de la sociedad española. Es por ello, que esperamos que este pequeño estudio sirva a algunos/as para que reflexionen que es urgente acometer correcciones legales en ambas leyes represoras y regresivas, ya que corregir la primera daría mejor solución a las familias españolas en procesos de ruptura de parejas, y la corrección adecuada de la segunda, introduciendo técnicas de mediación en situaciones de supuesta violencia, a lo mejor salvaría mas vidas de las casi 60 mujeres muertas en lo que va de este año en nuestro país.No podemos seguir mezclando ruptura de pareja con malos tratos a la mujer, porque si como dice el Instituto de la Mujer la mitad de los hombres de este país son maltratadores, debemos concluir que la mitad de los ministros son maltratadores y la mitad de los jueces hombres también, y la mitad de los abogados, y la mitad de los hombres que lean este estudio. Da miedo.No, ése no es el camino, el camino es hacer políticas de ayudas a familias en crisis, incluyendo las parejas en crisis matrimonial, introduciendo mecanismos correctores de las desigualdades de género, de mecanismos de apoyo a las economías de estas familias, y de creación de centros de mediación para la resolución pacífica de los conflictos de pareja.No hay que inventar nada, ni gastar más en grupos de asesores o comisiones de expertos y estudiosos, sólo copiar el modelo de Noruega, y porqué no, el aportado en este estudio, que es como más familiar y mediterráneo.
José Luis Sariego MorilloAbogado y Mediador Familiar\n sariegoabogados@arrakis.es
Reunión de los lunes
viernes, 16 de diciembre de 2011
Estudio Custodia Compartida en España
Viernes, 16 de Diciembre, 2011
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